Norma Legal Oficial del día 11 de Septiembre del año 2005 (11/09/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 11 de setiembre de 2005

en el ar ticulo 30º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar infundado el recurso de apelacion interpuesto por don MORDAZA Edwi MORDAZA MORDAZA, en consecuencia, confirmar el acuerdo declaratorio de vacancia del cargo de Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA de MORDAZA, tomado en la Sesion extraordinaria Nº 075-2005 del 24 de MORDAZA de 2005, y el Acuerdo del Consejo Regional Nº 0148-2005-CR/RMDD del 3 de junio del 2005. Articulo Segundo.- Acreditar al Vicepresidente Regional don MORDAZA De La MORDAZA Del Maestro MORDAZA, en el cargo de Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA de MORDAZA, para completar el periodo de gobierno regional 2003 - 2006; debiendosele otorgar la credencial respectiva. Registrese y comuniquese. SS. MORDAZA MORDAZA PENARANDA MORDAZA

cuya organizacion y mantenimiento es encargada al RENIEC; Que, si bien se ha procedido administrativamente, esto es, la exclusion del registro de las inscripciones que fueron objeto de suplantacion, en salvaguarda del derecho a la identidad de los ciudadanos afectados y en estricto cumplimiento a lo senalado en el articulo 67º incisos 7 y 9 del Decreto Ley Nº 14207, los hechos MORDAZA descritos constituyen indicio razonable de la comision de presunto delito Contra la Fe Publica en las modalidades de Falsedad Ideologica y Generica, previstos y sancionados en los articulos 428º y 438º respectivamente, del Codigo Penal vigente; Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica y en atencion al considerando precedente, resulta necesario autorizar al Procurador Publico, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones legales que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA HUAMANYALLI y MORDAZA MORDAZA MORDAZA HILARIO; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE:

MORDAZA MORDAZA MORDAZA URDANIVIA BALLON-LANDA MORDAZA Secretario General 15597 Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de los intereses del Estado interponga las acciones legales que correspondan, contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA HUAMANYALLI y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por la comision de presunto delito Contra la Fe Publica en las modalidades de Falsedad Ideologica y Generica; en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo 2º.- Remitase los actuados al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente resolucion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 15405

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Autorizan a procurador iniciar acciones legales a presuntos responsables de la comision de delito contra la fe publica
RESOLUCION JEFATURAL Nº 861-2005-JEF/RENIEC
MORDAZA, 17 de agosto de 2005 VISTO: el Oficio Nº 393-2005-GP/RENIEC, los Informes Nºs. 689, 792 y 797-2004-GP/SGDAC/HYC RENIEC y el Informe Nº 910-2005-GAJ/RENIEC emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, el 4 de agosto del 2005. CONSIDERANDO: Que, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, es un organismo MORDAZA que cuenta con personeria de derecho publico interno, que esta encargada de organizar y mantener el registro unico de identificacion de las personas naturales e inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil; tales como registrar los nacimiento, matrimonios, divorcios, defunciones y demas actos que modifiquen el estado civil de las personas; Que, la Estacion de Trabajo de Habilitaciones y Cancelaciones de la Subgerencia de Depuracion Registral y Archivo Central del RENIEC, en su permanente labor depurativa, inherente al procedimiento administrativo, ha detectado que los ciudadanos MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA HUAMANYALLI y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en atencion al MORDAZA de veracidad para el procedimiento registral, solicitaron ante el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, tramite de inscripcion, utilizando para tal fin sustentos que no les pertenecen con la intencion de usurpar la identidad de terceros; Que, del informe del perito grafotecnico y biometrico de la Gerencia de Procesos, se puede colegir que los ciudadanos MORDAZA citados realizaron tramites en forma irregular a efectos de usurpar la identidad de los ciudadanos MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA HUAMANYALLI y LOLIN MORDAZA MORDAZA, respectivamente; haciendo introducir de esta forma datos falsos en el Sistema del Archivo Nacional de Identificacion,

RESOLUCION JEFATURAL Nº 864-2005-JEF/RENIEC
MORDAZA, 17 de agosto de 2005 VISTO: el Informe Nº 053-2000/OHC/DCP/GO, los Informes Nºs. 043, 142, 144-2003-GP/SGDAC/HYC RENIEC, los Informes Nºs. 018, 199, 331, 621, 796, 816 y 824-2004-GP/SGDAC/HYC RENIEC, el Oficio Nº 13182005-GP/RENIEC y el Informe Nº 875-2005-GAJ/RENIEC de fecha 2 de agosto del 2005, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica. CONSIDERANDO: Que, la Gerencia de Procesos del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, en su permanente labor fiscalizadora, asi como del MORDAZA de depuracion inherente al procedimiento administrativo, ha detectado que los ciudadanos MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA o GIOVANI GOYTIZOLO SUZUKI, MORDAZA MORDAZA CESTI MORDAZA o MORDAZA CESTI MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA RIZZ, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORY o MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORY, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA o MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y YRIS MORDAZA VAELLA MORDAZA, dada la simplificacion administrativa y en atencion al MORDAZA de veracidad de las declaraciones en los documentos, se presentaron a solicitar inscripcion en el entonces Registro Electoral y/o Registro Unico de Identificacion; Que, realizada la ver ificacion documental correspondiente, se tiene que los datos proporcionados por

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