Norma Legal Oficial del día 11 de Septiembre del año 2005 (11/09/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

MORDAZA, MORDAZA 11 de setiembre de 2005

NORMAS LEGALES

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TvoA y TvoB : Seran los componentes variables de las tarifas vigentes para los consumidores de las categorias con tarifas habilitadas (A y B actualmente); : Seran el numero de consumidores de las CAt y CBt categorias A y B del proyecto respectivamente; VolAt y VolBt : Seran los volumenes de gas natural que demandan los Interesados de las categorias habilitadas (A y B) actualmente. 17.2. El criterio de decision es el mismo que el dispuesto en el articulo 16º, numeral 16.2 de la presente norma. Articulo 18º.- Distribucion de los Sobrecargos entre los consumidores La distribucion de los Sobrecargos entre los diferentes consumidores, se realizara en base a la demanda de capacidad de cada usuario, expresados en m 3-dia en el mes de MORDAZA capacidad, en el cual el proyecto este funcionando en regimen normal.

establecera un MORDAZA valor del parametro CV, cada cuatro anos una vez que realice la siguiente revision tarifaria. 19.3 El Aporte que deberan realizar los Interesados de Bajo Consumo, se determinara utilizando la siguiente expresion:

Aporte(US $ / Clien te)

(CM me

CV ) VAFC

El monto determinado, corresponde a los Interesados que MORDAZA el Aporte durante el transcurso del ano en el que se realiza el proyecto. Al usuario que decidiera conectarse en anos posteriores se le reajustara dicho pago utilizando la tasa de actualizacion de 12% anual. Los valores de los parametros VAFC que corresponden a los valores actualizados de los Factores de Conversion (FC) en un periodo de 20 anos a una tasa de actualizacion de 12%, son los mostrados en el cuadro Nº 5 del Anexo de la presente norma. 19.4 Los Apor tes realizados por los interesados deberan ser registrados en una cuenta contable especial que determinara el Concesionario en su contabilidad regulatoria (Cuenta de Equilibrio Tarifario). Los valores acumulados en dicha cuenta, no constituiran parte del Valor MORDAZA de Reemplazo de las redes de distribucion que utilizara para la revision tarifaria, el OSINERG cada cuatro anos. 19.5 Cuando los costos promedios unitarios del Proyecto, expresados en US$/m3, se diferencien en exceso o defecto, en mas del 20% de los costos unitarios determinados segun la ecuacion indicada en 19.1; el metodo de evaluacion sera el definido en 16.1; y el Aporte a pagar se calculara como un Sobrecargo. El desarrollo del Proyecto para demostrar que corresponde a un caso particular alejado del promedio, sera de cargo de la parte que se vea afectada con la aplicacion automatica del mecanismo previsto en 19.1.

CAPITULO MORDAZA PROYECTOS NO CONSIDERADOS OBRAS DE MAGNITUD
Articulo 19º.- La Metodologia para definir la viabilidad tecnica y economica para el caso de solicitudes de Interesados de Bajo Consumo 19.1. Para el caso de proyectos que involucren exclusivamente Interesados de Bajo Consumo, el Concesionario utilizara la siguiente funcion de costos y los parametros determinados en el Cuadro Nº 2 del Anexo de la presente MORDAZA, para evaluar si corresponde que los consumidores abonen un Aporte:

) C m eAe M(R )E (C D )O (N C N )A LF [ C Mm e e A (R E D C L)I (C O N S X C ) I (N A T U R A L F C ]x FC L
B C D B C D

[

]

[

]

Donde: CMme : Es el costo promedio del proyecto expresado en US$/m3 REDCLI : Variable de densidad del Proyecto, que expresa el promedio de metros lineales de polietileno, requeridos para atender a los clientes considerados en el Proyecto. CONSXCLI : Ratio del proyecto que considera el promedio del consumo anual por categoria de cliente, expresado en m3/ cliente, determinados en funcion a los valores utilizados por OSINERG en la MORDAZA fijacion tarifaria, o en el promedio del distrito respectivo, del ano inmediato anterior para los casos donde ya existiera dicha informacion. NATURAL : Variable del proyecto que expresa la proporcion de pistas sin pavimento, en tanto por uno. FC : Factor de conversion que per mite transformar valores del costo medio por cliente a costo medio por m 3 ; determinado como el cociente del Valor Actualizado del acumulado anual de Clientes y el Valor Actualizado de la Demanda de Gas en m3. Cuyos valores son los determinados en el cuadro Nº 3 del Anexo de la presente norma. 19.2 Considerando el valor del parametro CV indicado en el cuadro Nº 4 del Anexo de la presente MORDAZA, definido como la tarifa promedio de las categorias tarifarias A y B, expresado en US$/m3 y CMme es el Costo promedio del proyecto expresado en US$/m3 definido en el literal anterior; entonces: - Si CM me es menor que CV el proyecto es viable economicamente; - Si CMme es mayor que CV, el proyecto no es viable economicamente, y la obra se realiza solo si, los Interesados estan dispuestos a realizar el Aporte. La presente clausula es valida durante todo el periodo cuatrianual de vigencia de las tarifas. El OSINERG

CAPITULO SETIMO TRATAMIENTO Y MANEJO DE LOS PROYECTOS DE NUEVOS SUMINISTROS
Articulo 20º.- Elaboracion de los proyectos de nuevos suministros Las consideraciones de diseno seran las siguientes: 20.1 Con el punto o los puntos de alimentacion tecnica y economicamente mas adecuados determinados por el Concesionario, el Proyectista elaborara el proyecto segun corresponda a una Obra de Magnitud. 20.2 El proyecto debera cumplir con las exigencias tecnicas de los dispositivos vigentes relacionados con el ambito de la distribucion de gas natural, tales como: a. Reglamento de Distribucion de Gas Natural por red de ductos, aprobado mediante D.S. 042-99-EM. b. Normas de Seguridad para la Distribucion de Gas Natural por Red de Ductos (Anexo 1 del Reglamento) mostrada en el cuadro Nº 6 del Anexo de la presente norma; c. ANSI/ASME B 31.8 - Gas Transmission and Distribution Piping System; d. Normas Legales Nacionales del Sector Hidrocarburos relacionadas con aspectos ambientales, en todo lo aplicable; e. Reglamento Nacional de Construcciones, en todo lo aplicable; y, f. Manuales de Diseno y Construccion presentados por el Concesionario. 20.3 El Proyectista inspeccionara el terreno que corresponde al proyecto, sus vias de acceso y su conexion con los puntos de alimentacion determinados para compatibilizar el proyecto con las instalaciones de distribucion de gas natural existentes. 20.4 Los planos del proyecto seran elaborados en escala 1: 1000; solo en casos justificados se podra utilizar la escala 1: 500 o 1: 2000. 20.5 Los planos deben indicar la ubicacion geografica del area donde se expandira el Servicio, las vias publicas y los puntos principales de referencia. Para los Sistemas de Distribucion ubicados fuera del Area de Concesion, el Concesionario, de considerarlo necesario, podra solicitar coordenadas UTM Datum WGS84 o PSAD56, como minimo 6 puntos para el perimetro y 2 puntos en hitos importantes (plazas o esquinas).

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