Norma Legal Oficial del día 29 de Septiembre del año 2005 (29/09/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

MORDAZA, jueves 29 de setiembre de 2005

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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Articulo 3º.- El Comandante General del Ejercito, queda facultado para variar la fecha de inicio y/o termino de la autor izacion, sin exceder el total de dias autorizados. Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Defensa 16623

Modifican fecha de inicio y termino de viaje de oficial del Ejercito para visitar la Escuela de Infanteria del Ejercito de MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 828-2005-DE/EP MORDAZA, 22 de setiembre de 2005 Visto, el Oficio Nº 18476-DIEDE/SD PMTO Y EVAL/ DPTO EDUC/C-4.c.3 del 31 Ago 2005, de la Subdireccion de Planeamiento y Evaluacion de la Direccion de Educacion y Doctrina del Ejercito, comunica el cambio de fecha de viaje a la Republica de MORDAZA en Comision de Servicio del Tte. Inf. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA del 2 al 11 noviembre del 2005. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 416-2005 DE/ EP del 1 AGO 2005, se autoriza al Tte. Inf. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para visitar la Escuela de Infanteria del Ejercito de MORDAZA, en Comision de Servicio, en el periodo comprendido del 18 al 27 MORDAZA del 2005; De conformidad al Articulo 3º de la R.S. Nº 416-2005 DE/EP del 1 AGO 2005, el Sr. Ministro de Defensa, queda facultado para variar la fecha de inicio y termino del nombramiento, sin exceder el periodo total establecido; Estando a lo propuesto por el senor General de Ejercito Comandante General del Ejercito; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Modifiquese el Articulo 1º de la R.S. Nº 416-2005-DE/EP del 1 de AGO 2005, debiendo quedar redactado de la siguiente manera: "Autorizar el viaje al exterior en Comision de Servicio, al Tte. Inf. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para visitar la Escuela de Infanteria del Ejercito de MORDAZA, en el periodo comprendido del 2 al 11 de noviembre del 2005". Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Defensa 16622

Que, mediante Resolucion Suprema Nº 160-2002-EF, se ratifico el acuerdo del Consejo Directivo de la Agencia de Promocion de la Inversion Privada - PROINVERSION, conforme al cual se aprobo el plan de promocion de la inversion privada de los servicios de agua potable y alcantarillado que actualmente son competencia de la Empresa Prestadora de Ser vicios de Tumbes EMFAPATUMBES S.A.; Que, por acuerdos de Concejos Provinciales de Tumbes Nº 037-2004-MPT-SG de fecha 15 de junio de 2004, de Zarumilla Nº 105-2004-MPZ-SG de fecha 31 de MORDAZA de 2004 y de Contralmirante MORDAZA Nº 020-2004MPCVZ de fecha 19 de MORDAZA de 2004 se encargo a la Agencia de Promocion de la Inversion Privada PROINVERSION, la conduccion de la Licitacion Publica Especial para la entrega en concesion de los servicios de saneamiento en las provincias de Tumbes, Zarumilla y Contralmirante Villar. Que, con fecha 22 de MORDAZA de 2005, se adjudico la buena pro de la Licitacion Publica Especial para la entrega en concesion de los servicios de saneamiento en las provincias de Tumbes, Zarumilla y Contralmirante MORDAZA al Consorcio Latinaguas - Concyssa, de acuerdo a lo previsto en las bases de la licitacion MORDAZA mencionada; Que, el articulo 2º del Decreto Ley Nº 25570, sustituido por el articulo 6º de la Ley Nº 26438, concordante con el articulo 4º de la Ley Nº 26885, permite que el Estado otorgue mediante contrato, a las personas juridicas que realicen inversiones bajo el MORDAZA de los Decretos Supremos Nº 059-96-PCM y Nº 060-96-PCM, las seguridades y garantias que mediante decreto supremo en cada caso, se consideren necesarias para proteger sus adquisiciones e inversiones, de acuerdo a la legislacion vigente; Que, en virtud de lo MORDAZA expresado, procede otorgar mediante contrato, las seguridades y garantias a que se refiere el considerando precedente a favor de la empresa Aguas de Tumbes S.A., la misma que ha sido constituida por el adjudicatario de la buena pro Consorcio Latinaguas - Concyssa, la cual de acuerdo a las Bases de la Licitacion suscribira el Contrato de Concesion de los servicios de saneamiento en la jurisdiccion de los Municipios Provinciales de Tumbes, Zarumilla y Contralmirante MORDAZA y municipios distritales correspondientes; De conformidad con lo dispuesto por el articulo 2º del Decreto Ley Nº 25570, sustituido por el articulo 6º de la Ley Nº 26438, el articulo 4º de la Ley Nº 26885, el Texto Unico Ordenado aprobado por Decreto Supremo Nº 05996-PCM, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 060-96-PCM; y el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo; DECRETA: Articulo 1º.- Seguridades y garantias Otorgase mediante contrato, las seguridades y garantias del Estado de la Republica del Peru respecto a la inversion que realice la empresa Aguas de Tumbes S.A. en virtud del Contrato de Concesion para la mejora, ampliacion, mantenimiento, operacion y explotacion de la infraestructura y los servicios de agua potable y alcantarillado sanitario en la jurisdiccion de los Municipios Provinciales de Tumbes, Zarumilla y Contralmirante MORDAZA y municipios distritales correspondientes. Articulo 2º.- Ambito de las seguridades y garantias La amplitud de la garantia a que se refiere el articulo precedente sera la que determine el respectivo contrato, observandose lo dispuesto por los Decretos Supremos Nº 059-96-PCM y Nº 060-96-PCM, asi como por el articulo 2º del Decreto Ley Nº 25570, sustituido por el articulo 6º de la Ley Nº 26438 y por el Contrato de Concesion a que se refiere el articulo precedente. Articulo 3º.- Autorizacion para la suscripcion Autorizase al Viceministro de Construccion y Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento a suscribir en representacion del Estado de la Republica del Peru el contrato que otorgue las seguridades y garantias referidas en el articulo 1º del presente Decreto Supremo.

ECONOMIA Y FINANZAS
Otorgan seguridades y garantias a favor de la empresa concesionaria Aguas de Tumbes S.A . para prestacion de servicios de saneamiento en las provincias de Tumbes, Zarumilla y Contralmirante MORDAZA
DECRETO SUPREMO Nº 126-2005-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

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