Norma Legal Oficial del día 10 de Abril del año 2006 (10/04/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

MORDAZA, lunes 10 de MORDAZA de 2006

NORMAS LEGALES

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inciso d), del Reglamento de Oferta Publica de Adquisicion de Compra de Valores por Exclusion; Que, el articulo 2º, numeral 2, de las Normas Relativas a la Publicacion y Difusion de las Resoluciones Emitidas por los Organos Decisorios de CONASEV, establece que las resoluciones administrativas referidas a la exclusion del Registro Publico del MORDAZA de Valores de los valores mobiliarios que pueden ser objeto de oferta publica; deben ser difundidas a traves del Boletin de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano y de la pagina de CONASEV en Internet; y, Estando a lo dispuesto por el articulo 48º y siguientes del Reglamento del Registro Publico de MORDAZA de Valores y el acuerdo del Directorio de CONASEV del 18 de diciembre de 2000, que faculta a la Gerencia de Mercados y Emisores a disponer la exclusion de valores mobiliarios del Registro Publico del MORDAZA de Valores; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer de oficio la exclusion de las acciones comunes y acciones de inversion emitidas por Compania Peruana de Envases S.A. del Registro Publico del MORDAZA de Valores asi como el deslistado de dichos valores del Registro de Valores de la Bolsa de Valores de MORDAZA S.A. Articulo 2º.- Publicar la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina de CONASEV en Internet. Articulo 3º.- Transcribir la presente resolucion a la Bolsa de Valores de MORDAZA S.A. y a Cavali S.A. ICLV. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gerente de Mercados y Emisores Comision Nacional Supervisora de Empresas y Valores 06321

SUNARP
Designan a la MORDAZA Registral Nº IX - Sede MORDAZA como Organo Desconcentrado encargado del procedimiento de evaluacion de postulantes a Martillero Publico
RESOLUCION DE LA SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Nº 105-2006-SUNARP/SN
MORDAZA, 7 de MORDAZA del 2006 VISTOS: El Oficio Nº 198-2006-SUNARP-Z.R.Nº IX/ JEF mediante el cual la Jefatura de la MORDAZA Registral Nº IX Sede MORDAZA, solicita a la SUNARP - Sede Central, que expida la resolucion que la designe como competente para llevar a cabo el MORDAZA de evaluacion de los postulantes a Martillero Publico y el Informe Nº 086-2006/ SUNAR-GL; CONSIDERANDO: Que, en aplicacion de lo dispuesto por la Cuarta Disposicion Transitoria de la Ley Nº 26366, Ley de Creacion del Sistema Nacional de los Registros Publicos y de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, se dicto la Resolucion Ministerial Nº 143-95ITINCI/DM de fecha 6 de octubre de 1995, mediante la cual, se dispuso la transferencia de funciones y acervo documental correspondientes al Registro Fiscal de Ventas a Plazos y Registro de Martilleros Publicos, al Sistema Nacional de los Registros Publicos, a partir del 16 de octubre de 1995; Que, con fecha 24 de MORDAZA de 2002, fue publicada en el Diario Oficial El Peruano, la Ley Nº 27728, Ley del Martillero Publico, encontrandose vigente desde el 24 de agosto de 2002 en la cual, se establece el MORDAZA procedimiento para la habilitacion de la inscripcion de Martilleros Publicos, la misma que fue modificada por Ley Nº 28371 en diverso articulos;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 008-2005-JUS publicado en el Diario Oficial El Peruano el 24 de MORDAZA de 2005, se aprobo el Reglamento de la Ley Nº 27728, Ley del Martillero Publico, senalandose en el articulo 9 que el postulante que cumpla con acreditar los documentos establecidos en el articulo 5º y apruebe el examen de idoneidad, sera nombrado Martillero Publico por el Jefe del Organo Desconcentrado designado por la SUNARP mediante Resolucion en la que se dispondra ademas, la matricula o inscripcion en el Libro del Registro de Martilleros Publicos; Que, la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos mediante Resolucion Nº 206-2005-SUNARP/ SN publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 10 de agosto del 2005, designa a la MORDAZA Registral Nº IX Sede MORDAZA, como el Organo Desconcentrado que tendra a su cargo el Registro de Martilleros Publicos. Por tanto, le corresponde a dicho Organo Desconcentrado llevar a cabo integramente el procedimiento de evaluacion de los postulantes; Que, sin embargo, tal funcion no la puede ejercer la MORDAZA Registral Nº IX - Sede MORDAZA, sin la previa autorizacion o delegacion de la Alta Direccion de la SUNARP, pues no estando regulado dicho procedimiento en la Ley Nº 27728, Ley del Martillero Publico, modificada por la Ley Nº 28371, ni en su reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2005-JUS, y considerando ademas que la competencia del Martillero Publico es a nivel nacional, su eleccion y/o designacion debe hacerla el organismo que igualmente, tenga competencia nacional o aquel al que se le MORDAZA delegado dicha competencia para la ejecucion del citado procedimiento de evaluacion; Que, asimismo, el Reglamento de la Ley del Martillero Publico ha encargado a la SUNARP determinar cual es el Organo Desconcentrado encargado de, entre otras funciones; recibir la solicitud del titulo de martillero, nombrar al Martillero Publico y disponer la habilitacion anual de los Martilleros Publicos; Que, en ese sentido, corresponde a la Superintendente Nacional como MORDAZA autoridad de la SUNARP, designar a la MORDAZA Registral Nº IX - Sede MORDAZA, como el Organo Desconcentrado encargado de llevar a cabo el procedimiento de evaluacion de los postulantes a Martillero Publico. Asimismo, debe disponer que el referido Organo Desconcentrado se encuentra facultado para dictar las disposiciones reglamentarias relativas al MORDAZA de evaluacion. Adicionalmente, senalarse que en todas las disposiciones del Reglamento de la Ley del Martillero Publico en que se senale que la SUNARP designara o establecera al Organo Desconcentrado competente para determinada funcion, se entendera para todos los efectos que el Organo Desconcentrado designado es la MORDAZA Registral Nº IX- Sede Lima. Estando a lo acordado y, de conformidad con lo dispuesto en el literal v) del articulo 7º del Estatuto de la SUNARP, aprobado por Resolucion Suprema Nº 1352002-JUS; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Designar a la MORDAZA Registral Nº IX - Sede MORDAZA, como el Ogano Desconcentrado encargado de llevar a cabo el procedimiento de evaluacion de los postulantes a Martillero Publico. Articulo Segundo.- Disponer que el referido Organo Desconcentrado se encuentre facultado para dictar las disposiciones reglamentarias relativas al mencionado MORDAZA de evaluacion. Ar ticulo Tercero.- Disponer que en todas las disposiciones del Reglamento de la Ley del Martillero Publico , aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2005JUS, en que se senale que la SUNARP designara o establecera al Organo Desconcentrado competente para determinada funcion, se entendera, para todos los efectos, que el Organo Desconcentrado designado es la MORDAZA Registral Nº IX - Sede Lima. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA FREITAS A. Superintendente Nacional de los Registros Publicos 06334

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