Norma Legal Oficial del día 15 de Diciembre del año 2006 (15/12/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 62

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EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA POR CUANTO:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 15 de diciembre de 2006

R.P. MORDAZA MORDAZA MORDAZA HUAROCC Presidente del Consejo Regional de Huancavelica POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional de Huancavelica, a los veintidos dias del mes de noviembre del ano dos mil cinco. MORDAZA C. MORDAZA HUAROCC. Presidente Gobierno Regional de Huancavelica

EL CONSEJO REGIONAL DE HUANCAVELICA: Ha dado la Ordenanza Regional siguiente:

ORDENANZA REGIONAL QUE DEROGA LA ORDENANZA REGIONAL Nº 027-GR-HVCA/CR.
Articulo 1º.- DEROGUESE en todas sus partes la Ordenanza Regional Nº 027-GR-HVCA/CR, y todos los actos administrativos que se opongan a la presente. Articulo 2º.- RATIFIQUESE la vigencia de la Ordenanza Regional Nº 006-GR-HVCA/CR, en su integridad, que expresa la Designacion de los funcionarios de confianza de los Organos Intermedios en todas las Direcciones Regionales Sectoriales es de competencia del Presidente Regional, a propuesta de los Directores Regionales Sectoriales, con aprobacion del Consejo Regional. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de Huancavelica para su promulgacion. En Huancavelica, a los veintidos dias del mes de noviembre del ano dos mil cinco. MORDAZA MORDAZA MORDAZA HUAROCC Presidente del Consejo Regional de Huancavelica. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional de Huancavelica, a los veintidos dias del mes de noviembre del ano dos mil cinco. MORDAZA C. MORDAZA HUAROCC Presidente

6673-14

Ordenanza Regional que declara "Ano del Sesquicentenario del Nacimiento de MORDAZA MORDAZA Morillo" en la Region Huancavelica
ORDENANZA REGIONAL Nº 063-GR-HVCA/CR
Huancavelica, 30 de diciembre del 2005 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA POR CUANTO: EL CONSEJO REGIONAL DE HUANCAVELICA; Ha dado la Ordenanza Regional siguiente:

ORDENANZA REGIONAL QUE DECLARA "ANO DEL SESQUICENTENARIO DEL NACIMIENTO DE MORDAZA MORDAZA MORILLO" EN LA REGION HUANCAVELICA
Articulo 1º.- DECLARESE el ano 2006 como: "ANO DEL SESQUICENTENARIO DEL NACIMIENTO DE MORDAZA MORDAZA MORILLO", en la Region Huancavelica. Articulo 2º.- Durante el ano 2006 se consignara dicha frase en los documentos oficiales que se emitan dentro del ambito del Gobierno Regional de Huancavelica. Articulo 3º.- El Organo Ejecutivo del Gobierno Regional de Huancavelica, sera la encargada de difundir, la consignacion de la denominacion del ano conmemorativo. Articulo 4º.- El Gobierno Regional de Huancavelica y las Direcciones Regionales Sectoriales competentes seran las encargadas de organizar actividades y eventos destinados a conmemorar el sesquicentenario del nacimiento de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, el dia primero de agosto del ano 2006, con arreglo a los alcances de la denominacion asignada al presente ano. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de Huancavelica para su promulgacion. En Huancavelica, a los treinta dias del mes de diciembre del ano dos mil cinco. R.P. MORDAZA MORDAZA MORDAZA HUAROCC Presidente del Consejo Regional de Huancavelica POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional de Huancavelica, a los treinta dias del mes de diciembre del ano dos mil cinco. MORDAZA C. MORDAZA HUAROCC Presidente Gobierno Regional de Huancavelica

6673-13

Aprueban "Plan Vial Departamental Participativo del Gobierno Regional de Huancavelica"
ORDENANZA REGIONAL Nº 058-GR-HVCA/CR
Huancavelica, 22 de noviembre del 2005 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA POR CUANTO: EL CONSEJO REGIONAL DE HUANCAVELICA: Ha dado la Ordenanza Regional siguiente:

ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA EL "PLAN VIAL DEPARTAMENTAL PARTICIPATIVO DEL GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA"
Articulo 1º.- Aprobar el Plan Vial Departamental Participativo del Gobierno Regional de Huancavelica, que en anexo adjunto forma parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo 2º.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano y en el diario encargado de las publicaciones judiciales en la capital de la Region, conforme dispone el articulo 42º de la Ley Nº 27867. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de Huancavelica para su promulgacion. En Huancavelica a los veintidos dias del mes de noviembre del ano dos mil cinco.

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