Norma Legal Oficial del día 05 de Enero del año 2006 (05/01/2006)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 5 de enero de 2006

k) Evaluar el riesgo potencial epidemico despues de los desastres naturales y en emergencias sanitarias. l) Implementar la vigilancia epidemiologica y las MORDAZA de Situacion de Salud con posterioridad a desastres naturales y otras emergencias sanitarias. m) Coordinar con otros organos, entidades, organismos y sectores el mecanismo de respuesta ante epidemias y otras emergencias sanitarias. n) Nor mar y conducir el Sistema de Vigilancia Epidemiologica hospitalaria. Articulo 59º.- DIRECCION DE INTELIGENCIA SANITARIA La Direccion de Inteligencia Sanitaria esta a cargo de las siguientes funciones generales: a) Proponer las normas y facilitar el desarrollo del Sistema de Inteligencia Sanitaria en el nivel nacional y en las Direcciones Regionales de Salud del pais. b) Disenar y optimizar metodologias y herramientas para el analisis de situacion de salud para la determinacion de prioridades sanitarias, como base del planeamiento estrategico en salud. c) Proponer e implementar las normas de Analisis de Situacion de Salud para el desarrollo de los procesos en el ambito nacional. d) Brindar asistencia tecnica para el desarrollo de Analisis de Situacion de Salud en el ambito nacional. e) Monitorear y evaluar los procesos del Analisis de Situacion de Salud en el ambito nacional para su optimizacion. f) Procesar, analizar y difundir permanentemente informacion sobre la situacion de salud del MORDAZA, como soporte para la gestion sanitaria. g) Articular los diferentes Sistemas de Informacion sanitaria, que facilite informacion integral para una eficiente gestion sanitaria. h) Sistematizar, revisar y actualizar de manera permanente el estado de las intervenciones en salud determinadas por las Estrategias Sanitarias para la prevencion y control de enfermedades transmisibles y no transmisibles. i) Disenar el Programa de capacitacion continua y entrenamiento en servicio en Epidemiologia para los diferentes niveles de complejidad de los servicios de salud, asi como el Programa de Especializacion en Epidemiologia de MORDAZA de acuerdo al perfil de competencias y necesidades que requiera el Sector Salud, en coordinacion con el Instituto de Desarrollo de Recursos Humanos. j) Identificar necesidades de investigacion epidemiologica aplicada basados en la Vigilancia Epidemiologica en Salud Publica y el analisis de situacion de Salud. k) Conducir y desarrollar investigaciones epidemiologicas aplicadas para la generacion de evidencias en Salud Publica que permitan la gestion sanitaria eficiente. l) Promover la investigacion epidemiologica aplicada y brindar asistencia tecnica a las Direcciones Regionales de Salud para su ejecucion. m) Promover la practica de la salud publica basada en evidencias cientificas para el mejoramiento continuo de la prevencion y control de enfermedades transmisibles y no transmisibles en el Sector Salud. Articulo 60º.- DIRECCION GENERAL DE PROMOCION DE LA SALUD La Direccion General de Promocion de la Salud es el organo tecnico-normativo, responsable de la conduccion del MORDAZA de Promocion de la Salud, asi como de contribuir al desarrollo integral de la persona, familia y comunidad cuyas acciones inciden en los determinantes sociales que influyen en la salud de la poblacion; tiene a su cargo las siguientes funciones generales: a) Disenar, implementar y evaluar las politicas publicas nacionales de salud en el MORDAZA de la promocion

de la salud, teniendo en cuenta los enfoques de derechos, equidad, genero e interculturalidad. b) Impulsar y facilitar la generacion de entornos saludables para la construccion de la cultura de la salud, promoviendo el desarrollo y ejercicio de los derechos en la persona, familia y comunidad. c) Establecer alianzas estrategicas para la implementacion de acciones en promocion de la salud, promoviendo y fortaleciendo espacios de dialogo y concertacion con instituciones y organizaciones de la sociedad. d) Disenar, implementar y evaluar nor mas y procedimientos para la promocion de la salud. e) Conducir la implementacion de planes, programas y estrategias para el desarrollo de la promocion de la salud, en el ambito nacional. f) Brindar asistencia tecnica para disenar y evaluar planes, programas y proyectos de intervenciones de promocion de la salud, en el ambito nacional y regional. g) Promover comportamientos saludables, contribuyendo a mantener y mejorar permanentemente la salud de las personas a traves del auto cuidado. h) Coordinar y desarrollar estudios de investigacion y evaluacion del impacto de las acciones de promocion de la salud y difundir los resultados. i) Coordinar con Institutos Especializados, Organismos Publicos Descentralizados y Organos Desconcentrados del Sector Salud y la comunidad cientifica nacional e internacional, el MORDAZA tecnico normativo para la promocion de la salud. j) Evaluar los requerimientos y distribucion de fondos destinados para el financiamiento de las actividades de promocion de la salud y las estrategias sanitarias del Ministerio de Salud, en el ambito de sus competencias. Articulo 61º.- DIRECCION DE PARTICIPACION COMUNITARIA EN SALUD La Direccion de Participacion Comunitaria en Salud esta a cargo de las siguientes funciones generales: a) Proponer, implementar y evaluar las politicas para la promocion y ejercicio de derechos y deberes en salud, en la persona, la familia y la comunidad. b) Desarrollar alianzas estrategicas intra e intersectoriales, con instituciones y organizaciones sociales para la participacion ciudadana. c) D i s e n a r, m o n i t o r i z a r y MORDAZA l u a r p l a n e s, programas y proyectos intra e intersectoriales para la promocion de la participacion ciudadana en salud, en el ambito nacional. d) Implementar y evaluar estrategias dirigidas a fortalecer el MORDAZA de descentralizacion y democratizacion de la salud e) Implementar y evaluar estrategias de participacion ciudadana para el empoderamiento y control social. f) Desarrollar normas y procedimientos para intervenciones de promocion de la salud con participacion comunitaria y cautelar su cumplimiento. g) Coordinar y participar en el desarrollo de estudios de investigacion y evaluacion de la participacion ciudadana y difundir sus resultados. Articulo 62º.- DIRECCION DE EDUCACION PARA LA SALUD La Direccion de Educacion para la Salud esta a cargo de las siguientes funciones generales: a) Proponer, implementar y evaluar las politicas publicas para contribuir al desarrollo de intervenciones educativas para la promocion de la salud, de aplicacion en el ambito nacional. b) Desarrollar alianzas estrategicas intra e intersectoriales con instituciones y organizaciones sociales que permitan el desarrollo de la educacion para la salud. c) Disenar, monitorizar y evaluar planes, programas y proyectos intra e intersectoriales para el desarrollo de la educacion para la salud. d) Conducir la elaboracion, implementacion y evaluacion de estrategias, contenidos, medios, materiales e instrumentos educativos y comunicacionales para las intervenciones en promocion de la salud, con enfasis en

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