Norma Legal Oficial del día 10 de Enero del año 2006 (10/01/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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CAPITULO III

NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 10 de enero de 2006

ACTIVIDADES AL INICIO DE LA MORDAZA DE EXPORTACION 1. Fecha de inicio y termino de la MORDAZA de exportacion. Las actividades de MORDAZA relacionadas a la MORDAZA de exportacion de mango, se lleva a cabo durante todo un ano calendario; sin embargo, los trabajos de preparacion, capacitacion, certificacion en lugares de produccion, centros de acopio, empacadoras y plantas de tratamiento y empaque, se inician en el mes MORDAZA de cada ano y concluye en la MORDAZA quincena del mes de MORDAZA del ano siguiente. 2. Requisitos de informacion sobre niveles poblacionales de Moscas de la fruta en zonas productoras. El PNMF proveera la informacion a DGSV, sobre los indices poblacionales de moscas de la fruta, expresados en moscas/trampas/dia (MTD) de las zonas productoras de mango que vienen participando en la MORDAZA de exportacion; asimismo, recomendara a la DGSV, la aprobacion e incorporacion a la MORDAZA de exportacion de nuevas zonas de produccion que cumplan con niveles bajos aceptables de MTD establecidos por el PNMF. 3. Evaluacion de las areas potenciales y estimacion de los volumenes de exportacion. El PNMF mantendra actualizada la informacion sobre MTD de las zonas productoras de mango autorizadas para exportar y de preferencia en el mes de MORDAZA de cada ano, recomendara a la DGSV, la continuidad, retiro o incorporacion de la MORDAZA de exportacion de las zonas de produccion, sectores y subsectores incluso lugares de produccion bajo el ambito de las DE que participan en la MORDAZA de exportacion de mango y sera quien apoye con la estimacion de volumenes a cosechar de los lugares de produccion. 4. Autorizacion de incorporacion de nuevas zonas de produccion, sectores y subsectores de las Direcciones Ejecutivas del SENASA a la MORDAZA de exportacion de mango. Las DE del SENASA, que quieran incorporar nuevas areas a la MORDAZA de exportacion de mango, informaran para su evaluacion al PNMF y a la DGSV de preferencia en el mes de agosto de cada ano, el estado fitosanitario de estos, la superficie cultivada y el volumen estimado de produccion por variedad. En casos excepcionales este procedimiento podra realizarse en cualquier epoca del ano. La DGSV sera la encargada de autorizar la incorporacion de una nueva MORDAZA de produccion, sector, subsector o lugar de produccion a la MORDAZA de exportacion de mango fresco, en base a la opinion tecnica del PNMF. Esta informacion debera contener como minimo la informacion sobre los MTD, registrados por MORDAZA de produccion, sector o subsector y cuando este disponible a nivel de lugar de produccion (de por lo menos un ano de registro), incluyendo los porcentajes de infestacion, en un plazo no mayor a 30 dias calendario de recibida la informacion del PNMF. 5. Convocatoria a las empresas exportadoras para su participacion en la MORDAZA de exportacion de mango. La DGSV entre los meses de MORDAZA y agosto de cada ano, convocara a las empresas exportadoras de mango a traves de medios de difusion o directamente a la Asociacion de Peruana de Exportadores de Mango APEM y otras empresas dedicadas a la exportacion de esta fruta, debiendo estas informar sobre las fechas de inicio y fin de las actividades de exportacion, precisando asimismo, el o los paises de destino y volumenes de exportacion. 6. Convocatoria a reunion previa al inicio de la MORDAZA de exportacion entre el SENASA, los exportadores de mango y representantes del APHIS. La DGSV dentro de la MORDAZA quincena del mes de octubre de cada ano, de considerarlo conveniente, convocara a reunion a los Directores de las Direcciones

Ejecutivas del SENASA que participaran en la MORDAZA de exportacion y a los exportadores de mango a traves de la APEM y/o representantes del APHIS, para coordinar acciones a desarrollar en la nueva MORDAZA de exportacion. 7. Requerimientos presupuestales para la ejecucion de la MORDAZA de exportacion. Las DE del SENASA autorizadas por la DGSV a participar en la MORDAZA de exportacion de mango, presentaran a la DDF, sus presupuestos para operar durante la MORDAZA de exportacion a mas tardar durante la MORDAZA quincena del mes de junio de cada ano; el cual debe incluir recursos humanos y logisticos con las especificaciones y justificaciones tecnicas necesarias. Este requerimiento se efectuara sobre la base de necesidades y la experiencia de las campanas anteriores; asi como debera contener informacion sobre el stock o saldos de la campana. El formato para este requerimiento sera proporcionado por la Direccion de Defensa Fitosanitaria. Esta informacion, una vez revisada y consolidada por la DDF, sera elevada por la DGSV a la Oficina General de Planificacion (OGP) para su analisis, aprobacion, programacion y atencion oportuna. 8. Padron de productores de la MORDAZA de exportacion de mango. Las Direcciones Ejecutivas del SENASA consideradas en el ambito de aplicacion de la MORDAZA de exportacion de mango, al inicio de cada MORDAZA contaran con un padron general de productores de mango actualizado y elaborado sobre la base del Registro de Productores y Predios de Especies Hospedantes de Moscas de la Fruta que conduce a nivel nacional el PNMF. CAPITULO IV ACTIVIDADES DURANTE Y DESPUES DE LA MORDAZA DE EXPORTACION 1. ACTIVIDADES DURANTE LA MORDAZA DE EXPORTACION 1.1 Procedencia de los frutos de mango destinados a la exportacion. Las frutas de mango que se destinen a la exportacion, deberan proceder de lugares de produccion aprobados y certificados por el SENASA. 1.2 Mantenimiento de las condiciones del lugar de produccion certificado. Los lugares de produccion certificados por el SENASA deberan mantener su condicion fitosanitaria durante toda la MORDAZA de exportacion. El incumplimiento de estas condiciones conllevara a la cancelacion de su certificacion, por ende la inhabilitacion automatica para la exportacion de frutos frescos de mango hasta que la condicion del lugar de produccion certificado sea recuperada. 1.3 Cancelacion de la certificacion fitosanitaria del lugar de produccion. Los lugares de produccion certificados perderan su condicion, si no se mantienen las caracteristicas con las cuales fueron aprobados, detallados en el punto 1.2, numeral 1, letra a) del Capitulo VII. Para volver a certificar tendra que seguir los procedimientos como que si se tratara de un MORDAZA lugar de produccion. 1.4 Mantenimiento de las condiciones fitosanitarias de los centros de acopio, empacadoras y plantas de tratamiento y empaque. Estas instalaciones deberan mantener sus condiciones con las cuales fueron aprobadas, durante toda la MORDAZA de exportacion. Las fallas o incumplimientos a dichas condiciones, conllevaran a la cancelacion por SENASA de la certificacion otorgada para su operatividad. Para contar con nueva certificacion, SENASA evaluara las causales que motivaron la cancelacion y de corresponder segun las normas legales vigentes y clausulas de los Planes de Trabajo, el procedimiento a seguir sera el mismo como si se tratara de la primera vez de la certificacion.

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