Norma Legal Oficial del día 10 de Enero del año 2006 (10/01/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

MORDAZA, martes 10 de enero de 2006

NORMAS LEGALES

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Nº 096-2005-CPPAD/PRES de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Notificar la presente Resolucion Ministerial a la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios, para que proceda a efectuar las investigaciones correspondientes y emita el informe final, dentro del plazo de treinta (30) dias habiles improrrogable que senala el articulo 163º del Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, aprobado por D.S. Nº 005-90-PCM. Articulo 3º.- Disponer que la citada Comision Permanente proceda a notificar la presente Resolucion Ministerial a la servidora procesada, de conformidad a lo establecido en los Articulos 27º, 28º y 29º del Reglamento Interno de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio de la Produccion , aprobado por Resolucion Ministerial Nº 128-2002-PRODUCE, a efectos de que presente sus descargos escritos y las pruebas que estime convenientes en ejercicio de su derecho de defensa, concediendole para tal fin el plazo de cinco (5) dias habiles contados a partir del dia siguiente de la notificacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA LEMOR BEZDIN Ministro de la Produccion 00432

Aprueban Bases y Terminos de Referencia de MORDAZA de seleccion de la empresa que se encargara de la ejecucion del "Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ambito Maritimo"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 005-2006-PRODUCE MORDAZA, 9 de enero del 2006 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 100º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, el Ministerio de la Pesqueria (hoy Minister io de la Produccion), por intermedio de la Direccion de Seguimiento, Control y Vigilancia-DINSECOVI, asi como de las dependencias regionales de pesqueria (hoy denominadas Direcciones Regionales de ProduccionDIREPRO) y otros organismos a los que se delegue dicha facultad, llevara a cabo el seguimiento, control y vigilancia de las actividades pesqueras, para cuyo efecto implementara los mecanismos necesarios para el estricto cumplimiento de las obligaciones asumidas por los usuarios; Que, en virtud de lo dispuesto en el articulo 101º del referido Reglamento, el Ministerio de Pesqueria (hoy Ministerio de la Produccion) se encuentra facultado para establecer programas pilotos y de control y para el manejo de recursos hidrobiologicos, para lo cual podra contratar empresas especializadas para la ejecucion de los actos de peritaje, inspeccion y control, con el fin de garantizar el debido cumplimiento de los programas de control para la extraccion de determinadas especies dentro de los programas pilotos y de control y para el manejo de recursos hidrobiologicos; Que, el articulo 1º del Decreto Supremo Nº 027-2003PRODUCE creo el "Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ambito Maritimo", y en su articulo 17º establece que mediante Resolucion Ministerial del ramo, se aprobaran los Terminos de Referencia para la seleccion de la(s) empresa(s) que se encargara(n) de la ejecucion del Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ambito Maritimo y del cronograma de trabajo de la Comision constituida por el Articulo 16º del citado Decreto Supremo;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 027-2005PRODUCE, se amplio indefinidamente el "Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ambito Maritimo" y se constituyo una Comision encargada de elaborar los terminos de referencia y conducir el MORDAZA de seleccion de la empresa que se MORDAZA cargo de dicho Programa en el periodo 2006-2008; Que, mediante Decreto Supremo Nº 029-2005PRODUCE, se establece que desde el 1 de febrero hasta el 17 de marzo de 2006 la empresa que resulte ganadora del MORDAZA de seleccion a que se refiere el articulo 3º del Decreto Supremo Nº 027-2005-PRODUCE, se adecue a las condiciones y requisitos de implementacion del "Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ambito Maritimo", estableciendose, asimismo, como periodo de ejecucion del 18 de marzo del 2006 al 17 de enero del 2008; Que el numeral 3.2 del articulo 3º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y modificado por el Decreto Supremo Nº 029-2005-PRODUCE, establece que los gastos que el Estado efectua para garantizar la conservacion y aprovechamiento responsable de los recursos hidrobiologicos, incluidos los costos de investigacion, control y planeamiento del desarrollo de las pesquerias, constituyen parten de los costos de explotacion de los recursos renovables y, consecuentemente, son cubiertos con el pago de los derechos de pesca y de los derechos por el aprovechamiento de concesiones acuicolas y mediante otros mecanismos de financiamiento, los que pueden incluir recursos provenientes del sector privado; Que mediante el Oficio Nº 077-2005-DINSECOVI/ PRODUCE el Presidente de la Comision constituida mediante el Decreto Supremo Nº 027-2005-PRODUCE, elevo las Bases y Terminos de Referencia del MORDAZA de seleccion de la empresa que se encargara de la ejecucion del "Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ambito Maritimo", del 18 de marzo de 2006 al 17 de enero de 2008; Con la opinion favorable del Viceministro de Pesqueria; De conformidad con la Ley Nº 27789, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion y en uso de las atribuciones conferidas en el literal i) del articulo 11º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar las Bases y Terminos de Referencia del MORDAZA de seleccion de la empresa que se encargara de la ejecucion del "Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ambito Maritimo", creado por el Decreto Supremo Nº 027-2003PRODUCE, para el periodo del 18 de marzo del 2006 al 17 de enero del 2008, cuyo texto forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo 2º.- Las Bases y los Terminos de Referencia a que se refiere el articulo anterior, seran publicados en el Por tal del Ministerio de la Produccion y seran entregados a los interesados que para el efecto se inscriban en la Oficina de Tramite Documentario del Ministerio de la Produccion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA LEMOR BEZDIN Ministro de la Produccion 00474 FE DE ERRATAS RESOLUCION DIRECTORAL Nº 002-2006-PRODUCE/DNEPP Mediante Oficio Nº 034-2006-PRODUCE/SG, el Ministerio de la Produccion solicita se publique Fe de Erratas de la Resolucion Directoral Nº 002-2006PRODUCE/DNEPP, publicada en nuestra edicion del dia 6 de enero de 2006. En el titulo de la sexta columna del cuadro publicado como Anexo II,

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