Norma Legal Oficial del día 21 de Enero del año 2006 (21/01/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 77

MORDAZA, sabado 21 de enero de 2006

NORMAS LEGALES

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(vi) Contaban con los contratos celebrados con los proveedores de servicios en el evento: Buoos Security (seguridad privada); Destileria Peruana y Distribuidora Armendariz (licores); Union de Cervecerias Peruanas Backus y Johnston - Distribuidora MORDAZA (cerveza y gaseosas); Toldos y Estructuras Q y R; Diamire (banos portatiles); Luces y Sonidos P y A; Comercial Karon (hielos); Actividades Empresariales Backus (kioskos, estrado, peroles, separadores, destapadores, luces de neon); Corporacion Multiservicios (fuegos artificiales); Decoracion Tematica - Centro de Lima; Layset Lights and Effects (canon de espuma); MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Mayor (DJ's Electronica); MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ludena (Discjockey); MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA (animador); MORDAZA MORDAZA Urruchi (personal de MORDAZA y mozos, comida degustacion); y Transportes Goni (buses para traslado a la fiesta). (vii) En la fecha del evento, todos los ambientes se encontraban acondicionados en horas de la tarde, junto con las luces y sonido; a las 21:00 llego el personal de seguridad. Si bien la hora de inicio del evento estaba programada para las 22:00 horas, los asistentes comenzaron a llegar a las 20:00, aglomerandose en la entrada del recinto y consumiendo bebidas alcoholicas en el exterior. A las 21:30 el publico, que sumaba aproximadamente 4 000 personas, pugnaba por ingresar lo que genero un caos que intento ser controlado por el personal de seguridad. A las 23:00 un grupo de aproximadamente 2 000 personas mas, en su mayoria sin entradas, intento ingresar a la fuerza, agrediendo a los miembros de seguridad, dirigiendose a los puntos de distribucion de licor y robando productos y dinero, mesas, sillas, toldos, kioskos, gaseosas, licores, entradas. (viii) Pese a los hechos suscitados, que fueron constatados por la Policia Nacional, a las 24:00 horas se realizo el show de fuegos artificiales y a la misma hora se encendio el canon de espuma, sin embargo, las cosas salieron de control puesto que al haber sido sustraido el licor, este comenzo a escasear en los puntos de distribucion, lo que genero descontrol en el publico que comenzo a incendiar los bienes, agrediendo al personal. (ix) Ante estos incidentes, los organizadores cumplieron con llamar a la Policia Nacional y los Bomberos, quienes lograron controlar parte de los hechos, cumpliendo con atender a los asistentes, con los bienes que quedaron, hasta las 07:30 del 1 de enero de 2005. Posteriormente, interpusieron la correspondiente denuncia ante la Comisaria de MORDAZA, como agraviados, encontrandose los hechos en investigacion a traves de la Tercera Fiscalia Provincial de Canete. Posterior mente los investigados informaron lo siguiente: · En la MORDAZA Super Vip se ubicaron 283 mesas y 2 830 sillas. · En la MORDAZA Vip se ubicaron 40 mesas y 200 sillas. · En la MORDAZA General no se ofrecieron mesas ni sillas. · Se imprimieron 7 000 entradas, pero solo se vendieron 3 500. · La MORDAZA Super Vip tenia un ingreso especial, previa MORDAZA dele brazalete correspondiente. · Los asistentes de la MORDAZA General no podian ingresar a las otras zonas, debidamente divididas y separadas por MORDAZA de MORDAZA con estructuras metalicas, y por el control del personal de seguridad. · Todas las zonas tenian en comun un estilo de musica bailable, con excepcion de la MORDAZA electronica, que contaba con su propia musica. · El costo de las entradas fue de S/. 120; S/. 90 y S/. 70 para las zonas Super Vip, Vip y General, respectivamente. Mediante Resolucion Nº 533-2005-CPC del 27 de MORDAZA de 2005, la Comision resolvio acumular el procedimiento seguido de oficio en el Expediente Nº 095-2005/CPC al Expediente 038-2005/CPC, declarando su competencia para pronunciarse sobre los hechos objeto de investigacion. En la referida resolucion, la Comision identifico la existencia de infracciones al articulo 8º de la Ley de Proteccion al Consumidor cometidas por Cannibal y por los senores MORDAZA, MORDAZA y Yancul7 , sancionandolos con una multa de 50 UIT, en atencion a las siguientes consideraciones: (i) el recinto del evento no se encontraba debidamente acondicionado tal como lo ofrecieron; (ii) no se adquirieron suficientes bebidas alcoholicas y energizantes de las MORDAZA ofrecidas;

(iii) no se contrataron los servicios de "Kike Mayor"; (iv) el canon de espuma no provenia de Espana; (v) no todas las MORDAZA que aparecian como auspiciadoras en la publicidad celebraron algun MORDAZA de convenio con los investigados; y, (vi) la seguridad contratada resulto ser deficiente para los aproximadamente 7 000 asistentes al evento8 . Para revertir los efectos de la conducta infractora de Cannibal y de los senores MORDAZA, MORDAZA y Yancul, se les ordeno, como medida correctiva, que en un plazo no mayor de 20 dias habiles, cumplan con devolver a los consumidores el monto correspondiente a todas las entradas vendidas. Se establecio que Cannibal y los senores MORDAZA, MORDAZA y Yancul debian poner en conocimiento de la Comision, al termino del plazo otorgado, los documentos que acrediten la devolucion total del integro del dinero correspondiente a todos los consumidores, para lo cual debian emplear los mecanismos de difusion necesarios. Asimismo, la Comision dispuso la publicacion de la resolucion en el Diario Oficial El Peruano, asi como remitir MORDAZA de la misma al Ministerio Publico, a efecto de que adopte las medidas que correspondan en el ambito de su competencia. El 31 de MORDAZA de 2005, los senores MORDAZA y MORDAZA apelaron la resolucion de la Comision en los extremos que determinaron la existencia de una infraccion a su cargo, sancionandolos: (i) Conforme lo senalaba el Atestado Nº 051 VII.DIRTEPOL PNP JSC-C-DEPICAJ-DEINCRI, la policia a cargo de las investigaciones por presuntos Delitos contra el Patrimonio, contra la Tranquilidad Publica y contra la Seguridad Publica indicaba de modo expreso que ellos eran los agraviados por actos de vandalismo que perjudicaron el desarrollo de la fiesta. Agregaron que la policia habia constatado la realizacion de diversos actos preparatorios para la realizacion del evento y que las limitaciones que se produjeron se debieron a hechos no imputables a ellos. (ii) Al existir una investigacion policial que los eximia de responsabilidad ya no correspondia remitir lo actuado en el procedimiento al Ministerio Publico. (iii) No correspondia ordenar la devolucion del dinero pagado por las entradas a la fiesta debido a que esta efectivamente se realizo y los adquirentes disfrutaron de lo ofrecido. En la misma fecha, el senor Yancul apelo la resolucion de la Comision, senalando que su participacion en el evento se limito a la obtencion de la autorizacion ante la Municipalidad de MORDAZA, gestion que realizo como representante de Cannibal. Solicito tener en cuenta que la Comision de Represion de la Competencia Desleal al emitir la Resolucion Nº 044-2005/ CCD recaida en el Expediente Nº 001-2005/CCD por presuntas infracciones a la las Normas de la Publicidad en Defensa del Consumidor, unicamente habia constatado la participacion de los senores Samaan, MORDAZA y MORDAZA en la organizacion del evento. El 14 de octubre de 2005, el expediente fue elevado a esta Sala. II. CUESTIONES EN DISCUSION Determinar lo siguiente: (i) si ha quedado acreditada la participacion del senor Yancul, como proveedor, en la realizacion de la "Fiesta Luau 2005 Asia";

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La Comision declaro improcedente el procedimiento en contra del senor Samaan en tanto quedo acreditado que este no actuo en nombre propio sino en representacion de Cannibal. La Comision determino que no existio falta de idoneidad en el servicio prestado por Cannibal y por los senores MORDAZA, MORDAZA y Yancul en los siguientes extremos: (i) quedo acreditada la participacion del senor MORDAZA MORDAZA Dopico en el evento materia del procedimiento; (ii) se cumplio con ofrecer el espectaculo de fuegos artificiales; y, (iii) el personal contratado para el servicio de mesa y de MORDAZA era suficiente, teniendo en cuenta el numero de entradas emitidas y las mesas instaladas en la MORDAZA Super Vip Oriental.

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