Norma Legal Oficial del día 22 de Enero del año 2006 (22/01/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

MORDAZA, MORDAZA 22 de enero de 2006

NORMAS LEGALES

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proyectos de filiales universitarias: Universidad Peruana Union, Filial - Tarapoto; Universidad Alas Peruanas, Filial - Ayacucho; Universidad Tecnologica del Peru, Filial MORDAZA y Universidad Privada San MORDAZA, Filial Cajamarca; Que, mediante Acuerdo de Pleno Nº 347-2005CONAFU del 7 de diciembre del 2005, se ACORDO conformar las comisiones verificadoras de las Filiales Universitarias en concordancia con lo senalado en el Art. 6º inciso 4) de la Resolucion Nº 128-2005-CONAFU, de fecha 19 de MORDAZA del 2005 y con arreglo, a la Ley Nº 28564 la cual en su Disposicion Transitoria Unica, senala entre otras, a las siguientes Universidades y proyectos de Filiales Universitarias pasibles de evaluacion: Universidad Alas Peruanas - Filial Ayacucho; Universidad Tecnologica del Peru Filial - Arequipa; Universidad Peruana Union Filial - San MORDAZA Tarapoto y la Universidad Privada San MORDAZA Filial - Cajamarca; Que, la Comision Verificadora designada mediante Resolucion Nº 224-2005-CONAFU de fecha 9 de diciembre del 2005; presenta su Informe Nº 001-2005ANR-CONAFU-CV de fecha 16 de diciembre del 2005; emitiendo sus conclusiones que la Universidad Peruana Union Filial Tarapoto ha alcanzado un puntaje final total de 1634.60 equivalente al 81.58% correspondiendo el calificativo de Muy MORDAZA en los diferentes parametros considerados por el CONAFU; Que, la respectiva Comision Verificadora ha entregado su Informe con opinion favorable de autorizacion de la Filial Universitaria de Tarapoto de la Universidad Peruana Union sometida a evaluacion, ello al haber obtenido puntaje aprobatorio en la aplicacion de las tablas de evaluacion aprobadas por el CONAFU por lo que, corresponde expedirse la resolucion de su proposito; Que, mediante Acuerdo de Pleno Nº 359-2005CONAFU-P de fecha 20 de diciembre del 2005, se acordo AUTORIZAR a la Universidad Peruana Union el Funcionamiento de su Filial Universitaria en la MORDAZA de Tarapoto con las siguientes carreras profesionales: MORDAZA Profesional de Estadistica e Informatica, MORDAZA Profesional de Finanzas Empresariales, MORDAZA Profesional de Marketing y Negocios Internacionales; Estando a lo expuesto, La Ley Nº 26439, la Ley Nº 28564, el Oficio Nº 1489-2005-SE/SG de fecha 21 de MORDAZA del 2005, la Resolucion Nº 128-2005-CONAFU de fecha 19 de MORDAZA del 2005, el Informe Nº 207-2005CEAA-CONAFU, de fecha 16 de agosto del 2005, Acuerdo del Pleno Nº 245-2005-CONAFU de fecha 19 de agosto del 2005, Informe Nº 207-2005-CEAACONAFU del 6 de agosto del 2005, Acuerdo del Pleno Nº 272-2005-CONAFU de fecha 12 de setiembre del 2005, la Resolucion Nº 167-2005-CONAFU de fecha 13 de setiembre del 2005, el Informe Nº 001-2005-ANRCONAFU-CC-P de fecha 25 de octubre del 2005, Resolucion Nº 098-2005-CONAFU del 29 de MORDAZA del 2004 - Estatuto del CONAFU, el Memorando Nº 0502005-CEAA-CONAFU, de fecha 12 de diciembre del 2005, Acuerdo de Pleno Nº 347-2005-CONAFU del 7 de diciembre del 2005, la Resolucion Nº 224-2005CONAFU de fecha 9 de diciembre del 2005, Informe Final s/n de fecha 19 de diciembre del 2005, el Acuerdo de Pleno Nº 359-2005-CONAFU de fecha 20 de diciembre del 2005; SE RESUELVE: Articulo Primero.- AUTORIZAR a la Universidad Peruana Union el Funcionamiento de su Filial Universitaria en la MORDAZA de Tarapoto - San MORDAZA con las siguientes carreras profesionales: MORDAZA Profesional de Estadistica e Informatica, MORDAZA Profesional de Finanzas Empresariales, MORDAZA Profesional de Marketing y Negocios Internacionales. Articulo Segundo.- DISPONER, que la Filial Universitaria en la MORDAZA de Tarapoto de la Universidad Per uana Union, funcionara con sus autoridades designadas de acuerdo a Ley, MORDAZA uso pleno de la autonomia universitaria que le otorga la Constitucion Politica del estado, la Ley Universitaria Nº 23733, el Decreto Legislativo Nº 882 y demas disposiciones complementarias y conexas; y conforme a los terminos, condiciones y requisitos que aparecen en el proyecto de la Filial presentada ante el CONAFU.

Articulo Tercero.- Notifiquese, a la Asamblea Nacional de Rectores, para los fines de Ley. Registrese, publiquese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente WUILDER MORDAZA MORDAZA Secretario General 01321

Aprueban el Proyecto de Desarrollo Institucional de la Universidad MORDAZA A. MORDAZA por la Promotora Organizacion Educativa MORDAZA A. MORDAZA S.A.C.
CONSEJO NACIONAL PARA LA AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES (CONAFU) RESOLUCION Nº 249-2005-CONAFU MORDAZA, 22 de diciembre del 2005 VISTOS; La Ley Nº 26439, la Resolucion Nº 0982005-CONAFU del 29 de MORDAZA del 2004 - Estatuto del CONAFU, el Expediente Administrativo Nº 083-03-P142005-CONAFU del 3 de febrero del 2005, la Resolucion Nº 092-2005-CONAFU, de fecha 15 de marzo del 2005, el Oficio Nº 377-2005-CONAFU-P de fecha 17 de marzo del 2005, el Oficio Nº 378-2005-CONAFU-P de fecha 17 de marzo del 2005, el Oficio Nº 343-05-CDN-C.Ps.P, de fecha 28 de marzo del 2005, el Oficio Nº 379-2005CONAFU-P de fecha 17 de marzo del 2005, el Oficio Nº 040-2005-CR-XV/CEP de fecha 6 de MORDAZA del 2005, el Oficio Nº 380-2005-CONAFU-P de fecha 17 de marzo del 2005, el oficio Nº 528-2005-D-CIP-ICA, de fecha 13 de MORDAZA del 2005, el Oficio Nº 381-2005-CONAFU-P de fecha 17 de marzo del 2005, el Oficio Nº 005-2005-DN/ CLAP de fecha 27 de MORDAZA del 2005, el Oficio Nº 3822005-CONAFU-P de fecha 17 de marzo del 2005, el Oficio Nº 675-2005-GORE-ICA/PR, de fecha 5 de MORDAZA del 2005, el Oficio Nº 727-2005-CONAFU-P de fecha 1 de junio del 2005, el Oficio Nº 072-CLAP-X-05 de fecha 27 de junio del 2005, la Resolucion Nº 197-2004-CONAFU del 15 de octubre del 2004, el Informe Nº 207-2005CEAA-CONAFU, de fecha 16 de agosto del 2005, el Informe Nº 277-2005-CONAFU-CEAA-CONAFU del 30 de setiembre del 2005, la Resolucion Nº 179-2005CONAFU, de fecha 30 de setiembre del 2005, carta s/n de fecha 9 de noviembre del 2005, el Informe Nº 3982005-CEAA-CONAFU de fecha 19 de diciembre del 2005, el Acuerdo de Pleno Nº 363-2005-CONAFU, de fecha 20 de diciembre del 2005; y, CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26439 del 20 de enero de 1995, se crea el Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades CONAFU, como organo MORDAZA, teniendo como atribuciones: evaluar los proyectos y solicitudes de autorizacion de funcionamiento provisional de las nuevas universidades a nivel nacional y tambien solicitudes de autorizacion para funcionamiento definitivo; emitir resoluciones autorizando o denegando el funcionamiento provisional y definitivo, teniendo ademas como funcion la de otorgar la adecuacion de universidades a la Ley de Promocion de la Inversion en la Educacion, Decreto Legislativo Nº 882, previa verificacion del cumplimiento efectivo de los requisitos y condiciones establecidas en la Ley, el Estatuto y el Reglamento; Que, mediante Resolucion Nº 098-2005-CONAFU del 29 de MORDAZA del 2004 - Estatuto del CONAFU, se resuelve en su Articulo Segundo: El CONAFU se rige por la Constitucion Politica del Peru, la Ley Nº 23733 y sus ampliatorias, modificatorias, complementarias; La Ley Nº 26439 sus modificatorias y sus complementarias; Decreto Legislativo Nº 882 sus ampliatorias, modificatorias, complementarias, y su Reglamento; el

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