Norma Legal Oficial del día 05 de Febrero del año 2006 (05/02/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

MORDAZA, MORDAZA 5 de febrero de 2006

NORMAS LEGALES

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MORDAZA de MORDAZA, Colorado, a su personal aeronautico propuesto, durante los dias 5 al 9 de febrero de 2006; Que, conforme se desprende de los Recibos de Acotacion Nºs. 1921 y 1922, la solicitante ha cumplido con el pago del derecho de tramitacion correspondiente al Procedimiento a que se refiere el considerando anterior, ante la Direccion de Tesoreria del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en tal sentido, los costos del respectivo viaje de inspeccion, estan integramente cubiertos por la empresa solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viaticos y la Tarifa Unica de Uso de Aeropuerto; Que, la Direccion de Seguridad Aerea de la Direccion General de Aeronautica Civil, ha emitido la Orden de Inspeccion Nº 134-2006-MTC/12.04-SDO designando al Inspector MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vienrich, para realizar los chequeos tecnicos en simulador de vuelo del equipo Boeing 737, en el Centro de Entrenamiento UNITED SERVICES, al personal aeronautico propuesto por la empresa MORDAZA Up S.A., en la MORDAZA de MORDAZA, Colorado, Estados Unidos de MORDAZA, durante los dias 5 al 9 de febrero de 2006; Que, constituyendo una accion que busca asegurar el cumplimiento de los objetivos y metas propuestos por la Direccion General de Aeronautica Civil para el presente ano, el viaje al exterior del Inspector mencionado, resulta indispensable para el cumplimiento de las facultades de supervision e inspeccion de todas las actividades aeronauticas civiles, a fin de garantizar la seguridad de las operaciones aereas en concordancia con las normas tecnicas vigentes; Que, de este modo, el referido viaje se encuentra dentro de las excepciones previstas en el inciso j) del articulo 8º de la Ley Nº 28652, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2006, modificado por el articulo 15º del Decreto de Urgencia Nº 002-2006, publicado el 21 de enero de 2006; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el viaje del referido Inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil para que, en cumplimiento de las funciones que le asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento, pueda realizar los chequeos tecnicos a que se contrae la Orden de Inspeccion Nº 134-2006-MTC/12.04-SDO; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, Ley Nº 28652, el Decreto de Urgencia Nº 002-2006 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vienrich, Inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transpor tes y Comunicaciones, a la MORDAZA de MORDAZA, Colorado, Estados Unidos de MORDAZA, durante los dias 5 al 9 de febrero de 2006, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente, ha sido integramente cubierto por la empresa MORDAZA Up S.A. a traves de los Recibos de Acotacion Nºs. 1921 y 1922, abonados a la Direccion de Tesoreria del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo las asignaciones por concepto de viaticos y tarifa por uso de aeropuerto, de acuerdo al siguiente detalle: Viaticos US$ Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 1,100.00 30.25

ORGANISMOS AUTONOMOS ANR - CONAFU
Autorizan a la Universidad Alas Peruanas S.A. el funcionamiento de filial universitaria en la MORDAZA de Huancayo
CONSEJO NACIONAL PARA LA AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES (CONAFU) RESOLUCION Nº 019-2006-CONAFU MORDAZA, 26 de enero del 2006 VISTOS; La Ley Nº 26439, la Ley Nº 28564, el oficio Nº 1520-2005-SE/SG de fecha 22 de MORDAZA del 2005, la Resolucion Nº 128-2005-CONAFU de fecha 19 de MORDAZA del 2005, el Informe Nº 207-2005-CEAA-CONAFU, de fecha 16 de agosto del 2005, Acuerdo del Pleno Nº 2452005-CONAFU de fecha 19 de agosto del 2005, Informe Nº 207-2005-CEAA-CONAFU del 6 de agosto del 2005, Acuerdo del Pleno Nº 272-2005-CONAFU de fecha 12 de setiembre del 2005, la Resolucion Nº 164-2005CONAFU de fecha 13 de setiembre del 2005, el Informe Nº 002-2005-ANR-CONAFU-CCEF. de fecha 30 de diciembre del 2005, Resolucion Nº 098-2005-CONAFU del 29 de MORDAZA del 2004 - Estatuto del CONAFU, el Acuerdo de Pleno Nº 004-2006-CONAFU del 11 de enero del 2006, la Resolucion Nº 006-2006-CONAFU de fecha 17 de enero del 2006, el Oficio Nº 005-2006-CONAFU-VP. de fecha 24 de enero del 2006, el Acuerdo de Pleno Nº 018-2006-CONAFU de fecha 26 de enero del 2006; y, CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26439 del 20 de enero de 1995, se crea el Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades CONAFU, como organo MORDAZA, teniendo como atribuciones; evaluar los proyectos y solicitudes de autorizacion de funcionamiento provisional de las nuevas universidades a nivel nacional y tambien solicitudes de autorizacion para funcionamiento definitivo; emitir resoluciones autorizando o denegando el funcionamiento provisional y definitivo, teniendo ademas como funcion la de otorgar la adecuacion de universidades a la Ley de Promocion de la Inversion en la Educacion, Decreto Legislativo Nº 882, previa verificacion del cumplimiento efectivo de los requisitos y condiciones establecidas en la Ley, el Estatuto y el Reglamento; Que mediante Ley Nº 28564, de fecha 9 de junio del 2005, se deroga la Ley Nº 27504, y en su articulo 2º se restituye el tercer parrafo del Articulo 5º de la Ley Universitaria Nº 23733, quedando prohibida la creacion de nuevas filiales en universidades publicas y privadas, fuera del ambito departamental de su sede principal, a partir de la vigencia de la senalada Ley, salvo lo dispuesto en la Disposicion Transitoria Unica de la Ley Nº 28564: "Las solicitudes para autorizacion de funcionamiento de Filiales Universitarias tramitadas con anterioridad a la vigencia de la presente Ley, ante la Asamblea Nacional de Rectores, debera ser remitidas al CONAFU, quienes en el plazo de ciento veinte (120) dias habiles autorizara o denegara su funcionamiento, conforme al reglamento que apruebe para este proposito." Que, mediante Oficio Nº 1520-2005-SE/SG de fecha 22 de MORDAZA del 2005, se recepciona el expediente de la Filial Huancayo de la Universidad Alas Peruanas S.A., conteniendo la documentacion presentada ante la Asamblea Nacional de Rectores; Que, por Resolucion Nº 128-2005-CONAFU de fecha 19 de MORDAZA del 2005, el Pleno del CONAFU, aprueba el Reglamento para la ratificacion y autorizacion de funcionamiento de filiales universitarias, que cuenta con 10 Articulos, dos Disposiciones Transitorias y una

Articulo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el Articulo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Inspector mencionado en el Articulo 1º de la presente Resolucion Ministerial, dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, debera presentar un informe al Despacho Ministerial, con MORDAZA a la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 02177

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