Norma Legal Oficial del día 09 de Febrero del año 2006 (09/02/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

MORDAZA, jueves 9 de febrero de 2006

NORMAS LEGALES

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a) Toma de local escolar o uso de la infraestructura escolar sin la autorizacion del Director de la Institucion Educativa y otras situaciones que impidan o alteren el normal desarrollo del servicio educativo. b) Acciones que atentan contra la seguridad e integridad fisica del personal de la Institucion Educativa c) Acciones que afecten la seguridad y conservacion de los materiales, equipamiento e infraestructura educativa. Articulo 6º.- Las Unidades de Gestion Educativa Local brindaran el asesoramiento correspondiente a los padres de familia, para presentar las denuncias respectivas ante el Ministerio Publico y el Poder Judicial en casos de sustraccion de bienes y/o irregularidades en el manejo de fondos de la Asociacion. TITULO II DE LA ASOCIACION DE PADRES DE FAMILIA CAPITULO I DE LA NATURALEZA Y CONSTITUCION Articulo 7º.- La Asociacion de Padres de Familia es una organizacion estable de personas naturales, sin fines de lucro, con personeria juridica de derecho privado, que tiene por finalidad propiciar la participacion de los padres de familia, tutores y curadores en el MORDAZA educativo de sus hijos, pupilos y curados, matriculados en la Institucion Educativa. Su razon de ser esta ligada a la existencia de la Institucion Educativa y del servicio educativo que brinda. En cada Institucion Educativa publica existe una sola Asociacion, cualquiera sea el nivel o modalidad educativa que atiende. En la Institucion Educativa Publica Unidocente, el Comite de Aula asume las funciones de la Asociacion de Padres de Familia. Articulo 8º.- La Asociacion se regula por la Ley Nº 28044, Ley General de Educacion, la Ley Nº 28628, Ley que regula la participacion de las Asociaciones de Padres de Familia en las instituciones educativas publicas, el presente Reglamento y su estatuto. En forma supletoria se rige por las normas del Codigo Civil. Puede inscribirse en los Registros Publicos por el merito de su Acta de Constitucion. Articulo 9º.- La Asociacion esta constituida por: a) Padre y/o MORDAZA del alumno. b) Tutor, persona que sin ser padre o MORDAZA del alumno menor de edad, cuenta con la autorizacion legal para ejercer la patria potestad. c) Curador, persona que sin ser padre o MORDAZA del alumno mayor de edad, cuenta con la autorizacion legal para ejercer la curatela. Los padres de familia, tutores y curadores a que se refiere la Ley y el presente Reglamento, deben estar debidamente registrados en el Padron de Asociados. CAPITULO II DE LAS FUNCIONES DE LA ASOCIACION Articulo 10º.- La Asociacion ejerce directamente las siguientes atribuciones: a) Participar en el MORDAZA educativo de los hijos de sus asociados, buscando la inclusion o incorporacion de las personas con discapacidad en igualdad de oportunidades. b) Colaborar en las actividades educativas que ejecuta la Institucion Educativa, fomentando las buenas relaciones humanas entre los integrantes de la comunidad educativa promoviendo un clima institucional favorable para el aprendizaje. c) Vigilar la distribucion oportuna y el uso adecuado del material educativo que utilizan los estudiantes y denunciar ante las autoridades educativas la venta o sustraccion de los libros o textos escolares oficiales de distribucion gratuita. d) Velar por la mejora de los servicios, infraestructura, equipamiento, mobiliario escolar y materiales, tanto educativos como ludicos. e) Cooperar con la Institucion Educativa para salvaguardar la seguridad e integridad fisica de los estudiantes.

f) Proponer y coordinar con el Director de la Institucion Educativa, mecanismos y estrategias que contribuyan a evitar la desercion y la inasistencia de los estudiantes. g) Gestionar y/o colaborar con la implementacion de comedores escolares, programas de apoyo alimentario, de salud fisica y mental, de deportes, recreacion, orientacion vocacional, visitas guiadas de estudio y otros servicios que contribuyan al bienestar de los estudiantes. h) Recibir de parte del Director de la Institucion Educativa, informacion sobre el manejo administrativo, financiero y economico de la Institucion Educativa. i) Denunciar ante los organos competentes las irregularidades que se produzcan en las instituciones educativas. j) Participar, a traves de veedores elegidos por la Asamblea General, en los procesos de adquisicion de bienes y servicios que se realice en la Institucion Educativa y en los comites especiales que se constituyan en las Unidades de Gestion Educativa Local y las Direcciones Regionales de Educacion, en el MORDAZA de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y demas normas vigentes. k) Proponer estimulos para los estudiantes, personal docente y administrativo que logren un desempeno destacado en la Institucion Educativa. l) Brindar informacion y rendir cuenta documentada a los asociados. m) Participar, a traves de sus representantes, en el Consejo Educativo Institucional. n) Organizarse en instituciones de grado superior para formar parte de los organos de participacion, concertacion y vigilancia ciudadana previstos en la Ley General de Educacion, eligiendo a sus representantes ante el Consejo Participativo Local de Educacion y el Consejo Participativo Regional de Educacion, de acuerdo con las disposiciones especificas que dicte el Ministerio de Educacion. Articulo 11º.- La Asociacion a traves de su representante ante el Consejo Educativo Institucional, tiene las siguientes atribuciones: a) Participar en la formulacion y ejecucion del Proyecto Educativo Institucional (PEI) y en el Plan Anual de Trabajo (PAT), con excepcion de los aspectos tecnico - pedagogicos. b) Participar en el Comite de Evaluacion para el ingreso, ascenso y permanencia del personal docente y administrativo de la Institucion Educativa, de conformidad con las normas que emite el Ministerio de Educacion y las instancias de gestion educativa descentralizada, en concordancia con los criterios y procedimientos que establezca el Sistema Nacional de Evaluacion, Acreditacion y Certificacion de la calidad educativa. c) Apoyar los procesos de evaluacion, acreditacion y certificacion de la calidad educativa previstos en la Ley General de Educacion y en la ley especifica sobre la materia. d) Participar en el MORDAZA de autoevaluacion de la Institucion Educativa. e) Vigilar el acceso, la matricula oportuna y la asistencia de los estudiantes en la Institucion Educativa. f) Cautelar el cumplimiento de los derechos y principios de universalidad, gratuidad, equidad y calidad en la Institucion Educativa. g) Vigilar el adecuado destino de los recursos de la Institucion Educativa y de aquellos que de acuerdo con lo establecido en el Reglamento General de Asociaciones de Padres de Familia, esten comprometidos con las actividades previstas en el Plan Anual de Trabajo. h) Colaborar con el Director para garantizar el cumplimiento de las horas efectivas de clase, numero de semanas lectivas y la jornada del personal docente y administrativo. i) Propiciar la solucion de conflictos que se susciten en el Consejo Educativo Institucional, priorizando soluciones concertadas, frente a quejas o denuncias que no impliquen delito. CAPITULO III DE LA ESTRUCTURA ORGANICA Articulo 12º.- La Asociacion tiene la estructura organica siguiente: 1. Organos de Gobierno:

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