Norma Legal Oficial del día 09 de Febrero del año 2006 (09/02/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

MORDAZA, jueves 9 de febrero de 2006
Ubicacion N° 22 23 24 25 26 27 28 29 30 Nombre del Proyecto Rehabilitacion de MORDAZA Consto Grande Rehabilitacion de MORDAZA Consto Chico Rehabilitacion de MORDAZA Putunco Rehabilitacion de MORDAZA Yerbahuenane Rehabilitacion de MORDAZA Curibaya Rehabilitacion de MORDAZA Hacienda Rehabilitacion de MORDAZA Balconcillo Rehabilitacion de MORDAZA Huancarane Rehabilitacion de MORDAZA Principal Carumas Provincia Mariscal MORDAZA Mariscal MORDAZA Mariscal MORDAZA Mariscal MORDAZA Mariscal MORDAZA Mariscal MORDAZA Mariscal MORDAZA Mariscal MORDAZA Mariscal MORDAZA Distrito

NORMAS LEGALES
Caracteristicas Localidad Meta Fisica Plazo dias 15 15 30 15 15 15 15 30 30 Monto Sector (Nuevos Soles S/.) 48,460.00 15,231.00 81,994.00 4,752.00 14,303.00 10,703.00 6,187.00 100,120.00 11,920.00 1,170,885.00 Codigo

Pag. 312209
Elegibilidad Referencia Oficio 047-2006EF/68.01 Oficio 047-2006EF/68.01 Oficio 047-2006EF/68.01 Oficio 047-2006EF/68.01 Oficio 047-2006EF/68.01 Oficio 047-2006EF/68.01 Oficio 047-2006EF/68.01 Oficio 047-2006EF/68.01 Oficio 047-2006EF/68.01 Observaciones

Mariscal MORDAZA Mariscal MORDAZA Mariscal MORDAZA Chumbaya Chumbaya Chumbaya Chumbaya Carumas Carumas

02299

Aprueban transferencia financiera de recursos a favor del Instituto Geofisico del Peru
RESOLUCION JEFATURAL Nº 039-2006-INDECI 24 de enero del 2006 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 081-2002-PCM se creo la Comision Multisectorial de Prevencion y Atencion de Desastres (CMPAD) generados por fenomenos de origen natural o tecnologico, encargada de coordinar, evaluar, priorizar y supervisar las medidas de prevencion de danos, atencion y rehabilitacion en las zonas del MORDAZA que se encuentren en peligro inminente o afectados por desastres de gran magnitud; Que, mediante Ley Nº 28382 se amplio hasta S/. 50'000,000.00 (CINCUENTA MILLONES CON 00/100 NUEVOS SOLES) el monto de la Linea de Credito Extraordinaria, Permanente y Revolvente, otorgada por el Banco de la Nacion al INDECI al MORDAZA del Decreto Legislativo Nº 442, modificado por el Decreto de Urgencia Nº 092-96. Los recursos provenientes de dicha Linea de Credito se destinaran para realizar acciones que permitan reducir los efectos daninos de un peligro inminente de origen natural o antropico, brindar una respuesta oportuna a la poblacion, ejecutar acciones de rehabilitacion de la infraestructura publica para recuperar los niveles que los servicios basicos tenian MORDAZA de la ocurrencia de un desastre; y ejecutar acciones de recuperacion de la capacidad productiva de las zonas afectadas por desastres; Que, la Octava Disposicion Final de la Ley Nº 28562, Ley que autoriza Credito Suplementario en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2005, autoriza al Poder Ejecutivo para que mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas, a propuesta de la Direccion General de Programacion Multianual del Sector Publico, incorpore, cuando sea necesario, previo informe favorable de la Direccion Nacional del Presupuesto Publico, los recursos en la Fuente de Financiamiento "Recursos por Operaciones Oficiales de Credito Interno" provenientes de la Linea de Credito referida en el considerando precedente, a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI; Que, la Decima Disposicion Final de la Ley Nº 28653, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2006, establece la prorroga de la vigencia de la referida Octava Disposicion Final; Que, el numeral 7.1 del articulo 7º de la Directiva Nº 004-2005-EF/68.01 "Directiva que establece criterios y procedimientos para la incorporacion de los recursos

a que se refiere la Ley Nº 28382, Ley que amplia el monto de la linea de credito otorgada por el Banco de la Nacion al INDECI", aprobada por Resolucion Ministerial Nº 510-2005-EF/10, senala que los recursos provenientes de la mencionada linea de credito podran financiar gastos temporales de emergencia que no MORDAZA destinados a proyectos y que tengan por finalidad realizar acciones que permitan reducir los efectos daninos de un peligro inminente de origen natural o antropico y brindar una respuesta oportuna a la poblacion y cuenten con el Informe de Evaluacion de Danos correspondiente, aprobado por el INDECI, para lo cual el INDECI debe cumplir con presentar un Informe Tecnico a la Direccion General sustentando la necesidad de financiar estos gastos con recursos provenientes de la linea de credito, recibido el Informe Tecnico favorable del INDECI, la DGPM propone la incorporacion de los recursos; Que, como consecuencia del sismo ocurrido con fecha 1.OCT.2005 en el sur del MORDAZA se produjo, entre otros, la alteracion del regimen hidrico, aparicion y desaparicion de geiseres, destruccion de MORDAZA de regadio, colapso de viviendas, ocasionando graves perjuicios a la poblacion, siendo afectadas, entre otras zonas, las localidades vecinas al volcan Ticsani: San MORDAZA, Carumas, Calacoa y Cuchubaya, de la provincia Mariscal MORDAZA - MORDAZA Cerro, del departamento de Moquegua; Que, mediante Oficio Nº 134-PE-IGP/2005 del 9.NOV.2005, el Instituto Geofisico del Peru remite la Ficha Tecnica para la ejecucion de actividades de analisis y evaluacion de la crisis sismica de Colacoa en MORDAZA, como consecuencia del sismo producido en dicho departamento; Que, mediante Oficio Nº 142-PE-IGP/2005 del 29.NOV.2005, el mencionado Instituto remitio la referida Ficha Tecnica, reformulada sobre las base de las observaciones formuladas por la Direccion Nacional de Proyectos Especiales, por un monto de S/. 36,760.00; Que, mediante Oficio Nº 10747-2005-INDECI/4.0 del 23.DIC.2005, se remitio a la DGPM el Informe Tecnico Nº 008-2005-INDECI/14.0 emitido por la Direccion Nacional de Proyectos Especiales del INDECI donde se concluye que resulta necesario desarrollar la actividad "Analisis y Evaluacion de la crisis sismica de Calacoa" detallada en la Ficha Tecnica elaborada por el Instituto Geofisico del Peru por corresponder a un gasto temporal de emergencia no destinado a proyecto, que permite brindar una respuesta oportuna al evento producido, por lo que se solicito la incorporacion de los recursos correspondientes de la mencionada linea de credito hasta por un monto de S/. 36,760.00; Que, mediante Decreto Supremo Nº 002-2006-EF se incorporo via Credito Suplementario en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2006, Pliego 006 INDECI, la suma de UN MILLON DOSCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL CINCUENTA Y SIETE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1' 299, 057.00), correspondiente

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