Norma Legal Oficial del día 09 de Febrero del año 2006 (09/02/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 75

MORDAZA, jueves 9 de febrero de 2006

NORMAS LEGALES

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Especial de Pasajeros en Vehiculos Menores; estableciendose en el Articulo 29º el "Cuadro de Infracciones y Sanciones" en las que determinadas infracciones seran sancionadas con el internamiento del vehiculo en el Deposito Oficial Municipal de Vehiculos Menores - DOMVM; Que, el Articulo 42º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que los Decretos de Alcaldia son normas reglamentarias y de aplicacion de las Ordenanzas, sancionan los procedimientos para la correcta y eficiente administracion municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interes para el vecindario; Que con tal fin se requiere contar con un espacio fisico acondicionado que cumpla con la funcion de Deposito Oficial Municipal de Vehiculos Menores, en concordancia con la precitada ordenanza; Estando lo expuesto en uso de las facultades conferidas por el numeral 6) del Articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972; DECRETA: Articulo Primero.- CREAR el DEPOSITO OFICIAL MUNICIPAL DE VEHICULOS MENORES (DOMVM) en el distrito de San MORDAZA, el cual funcionara de manera permanente -o temporal- en las instalaciones de la MORDAZA denominada la FRANJA, ubicada en el Jr. MORDAZA Cuadra Uno (1) s/n, San Miguel; en el que se internaran aquellos vehiculos menores que brinden el servicio de transporte publico especial de pasajeros y carga que hayan cometido infracciones sancionadas adicionalmente con su internamiento segun el Cuadro Unico de Infracciones y Sanciones, el mismo que forma parte integrante del presente Decreto. Articulo Segundo.- ENCARGUESE la administracion del Deposito Oficial Municipal de Vehiculos Menores (DOMVM) por Resolucion de Alcaldia, debiendo el designado depender funcionalmente de la Gerencia de Desarrollo Urbano. Articulo Tercero.- ENCARGUESE el cumplimiento del presente Decreto a la Gerencia Municipal y Gerencia de Desarrollo Urbano. Articulo Cuarto.- El presente Decreto de Alcaldia entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA HERESI CHICOMA MORDAZA 02316

autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, la cual se configura como la facultad de ejercer actos de gobierno administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, las Municipalidades distritales de conformidad con lo dispuesto en el numeral 3.2) del Articulo 81º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972 ejercen funciones compartidas con la Municipalidad Provincial en materia de MORDAZA, vialidad y transporte publico, para normar, administrar, regular y controlar el servicio publico de transporte MORDAZA, que se realice dentro de su jurisdiccion en vehiculos menores mototaxis y similares; en concordancia al Articulo 16º del Reglamento Nacional de Administracion de Transpor te, aprobado por D.S. Nº 040-2001-MTC; Que, mediante Ordenanza Nº 049-2004/MDSM, se MORDAZA el Servicio de Transporte Publico Especial de Pasajeros de Vehiculos Menores en el del distrito de San MORDAZA, senalandose en el Capitulo V las Infracciones y Sanciones; Que, se ha establecido como sancion accesoria el internamiento de los vehiculos menores en el Deposito Municipal recogido en la Nomenclatura de Infraccion Municipal, originada por la transgresion a la Ordenanza Nº 049-2004-MDSM, por ello, es necesario reglamentar el procedimiento de internamiento y liberacion de vehiculos menores, asi como establecer los formularios que se utilizaran para el mejor funcionamiento y control; Que el Articulo 42º de la Ley Nº 27972, preceptua que los Decretos de Alcaldia establecen normas reglamentarias y de aplicacion de las Ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente Administracion Municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interes para el vecindario; Estando a lo expuesto y en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Constitucion Politica del Peru y los articulos 20º inciso 6); y, 42º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Articulo Primero.- APRUEBESE el REGLAMENTO PARA EL PROCEDIMIENTO DE INTERNAMIENTO Y LIBERACION DE VEHICULOS MENORES DEL DEPOSITO OFICIAL MUNICIPAL DE VEHICULOS MENORES DEL DISTRITO DE SAN MORDAZA, el cual consta de tres (3) Titulos, ocho (8) Articulos y dos (2) Disposiciones Finales, el mismo, que forma parte integrante del presente Decreto. Articulo Segundo.- APRUEBESE los Formularios denominados PAPELETA DE INFRACCION, BOLETA DE INTERNAMIENTO Y ORDEN DE LIBERACION, los mismos que, como anexos 01, 02 y 03 forman parte integrante del presente Reglamento. Articulo Tercero.- ENCARGUESE el cumplimiento del presente Decreto a la Gerencia Municipal y Gerencia de Desarrollo Urbano. Articulo Cuarto.- El presente Decreto de Alcaldia entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA HERESI CHICOMA MORDAZA REGLAMENTO PARA EL PROCEDIMIENTO DE INTERNAMIENTO Y LIBERACION DE VEHICULOS MENORES EN EL DEPOSITO OFICIAL MUNICIPAL MENORES -DOMVM- DEL DISTRITO DE SAN MORDAZA TITULO I OBJETIVO Articulo Primero.- El presente reglamento tiene como objetivo, establecer el procedimiento para el

Aprueban Reglamento para el Procedimiento de Internamiento y Liberacion de Vehiculos Menores del Deposito Oficial Municipal de Vehiculos Menores del distrito
DECRETO DE ALCALDIA Nº 03-2006/MDSM San MORDAZA, 31 enero de 2006 EL MORDAZA DISTRITAL DE SAN MORDAZA VISTO, el Informe Nº 041-2005/SMDT/GDU/MDSM, de fecha 7 de noviembre de 2005, el Memorandum Nº 640-2005/GDU/MDSM, emitido por la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, asi como el Informe Nº 309-2005/ GAJ/MDSM, de la Gerencia de Asuntos Juridicos; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido por el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, concordante con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, las municipalidades son organos de gobierno local con

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