Norma Legal Oficial del día 18 de Febrero del año 2006 (18/02/2006)


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NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

MORDAZA, sabado 18 de febrero de 2006

MORDAZA MORDAZA Ascurra, representante legal de AMERICANA EMPRESA DE SERVICIOS GENERALES S.R.L., MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, representante legal REAL SERVICE S.A.C., MORDAZA Frisancho Cahua, representante legal de AGENCIA DE SEGURIDAD PRIVADA MORDAZA S.R.L., y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, representante legal de SEGURIDAD CHAVIN S.R.L., debidamente representados por su apoderado comun Sr. Rober to Stanly MORDAZA MORDAZA, presentaron Recurso de Apelacion contra el Acta elaborada en el Acto Publico de MORDAZA de Propuestas del citado Concurso Publico, a fin de que se considere valida la Promesa Formal de Consorcio presentada por los mismos; Que, no habiendo culminado a la fecha, dicho MORDAZA y teniendo en consideracion que el Contrato Complementario indicado en el primer considerando de la presente Resolucion, vence el 19 de febrero del presente ano, de acuerdo a lo indicado en el Informe de Vistos de la Gerencia de Servicios Generales, deviene en necesario declarar en Situacion de Desabastecimiento Inminente el "Servicio de Seguridad y Vigilancia en la MORDAZA Sur", a efecto de que la Entidad no se vea desprovista del referido servicio, por el termino de 90 dias y por un monto total ascendente a S/. 347,176.86 (Trescientos Cuarenta y Siete Mil Ciento Setenta y Seis y 86/100 Nuevos Soles); Que, mediante Memorandum Nº 048-2006-MP-FNGECFIN/01, la Gerencia Central de Finanzas, senala que al evaluar el presupuesto del Grupo Generico 3. Bienes y Servicios, se ha considerado S/. 7'280,999.00 para la Especifica de Gasto 34. Contratacion de Empresas de Servicio; por lo que emite la Factibilidad Presupuestal correspondiente; Que, conforme a lo dispuesto en los articulos 19º, 20º y 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, y articulos 141º, 146º, 147º y 148º de su Reglamento, aprobados, mediante Decretos Supremos Nºs. 083 y 084-2004-PCM, respectivamente, la situacion de Desabastecimiento Inminente, es aquella situacion extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra, compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo, de manera esencial, facultandola, previos los informes tecnico y legal a la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios u obras, solo por el tiempo o cantidad segun sea el caso, mediante la adopcion de acciones inmediatas, requiriendose invitar a un solo proveedor, cuya propuesta cumpla con las caracteristicas y condiciones establecidas en las Bases, debiendo aprobarse la exoneracion por Resolucion del Titular del Pliego, sin perjuicio que se realice el MORDAZA de seleccion correspondiente para las contrataciones y adquisiciones definitivas, disponiendo la remision del resolutivo a la Contraloria General de la Republica y al CONSUCODE, asi como su publicacion en el Diario Oficial El Peruano; Que, mediante el Informe de Vistos, la Oficina de Asesoria Juridica sostiene que se cumplen los requisitos establecidos en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento aprobados mediante Decretos Supremos Nºs. 083 y 084-2004-PCM, respectivamente, asi como lo previsto en la Directiva Nº 011-2001-CONSUCODE/ PRE, para que se declare en Situacion de Desabastecimiento Inminente la contratacion del "Servicio de Seguridad y Vigilancia en la MORDAZA Sur", el mismo que es indispensable para no poner en riesgo la continuidad del servicio, en salvaguarda de los intereses de la Institucion; Contando con los vistos de la Gerencia General y las Gerencias Centrales de Logistica, Finanzas, Oficina de Asesoria Juridica, la Gerencia de Seguridad; y, De conformidad con lo dispuesto en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, aprobados, mediante Decretos Supremos Nºs. 083 y 084-2004-PCM, respectivamente y en uso de las atribuciones conferidas por el articulo 64º del Decreto Legislativo Nº 052 - Ley Organica del Ministerio Publico;

Articulo Primero.- DECLARAR EN SITUACION DE DESABASTECIMIENTO INMINENTE la Contratacion del "Servicio de Seguridad y Vigilancia en la MORDAZA Sur", por un periodo de 90 dias, a partir del dia 20 de febrero de 2006, por un monto mensual ascendente a S/. 115,725.62 (Ciento Quince Mil Setecientos Veinticinco y 62/100 Nuevos Soles) y un monto total ascendente a S/. 347,176.86 (Trescientos Cuarenta y Siete Mil Ciento Setenta y seis y 86/100 Nuevos Soles), con la Fuente de Financiamiento 00: Recursos Ordinarios, dado que los hechos implican que se verian afectadas en forma directa e inminente la continuidad de los servicios esenciales a cargo del Ministerio Publico, en merito a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- EXONERAR a la Gerencia Central de Logistica de la realizacion del MORDAZA de seleccion correspondiente y AUTORIZARLA a efectuar la contratacion del "Servicio de Seguridad y Vigilancia en la MORDAZA Sur", mediante una accion inmediata, invitando a un solo proveedor, cuya propuesta cumpla con las caracteristicas y condiciones minimas requeridas, dejando constancias que si MORDAZA de dicho plazo se logra suscribir el MORDAZA contrato de servicio, la situacion de Desabastecimiento Inminente concluira en dicha oportunidad. Articulo Tercero.- Disponer el inicio de las acciones correspondientes para el deslinde de responsabilidades a que hubiere lugar, en cumplimiento de lo dispuesto en el tercer parrafo del articulo 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM. Articulo Cuarto.- Disponer se efectue la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, y asimismo se remita MORDAZA de la misma y de los Informes que sustentan esta exoneracion, a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a su aprobacion. Articulo Quinto.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion a la Gerencia General, a las Gerencias Centrales de Logistica, Finanzas y Asesoria Juridica, a la Gerencia de Seguridad y a la Oficina de Control Institucional, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fiscal de la Nacion 03000

Nombran y designan magistradas en despachos de fiscalias y como representante del Ministerio Publico y Presidenta de la Comision Coordinadora del RENADESPPLE
RESOLUCION DE LA FISCALIA DE LA NACION Nº 200-2006-MP-FN MORDAZA, 17 de febrero del 2006 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, por necesidad de servicio y estando a lo dispuesto por el Articulo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Organica del Ministerio Publico; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Dar por concluida la designacion de la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Longa, Fiscal Provincial Titular en lo Penal de MORDAZA, como Representante del Ministerio Publico y Presidenta de la Comision Coordinadora del Registro Nacional de Detenidos y Sentenciados a Pena Privativa de MORDAZA Efectiva -

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