Norma Legal Oficial del día 23 de Febrero del año 2006 (23/02/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 105

MORDAZA, jueves 23 de febrero de 2006

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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acogerse a los beneficios otorgados, previa cancelacion de los gastos procesales. Quienes se encuentren con medida cautelar firme podran acogerse solo por la diferencia pendiente no cubierta por la medida cautelar firme. Cancelando adicionalmente los gastos administrativos. Los procedimientos de ejecucion coactiva se archivaran en caso el deudor tributario se acoja a los beneficios otorgados, siempre que cancele su deuda al contado. En caso de fraccionamiento se suspendera el procedimiento de ejecucion coactiva mientras cancele las cuotas del convenio de fraccionamiento. Articulo 8º.- PAGOS ANTERIORES: Los importes pagados con anterioridad a la vigencia de la presente no seran materia de devolucion ni compensacion. Articulo 9º.- Quienes se acojan a la condonacion de las multas, previamente presentaran expediente administrativo con esta finalidad. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES Primera.- La Gerencia de Administracion Tributaria y Rentas, Gerencia de Ejecutoria Coactiva y la Unidad de Imagen Institucional quedan encargadas de difundir los beneficios otorgados por la presente ordenanza y de notificar a los contribuyentes por todos los medios a su alcance. Segunda.- Los alcances establecidos en el Reglamento de Fraccionamiento establecido con Ordenanza Nº 0632003/MDSMP y modificado por Ordenanza Nº 107-2005MDSMP "Paga Facil" queda suspendido mientras se encuentre en vigencia la presente ordenanza. Tercera.- Los contribuyentes que se encuentren en MORDAZA de reclamacion y apelacion ante el Tribunal Fiscal podran acogerse a este beneficio siempre y cuando presenten una solicitud de desistimiento. Cuarta.- Facultese al MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las disposiciones complementarias que se requieran para cumplir los objetivos de la presente ordenanza. POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA DUARTE MORDAZA 03285

Modifican Ordenanza Nº 144-MDSMP y prorrogan Cronograma de Actividades para la Conformacion del Consejo de Coordinacion Local Distrital
ORDENANZA Nº 160-MDSMP

San MORDAZA de Porres, 21 de febrero de 2006 EL MORDAZA DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE PORRES POR CUANTO: VISTO: El Concejo Distrital de San MORDAZA de Porres, en Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha, el Informe Nº 11-2006-GPC/MDSMP y el Memorandum Nº 1002006-GPC/MDSMP de la Gerencia de Participacion Ciudadana, que solicita la modificacion del inciso 2) del Articulo 4º de la Ordenanza Nº 144-MDSMP, el pedido de la Regidora MORDAZA MORDAZA MORDAZA Castaneda, para la prorroga del Cronograma de Actividades para la Conformacion del Consejo de Coordinacion Local de San MORDAZA de Porres; y,

Que, la Ley Nº 28607, en concordancia con la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, definen a las Municipalidades como organos de gobierno, con personeria juridica de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Ordenanza Nº 144-MDSMP, se convoca a elecciones de los representantes de la Sociedad Civil al CCLD, para el periodo 2005 - 2007, estableciendose en su Articulo MORDAZA, numeral 2, como requisito para la inscripcion de las organizaciones, la MORDAZA de MORDAZA autentificada por Fedatario de la Municipalidad de la MORDAZA de Inscripcion de la Organizacion en los Registros Publicos, que tengan una antiguedad no mayor de noventa (90) dias; Que, el tercer parrafo del Articulo 102º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, establece que: "Los representantes de la sociedad civil son elegidos democraticamente, por un periodo de 2 (dos) anos, de entre los delegados legalmente acreditados de las organizaciones de nivel distrital, que se hayan inscrito en el registro que abrira para tal efecto la Municipalidad Distrital, siempre y cuando acrediten personeria juridica y un minimo de 3 (tres) anos de actividad institucional comprobada. La eleccion de representantes sera supervisada por el organismo electoral correspondiente"; Que, sin embargo el Codigo Civil, establece las normas que regulan a las personas juridicas, conforme el Articulo 78º, establece que su existencia comienza el dia de su inscripcion en el registro respectivo, salvo disposicion distinta de la Ley; en tal sentido, el Articulo 124º preve la existencia de la asociacion no inscrita, la cual se regula por acuerdo de sus miembros, pudiendo comparecer en juicio representado por el Presidente del Concejo Directivo o por quien haga sus veces; es decir la propia ley esta reconociendo vigencia y posibilidad de poder acreditar representante, toda vez que nuestro sistema registral es solo de caracter declarativo y no constitutivo de derechos al margen de las garantias registrales consagradas en el Articulo 2010º y siguientes del Codigo Civil, por tanto las asociaciones nacen y ejercen sus actos sociales aun cuando no se hayan inscrito registralmente; Que, el numeral 13 del Articulo 2º de la Constitucion Politica del Peru, establece que toda persona tiene derecho "A asociarse y a constituir fundaciones y diversas formas de organizacion juridica sin fines de lucro, sin autorizacion previa y con arreglo a ley"; puesto que asociarse es un derecho natural; Que, de acuerdo a las atribuciones conferidas por el Articulo 36º numeral 14 de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853 vigente hasta el 27/06/03, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA aprobo la Ordenanza Nº 191-MML el 13/1198 y publicada el 10/01/99 que crea el Registro Unico de Organizaciones Sociales (RUS) para la participacion vecinal de MORDAZA Metropolitana; Que, mediante Ordenanza Nº 151-MDSMP del 22 de diciembre 2005 se adecuo el Registro Unico de Organizaciones Sociales (R.U.O.S.) a las disposiciones de la Ordenanza Nº 191-MML; Que, la Regidora MORDAZA MORDAZA MORDAZA Castaneda, solicito prorroga de la fecha del Cronograma de Actividades para la Conformacion del Concejo de Coordinacion Local de San MORDAZA de Porres, a partir del 27 del presente mes y ano, a efecto que las organizaciones sociales beneficiadas con la presente ordenanza, tengan tiempo en inscribirse como participantes; Estando al Informe Nº 269-2006-GAJ/MDSMP de la Gerencia de Asesoria Juridica, en uso de las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, el Concejo Municipal presidido por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Duarte y con el MORDAZA unanime de los senores Regidores MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Casanova MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Ferrer MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Castaneda, MORDAZA MORDAZA Paz Puelles, MORDAZA Alcedo De La MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Castaneda MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vidalon, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA

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