Norma Legal Oficial del día 23 de Febrero del año 2006 (23/02/2006)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 13

MORDAZA, jueves 23 de febrero de 2006

NORMAS LEGALES

Pag. 313063

Que, mediante el Texto Unico Ordenado de la Ley Organica de Hidrocarburos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 042-2005-EM, se regulan las actividades de hidrocarburos en el territorio nacional; Que, mediante Decreto Supremo Nº 177-92-EF, del 28 de octubre de 1992, se aprobo el Contrato de Operaciones por Hidrocarburos del Lote III, Noroeste, ubicado en la Region Grau, el cual fue suscrito entre Petroleos del Peru - PETROPERU S.A. y PROPETSA VISISA SERPET ASOCIADOS, ASOCIADOS; Que, por Decreto Supremo Nº 32-95-EM, del 20 de octubre de 1995, se aprobo la transferencia de participaciones en el Contrato de Operaciones por Hidrocarburos del Lote III, Noroeste, efectuada por PROPETSA - VISISA SERPET ASOCIADOS, ASOCIADOS a favor de Mercantile Peru Oil & Gas S.A.; y, se adecuo el referido Contrato de Operaciones a las disposiciones de la Ley Nº 26221, bajo la forma de un Contrato de Licencia para la Explotacion de Hidrocarburos en el Lote III, Noroeste, suscrito entre PERUPETRO S.A., Mercantile Peru Oil & Gas S.A. y PROPETSA - VISISA SERPET ASOCIADOS, ASOCIADOS; Que, mediante Decreto Supremo Nº 015-97-EM, del 13 de agosto de 1997, se aprobo la Cesion del total de las participaciones en el Contrato de Licencia para la Explotacion de Hidrocarburos en el Lote III, Noroeste, por par te de PROPETSA - VISISA SERPET ASOCIADOS, ASOCIADOS a favor de Mercantile Peru Oil & Gas S.A. y la modificacion de dicho Contrato, suscrito entre PERUPETRO S.A. y las citadas Empresas; Que, por Decreto Supremo Nº 024-2001-EM, del 29 de MORDAZA de 2001, se aprobo la Modificacion del Contrato de Licencia mencionado, incorporando una regalia mejorada para la produccion incremental, la que fue suscrita entre PERUPETRO S.A. y Mercantile Peru Oil & Gas S.A.; Que, por Decreto Supremo Nº 021-2004-EM, del 24 de junio de 2004, se aprobo la Modificacion del Contrato de Licencia para la Explotacion de Hidrocarburos en el Lote III, Noroeste, en aplicacion de la Ley Nº 28109, Ley para la Promocion de la Inversion en la Explotacion de Recursos y Reservas Marginales de Hidrocarburos a Nivel Nacional, la que fue suscrita entre PERUPETRO S.A. y Mercantile Peru Oil & Gas S.A.; Que, mediante Decreto Supremo Nº 005-2005-EM, del 2 de febrero del 2005, se aprobo la Modificacion del referido Contrato de Licencia, a fin de modificar el metodo de extrapolacion lineal precio - regalia y establecer los porcentajes de regalia a precios mayores de 35 US$/BI; la cual fue suscrita entre PERUPETRO S.A. y Mercantile Peru Oil & Gas S.A.; Que, el articulo 12º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica de Hidrocarburos, establece que los contratos, una vez aprobados y suscritos, solo podran ser modificados por acuerdo escrito entre las partes; y que las modificaciones seran aprobadas por Decreto Supremo refrendado por los Ministros de Economia y Finanzas y de Energia y Minas dentro del plazo establecido en el articulo 11º de la mencionada Ley; Que, mediante Carta Nº MPOG/RBSA-GG-390-2005, de fecha 26 de MORDAZA de 2005, Mercantile Peru Oil & Gas S.A. solicito la Modificacion del Contrato de Licencia para la Explotacion de Hidrocarburos en el Lote III, Noroeste, a fin de sustituir al Garante Corporativo Mercantile International Petroleum Inc. por la empresa INTEROIL EXPLORATION AS; Que, el Directorio de PERUPETRO S.A., mediante Acuerdo Nº 083-2005, de fecha 16 de noviembre de 2005, aprobo el Proyecto de Modificacion del Contrato de Licencia para la Explotacion de Hidrocarburos en el Lote III, Noroeste, para efecto del nombramiento del MORDAZA Garante Corporativo INTEROIL EXPLORATION AS, elevandolo al Poder Ejecutivo para su consideracion y respectiva aprobacion; De conformidad con lo dispuesto en los numerales 8) y 24) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru y el Texto Unico Ordenado de la Ley Organica de

Hidrocarburos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 042-2005-EM; DECRETA: Articulo 1º.- De la aprobacion de la modificacion del contrato Aprobar la Modificacion del Contrato de Licencia para la Explotacion de Hidrocarburos en el Lote III, Noroeste, aprobado por Decreto Supremo Nº 177-92-EF y sucesivamente modificado por los Decretos Supremos Nº 32-95-EM, Nº 015-97-EM, Nº 024-2001-EM, Nº 0212004-EM y Nº 005-2005-EM, para los fines referidos en la parte considerativa del presente Decreto Supremo, a celebrarse entre PERUPETRO S.A. y Mercantile Peru Oil & Gas S.A.. Articulo 2º.- De la autorizacion para suscribir la modificacion Autorizar a PERUPETRO S.A. a suscribir con Mercantile Peru Oil & Gas S.A., con la intervencion de INTEROIL EXPLORATION AS en su condicion de MORDAZA Garante Corporativo y del Banco Central de Reserva del Peru, la Modificacion del Contrato de Licencia para la Explotacion de Hidrocarburos en el Lote III, Noroeste, que se aprueba en el articulo 1º. Articulo 3º.- Del refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro de Energia y Minas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintidos dias del mes de febrero del ano dos mil seis. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministro de Economia y Finanzas GLODOMIRO MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 03363
DECRETO SUPREMO Nº 013-2006-EM

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, es politica del Estado promover el desarrollo de las actividades hidrocarburiferas, sobre la base de la libre competencia; Que, mediante el Texto Unico Ordenado de la Ley Organica de Hidrocarburos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 042-2005-EM, se regulan las actividades de hidrocarburos en el territorio nacional; Que, mediante Decreto Supremo Nº 176-92-EF, del 28 de octubre de 1992, se aprobo el Contrato de Operaciones por Hidrocarburos del Lote IV, ubicado en el Noroeste del Peru, provincia de Talara, departamento de Piura; el cual fue suscrito entre Petroleos del Peru PETROPERU S.A. y Compania Petrolera Rio MORDAZA S.A.; Que, por Decreto Supremo Nº 16-95-EM, del 19 de MORDAZA de 1995, se autorizo la Transferencia de Participaciones en el Contrato de Operaciones por Hidrocarburos del Lote IV, efectuada por Compania Petrolera Rio MORDAZA S.A. a favor de Pan American International Petroleum Corporation, Peruvian Branch; y, se adecuo el referido Contrato de Operaciones a las disposiciones de la Ley Nº 26221, bajo la forma de un Contrato de Licencia para la Explotacion de Hidrocarburos en el Lote IV, Noroeste, suscrito entre PERUPETRO S.A. y Compania Petrolera Rio MORDAZA S.A.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.