Norma Legal Oficial del día 23 de Febrero del año 2006 (23/02/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

MORDAZA, jueves 23 de febrero de 2006

NORMAS LEGALES

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CONSIDERANDO: Que, conforme al articulo 75° de la Ley Nº 28411 ­ Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, modificado por la Tercera Disposicion Final de la Ley 28652, solo se aprueban por resolucion del Titular del Pliego, la misma que debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano, entre otras, las Transferencias Financieras que realiza el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, para proyectos de inversion de saneamiento, incluyendo las que se realicen a las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento Municipales - EPS; Que, de conformidad con el literal a) del articulo 4º de la Ley Nº 27792 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Constr uccion y Saneamiento, es funcion de dicho Ministerio, entre otras, la de ejercer competencias compartidas con los gobiernos regionales y locales, en materia de urbanismo, desarrollo MORDAZA y saneamiento conforme a ley. Asimismo, de conformidad con el literal l) del articulo 8º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento aprobado por Decreto Supremo Nº 0022002-VIVIENDA, se establece como una de sus funciones generales, la de generar condiciones para el acceso a los servicios de saneamiento en niveles adecuados de calidad y sostenibilidad en su prestacion, en especial de los sectores de menores recursos economicos; Que, la OPI de la Region Amazonas declaro la viabilidad del proyecto "Mejoramiento del Sistema de Agua Potable y Construccion del Sistema de Alcantarillado del Anexo El Molino - Chachapoyas" cuyo costo asciende a la suma de S/. 470 787,00, el mismo que tiene Codigo de SNIP 9672; Que, mediante Informe Tecnico N° 004-2006-MVCS/ VMCS-DNS, la Direccion Nacional de Saneamiento ha emitido opinion favorable a la transferencia financiera a efectuarse a favor del Gobierno Regional de Amazonas, para la ejecucion del proyecto a que se refiere el considerando anterior por un monto total de S/. 250 000,00 De conformidad con lo dispuesto en el articulo 75º de la Ley Nº 28411 ­ Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, modificada por la Tercera Disposicion Final de la Ley Nº 28652; asi como en la Directiva N° 0012006-EF/76.01, Directiva para la Ejecucion del MORDAZA Presupuestario del Gobierno Nacional para el Ano Fiscal 2006 aprobada con Resolucion Directoral Nº 052-2005EF/76.01; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobar la transferencia financiera por un monto de S/. 250 000,00 (DOSCIENTOS CINCUENTA MIL y 00/100 NUEVOS SOLES) en la fuente Recursos Ordinarios a favor del Gobierno Regional de Amazonas, para la ejecucion del Proyecto "Mejoramiento del Sistema de Agua Potable y Construccion del Sistema de Alcantarillado del Anexo El Molino - Chachapoyas" Articulo 2°.- La transferencia financiera a que se refiere el articulo precedente se realizara con cargo al presupuesto aprobado del presente ano fiscal 2006 de la Unidad Ejecutora 003 Construccion y Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, Actividad 1 00060 Asistencia a las Instituciones Privadas y Publicas, en la fuente Recursos Ordinarios y con la disponibilidad autorizada en el calendario de compromisos correspondiente. Articulo 3°.- Los terminos y obligaciones de la presente transferencia financiera se encuentran previstos en el Convenio Especifico de Cofinanciamiento de Proyecto de Inversion a celebrarse entre el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, a traves del Viceministro de Construccion y Saneamiento y el Gobierno Regional de Amazonas, con intervencion de la Municipalidad Distrital de Chachapoyas. Articulo 4º.- Autorizar al Viceministro de Construccion y Saneamiento, Sr. MORDAZA MORDAZA Norber to Elespuru

Nesanovich a suscribir el Convenio a que se refiere el articulo precedente. Articulo 5°.- La Direccion Nacional de Saneamiento y el Jefe de la Unidad Ejecutora 003 Construccion y Saneamiento, seran responsables del cumplimiento de la ejecucion del Convenio referido en el articulo 3º de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. RUDECINDO MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 03271

ORGANISMOS AUTONOMOS ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES
Instauran MORDAZA administrativo a servidor
COMISION DE COORDINACION INTERUNIVERSITARIA RESOLUCION Nº 1606-2006-ANR MORDAZA, 6 de febrero de 2006 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTOS: Los Memorandos Nº 1085-2005-SE de fecha 16 de noviembre de 2005, los Informes Nº 001-2005-CPAD de fecha 9 de noviembre de 2005 y Nº 002-2005-CPAD del 23 de diciembre de 2005 y la Resolucion Nº 1252-2005ANR de fecha 3 de octubre de 2005; CONSIDERANDO: Que, de los reportes emitidos por la Unidad de Control de Asistencia, se establece que el servidor MORDAZA MORDAZA la MORDAZA Luzon no concurrio a laborar en forma reiterativa e injustificada, en el periodo de enero a diciembre 2005, acumulando un total de 79 dias no laborados, reportando inasistencias por mas de 5 dias no consecutivos en un periodo de 30 dias, asimismo tuvo mas de 15 dias no consecutivos de inasistencias en un periodo de 180 dias encontrandose incurso en los articulos 21º Inc. c), 25º, 28º Inc. k) del Decreto Legislativo Nº 276, concordante con el Art. 150º y 151º del Decreto Supremo Nº 005-90PCM, asi como los articulos 7º, 8º, 9º y 11º del Reglamento del MORDAZA Administrativo Disciplinario de la ANR, aprobado por Resolucion Nº 828-2005-ANR del 9-32005; Que, la Comision Per manente de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Asamblea Nacional de Rectores, con los Informes Nº 001-2005-CPAD del 9 de noviembre de 2005 y Nº 002-2005-CPAD del 23 de diciembre de 2005, se pronuncia por la procedencia de instauracion de MORDAZA administrativo al servidor MORDAZA MORDAZA La MORDAZA Luzon, por motivos de faltas disciplinarias previstas en los articulos arriba indicados; Que, por Memorando Nº 1085-2005-SE de fecha 16 de noviembre de 2005, el Secretario Ejecutivo de la Asamblea Nacional de Rectores dispone la elaboracion de la Resolucion de apertura de MORDAZA Administrativo al servidor MORDAZA MORDAZA la MORDAZA Luzon por motivos de faltas disciplinarias; Que, el Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, en su articulo 21º establece las obligaciones de

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