Norma Legal Oficial del día 23 de Febrero del año 2006 (23/02/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 23 de febrero de 2006

los servidores y en el articulo 28º senala las faltas de caracter disciplinario y las sanciones que corresponde, previo MORDAZA administrativo; Que, con los Informes Nº 001-2005-CPAD del 9 de noviembre de 2005 y Nº 002-2005-CPAD del 23 de diciembre de 2005, la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Asamblea Nacional de Rectores se pronuncia por la procedencia de instauracion de MORDAZA administrativo al servidor MORDAZA MORDAZA La MORDAZA Luzon, por motivos de faltas disciplinarias previstas en los articulos 21º Inc. c), 25º, 28º Inc. k) del Decreto Legislativo Nº 276, concordante con el Art. 150º y 151º del Decreto Supremo Nº 005-90PCM, asi como los articulos 7º, 8º, 9º y 11º del Reglamento del MORDAZA Administrativo Disciplinario de la ANR, aprobado por Resolucion Nº 828-2005-ANR del 9-32005; Que, conforme lo senalan los articulos 166º y 167º del Reglamento de la MORDAZA Administrativa, Decreto Supremo Nº 005-90-PCM y los articulos 150º y 151º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, asi como los articulos 7º, 8º, 9º y 11º del Reglamento del MORDAZA Administrativo Disciplinario de la ANR, aprobado por Resolucion Nº 828-2005-ANR del 9-3-2005, debe instaurarse MORDAZA administrativo disciplinario al servidor MORDAZA MORDAZA La MORDAZA Luzon; Que, con Resolucion Nº 1252-2005-ANR de fecha 3 de octubre de 2005, la Asamblea Nacional de Rectores designo a la Comision de Procesos Adminisrativos Disciplinarios en cumplimiento del articulo 32º del Decreto Legislativo Nº 276; De conformidad con la Ley Universitaria y en uso de las atribuciones conferidas al Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores en virtud del Reglamento General de la Coordinacion Interuniversitaria y del Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico y del Reglamento de la MORDAZA Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Instaurar MORDAZA Administrativo al servidor MORDAZA MORDAZA La MORDAZA Luzon, por motivo de faltas disciplinarias en aplicacion de los articulos Nºs. 166º y 167º del Reglamento de la MORDAZA Administrativa, Decreto Supremo Nº 005-90-PCM y de los articulos 21º Inc. c), 25º, 28º Inc. k) del Decreto Legislativo Nº 276, concordante con el Art. 150º y 151º del Decreto Supremo 005-90-PCM, asi como los articulos 7º, 8º, 9º y 11º del Reglamento del MORDAZA Administrativo Disciplinario de la ANR, aprobado por Resolucion Nº 828-2005-ANR del 9-3-2005. Articulo 2º.- El trabajador procesado tendra derecho a presentar su descargo respectivo en el plazo de cinco dias (5) habiles, a partir del dia siguiente de haber sido notificado con la presente resolucion, de conformidad con el articulo 167º de Decrto Supremo Nº 005-90PCM. Articulo 3º.- La Oficina de Tramite Documentario de la Secretaria General de la ANR notificara al procesado la presente resolucion, con cargo de recepcion. Articulo 4º.- Remitir la presente resolucion y los actuados a la Comision de Procesos Administrativos Disciplinarios de la ANR, a fin de que resuelve el presente MORDAZA disciplinario en el plazo de treinta dias habiles, en cumplimiento de lo establecido por ley. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rector de la Universidad MORDAZA MORDAZA y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores MORDAZA RONDINEL MORDAZA Secretaria General de la Asamblea Nacional de Rectores 03256

CONTRALORIA GENERAL
Autorizan a procurador iniciar acciones legales a presuntos responsables de delitos en agravio de la Municipalidad Distrital de La MORDAZA - Negritos
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 053-2006-CG

MORDAZA, 21 de febrero de 2006 VISTO, el Informe Especial Nº 011-2006-CG/ORPI, resultante del Examen Especial efectuado a la Municipalidad Distrital de La MORDAZA - Negritos, provincia de Talara, Region de MORDAZA, periodo del 1.ENE.2003 al 31.DIC.2003, habiendose MORDAZA dicho alcance a periodos posteriores; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al Plan Anual de Acciones de Control de la Oficina Regional de Control MORDAZA, la Contraloria General de la Republica dispuso la ejecucion de una accion de control a la Municipalidad Distrital de La MORDAZA - Negritos, provincia de Talara, Region MORDAZA, por el periodo indicado, a fin de establecer el grado de veracidad de las presuntas irregularidades denunciadas ante este Organo Superior de Control; Que, como consecuencia de la mencionada accion de control, la Comision Auditora ha determinado la existencia de irregularidades en el MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva Nº 002-2003/MDLB "Implementacion de la Fabrica Bloquetera", con un valor referencial de S/ 71 145,00, al haberse evidenciado que los encargados del MORDAZA, obviaron cursar las invitaciones para participar en el mismo, recibieron propuestas fuera del plazo establecido en las Bases, asi como se ha evidenciado que una de las propuestas ha sido falsificada; ademas se ha determinado que en el MORDAZA de ejecucion, la entidad no se pronuncio respecto a la solicitud de ampliacion de plazo presentada por la empresa, originando asi la aceptacion MORDAZA de la misma, produciendo que la entidad cancelara el total del importe pactado, sin efectuar el cobro por concepto de penalidad ascendente a S/. 3 505,00; hechos que configuran indicios razonables que hacen presumir la comision de los delitos de omision, rehusamiento o demora de actos funcionales y aprovechamiento indebido del cargo, previstos y penados en los Articulos 377º y 397º del Codigo Penal, respectivamente; Que, de acuerdo a lo establecido en el inciso d) articulo 22º de la Ley Nº 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, constituye atribucion de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Publico, en los casos en que en la ejecucion directa de una accion de control se encuentre dano economico o presuncion de ilicito penal, correspondiendo autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica el inicio de las acciones legales respectivas contra los responsables comprendidos en el Informe de Visto; y, De conformidad con el articulo 22º inciso d) de la Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, Ley Nº 27785, y el Decreto Ley Nº 17537 y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al senor Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que en nombre y representacion del Estado, inicie las acciones legales por los hechos expuestos, contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, remitiendosele para el efecto, los antecedentes correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 03213

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