Norma Legal Oficial del día 23 de Febrero del año 2006 (23/02/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 89

MORDAZA, jueves 23 de febrero de 2006

NORMAS LEGALES

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habitantes, de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo; asimismo en su inciso a) del articulo 15°, senala como atribuciones del Consejo Regional, el aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, la Direccion Regional de Agricultura de MORDAZA, ha realizado la venta de un lote de maquinaria MORDAZA de procedencia china a favor de diversos productores, por la suma de Doscientos sesenta y cuatro mil novecientos cuarenta y seis y 50/100 nuevos soles (S/ . 264,946.50) entre los meses de junio y agosto del 2005; Que, dicha maquinaria fue adquirida dentro de los alcances del Convenio Comercial celebrado entre los Gobiernos de la Republica del Peru y la Republica Popular China, aprobado por el Decreto Ley N° 25711, y pertenecia a la Direccion Regional de Agricultura de MORDAZA (y por ende al Gobierno Regional), por haber sido transferida por parte del Ministerio de Agricultura, en el MORDAZA del MORDAZA de transferencia de la maquinaria MORDAZA que se llevo a cabo mediante las siguientes normas: Decreto Supremo N° 21-94-AG, Decreto Supremo N° 48-94-AG, Decreto Supremo N° 05-95-AG, Resolucion Suprema N° 048-96-AG, Resolucion Ministerial 0685-99-AG; Que, mediante el Decreto de Urgencia N° 129-2001, se autorizo al Ministerio de Agricultura a vender directamente a los productores agrarios, bienes de uso agrario, incluyendo la maquinaria de procedencia china; Que, a traves de la Resolucion Ministerial N° 05572002-AG, se autoriza a la Oficina General de Administracion del Ministerio de Agricultura a contratar a un tercero para que culmine el inventario fisico y la tasacion de la maquinaria MORDAZA de propiedad del Ministerio ya que en un primer inventario se habian determinado faltantes, por lo que resultaba necesario inventariar y tasar la maquinaria transferida a las Direcciones Regionales de Agricultura, con el objeto de proceder a la conciliacion con los registros patrimoniales del Ministerio de Agricultura; Que, mediante Oficio N° 1502-2003-AG-SEGMA, del 13 de agosto del 2003, que hace referencia al inventario y tasacion de la maquinara china, el Ministerio de Agricultura reitera que la maquinaria MORDAZA y agroindustrial de procedencia china es de propiedad de cada Gobierno Regional, ya que entre los anos 1994 y 1997 fue transferida a los Consejos Transitorios de Administracion Regional. En este documento, se faculta ademas a los Gobiernos Regionales a realizar los actos de disposicion que correspondan a lo establecido en el Reglamento General de Procedimientos Administrativos de Bienes de propiedad Estatal, aprobado por el Decreto Supremo N° 154-2001-EF; Que, el articulo 149° del referido Reglamento define la distribucion del producto de la venta directa mobiliaria de la siguiente manera: Del precio de venta se descontaran los gastos en los que ha incurrido la entidad publica para su realizacion. Realizada esta deduccion, la distribucion sera del 97% para la entidad publica vendedora y el 3% para la Superintendencia de Bienes Nacionales; Que, sin embargo el Decreto de Urgencia N° 1292001, senala que parte de los recursos generados deben ser depositados a favor del Tesoro Publico. Cabe indicar, que en el ano de publicacion de este dispositivo, la Direccion Regional de Agricultura aun dependia presupuestalmente del Ministerio de Agricultura, adicionalmente se publico el Reglamento de este Decreto de Urgencia (D.S. Nº 002-2002-AG) y demas normas complementarias. Finalmente, con fecha 29 de MORDAZA del 2003 se promulga el Decreto Supremo N° 016-2003AG, que modifica el articulo 14° del Decreto Supremo N° 002-2002-AG, senalando que el Tesoro Publico recibira el 75% de los recursos generados por la venta de maquinaria; Que, se entiende que con la transferencia hacia la Direccion Regional de Agricultura, el Gobierno Regional

MORDAZA ha recibido la totalidad del patrimonio de esta entidad, incluyendo la maquinaria china, de acuerdo a la MORDAZA Disposicion Transitoria de la Ley de Bases de Descentralizacion que determina la transferencia y recepcion total de activos y pasivos de los antiguos Consejos Transitorios de Administracion Regional hacia los Gobiernos Regionales. El cumplimiento de los dispositivos de transferencia publicados se efectivizo con los documentos de las ordenes de salida y las Actas de Entrega y Recepcion de parte del Ministerio de Agricultura y la Direccion Regional de Agricultura de MORDAZA, respectivamente; Que, con la Resolucion Ministerial N° 0557-2002-AG, se ordena realizar un inventario fisico de la maquinaria transferida a las Direcciones Regionales de Agricultura solo para efectos de conciliar este inventario con el de la maquinaria que si es de propiedad del Ministerio de Agricultura; Que, mediante Informe N° 178-2005/GRP-410000, de fecha 03 de octubre del 2005, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, senala que la Subgerencia Regional de Presupuesto, Credito y Tributacion viene evaluando en las diferentes Unidades Ejecutoras que conforman el Pliego 457 ­ Gobierno Regional MORDAZA la captacion de los Recursos Directamente Recaudados a efectos de lograr mayores ingresos; Que, mediante Memorando N° 1921-2005/GRP410000, de fecha 18 de octubre del 2005, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, alcanza propuestas de la Direccion Regional de Produccion y de la Direccion Regional de Agricultura de MORDAZA respecto a que los recursos Directamente Recaudados por dichas Direcciones Regionales queden en nuestra region; Que, mediante Informe Nº 069-2006/GRP-460000, de fecha 25 de enero del 2006, la Oficina Regional de Asesoria Juridica del Gobierno Regional MORDAZA, sostiene que de conformidad con el Inciso 4) del Articulo 193º de la Constitucion Politica del Estado, que dispone que son bienes y rentas de los Gobiernos Regionales, los derechos economicos que generen por las privatizaciones, concesiones y servicios que otorguen conforme a Ley; es procedente a tenor de lo dispuesto en el Articulo 38° de la Ley Nº 27867 la emision de la Ordenanza Regional; Que, estando a lo acordado y aprobado por unanimidad, en Sesion Ordinaria Nº 02 de fecha 1 de febrero del 2006, el Consejo Regional del Gobierno Regional MORDAZA, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta y en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitucion Politica del Peru y la Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867 y su modificatoria Ley Nº 27902; HA DADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE:
ORDENANZA QUE APRUEBA, QUE LOS RECURSOS PROVENIENTES DE LA VENTA DE MAQUINARIAS AGRICOLAS Y AGROINDUSTRIALES DE PROPIEDAD DEL GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA A TRAVES DE LA DIRECCION REGIONAL DE AGRICULTURA DE MORDAZA, CONSTITUYEN RECURSOS DIRECTAMENTE RECAUDADOS DE LA DIRECCION REGIONAL DE AGRICULTURA DE MORDAZA

Articulo Primero.- Aprobar, que los recursos provenientes de la venta de maquinarias agricolas y agroindustriales de propiedad del Gobierno Regional de MORDAZA a traves de la Direccion Regional de Agricultura de MORDAZA, constituyen Recursos Directamente Recaudados de la Direccion Regional de Agricultura de MORDAZA, Unidad Ejecutora 100 ­ Agricultura MORDAZA, pudiendo esta Direccion utilizarlos en acondicionamiento y equipamiento de taller, repotenciacion, mantenimiento y reparacion de maquinaria MORDAZA y agroindustrial, que se puedan destinar a las actividades de la Direccion Regional de Agricultura.

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