Norma Legal Oficial del día 06 de Julio del año 2006 (06/07/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 65

El Peruano jueves 6 de MORDAZA de 2006

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NORMAS LEGALES

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calificados y utilizando materiales de la mejor calidad, previniendo de este modo la ocurrencia de accidentes a causa del riesgo que implica su utilizacion sin control; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 3990-2005-MTC/ 15, se aprobo la Directiva Nº 001-2005-MTC/15, la misma que regula el regimen de autorizacion y funcionamiento de los Talleres de Conversion a GNV, establece las condiciones para operar como tal y los requisitos documentales para solicitar una autorizacion como Taller de Conversion a GNV ante la Direccion General de Circulacion Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, del analisis del expediente presentado por VASVEDOL S.R.L. se advierte que se ha dado cumplimiento a los requisitos documentales para solicitar autorizacion como Taller de Conversion a GNV establecidos en el numeral 6.2 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15, aprobada por Resolucion Directoral Nº 3990-2005-MTC/15; en efecto, se han presentado los siguientes documentos: - Solicitud firmada por el representante legal de VASVEDOL S.R.L. - MORDAZA del Testimonio de Escritura Publica de Constitucion de Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada de fecha 25 de febrero de 1999, y de su aclaratoria de fecha 19 de marzo de 1999, otorgada por VASVEDOL S.R.L. ante Notario Publico J. MORDAZA MORDAZA Erausquin. - Certificado de vigencia de poder expedido por la Oficina Registral de MORDAZA y Callao de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos de MORDAZA y Callao, correspondiente a la Partida Nº 11088399, expedido con fecha 26 de MORDAZA de 2006, que acredita la vigencia del poder respectivo. - Certificado de Inspeccion de Taller Nº PER-311/06117-001 de fecha 24 de MORDAZA de 2006, emitido por la Entidad Certificadora de Conversiones BUREAU VERITAS DEL PERU S.A., senalando que el taller cumple con los requisitos exigidos en los numerales 6.1.2, 6.1.3 y 6.1.4 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15. - Planos de ubicacion y de distribucion del taller, detallando sus instalaciones y diversas areas que lo componen, con su respectiva memoria descriptiva. - Relacion de equipos, maquinaria y herramientas requeridas por el numeral 6.1.3 de la presente Directiva, a la que se adjunta la declaracion jurada del representante legal de la solicitante en el sentido que su representada es propietaria de los citados bienes. - Nomina del personal tecnico del Taller que incluye nombres completos y numeros de sus documentos de identidad, y MORDAZA simple de los titulos y/o certificaciones que acreditan su calificacion y experiencia en conversiones vehiculares al sistema de combustion a GNV. - MORDAZA de la MORDAZA de Inscripcion N° 1074-2005PRODUCE/VMI/DNI-DNTC, de GNV PERU SAC, ante el Registro de Productos Industriales Nacionales del Ministerio de la Produccion como proveedor de Equipos Completos ­ PEC. - MORDAZA del Contrato de fecha 5 de MORDAZA del 2006, celebrado por la solicitante con el proveedor de Equipos Completos ­ PEC autorizado GNV PERU SAC mediante el cual se garantiza el normal suministro de los kits de conversion, asi como el soporte tecnico y la capacitacion del personal. - MORDAZA del Contrato de Arrendamiento, de fecha 28 de febrero del 2006, suscrito por MORDAZA MORDAZA Alayza MORDAZA con la solicitante, mediante el cual se acredita la posesion legitima de la infraestructura requerida en el numeral 6.1.2 de la Directiva anteriormente mencionada. - MORDAZA de la Licencia de Funcionamiento vigente expedida por la Municipalidad distrital de Surquillo. - MORDAZA de la Poliza de seguro de responsabilidad civil extracontractual Nº 1136058 emitida por MORDAZA PERUANO SUIZA Compania de Seguros y Reaseguros destinada a cubrir los danos a los bienes e integridad personal de terceros generados por accidentes que pudieran ocurrir en sus instalaciones, por el monto de 200 UIT, conforme a los terminos senalados en el numeral 6.2.10 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15. De conformidad con la Ley Nº 27791, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre; Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC y la Resolucion Directoral Nº 3990-2005-MTC/15; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar por el plazo de cinco (5) anos, a contarse desde la publicacion de la presente resolucion, a

VASVEDOL S.R.L. para que opere el taller ubicado en la MORDAZA Corrientes (antes Los Angeles) Nº 185, distrito de Surquillo, provincia y departamento de MORDAZA, como Taller de Conversion a Gas Natural Vehicular (GNV), a fin de realizar las conversiones del sistema de combustion de los vehiculos a GNV. Articulo 2º.- La empresa autorizada, bajo responsabilidad, debe presentar a la Direccion General de Circulacion Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones el correspondiente "Certificado de Inspeccion del Taller" vigente emitido por alguna Entidad Certificadora de Conversiones MORDAZA del vencimiento de los plazos que a continuacion se senalan:
ACTO Primera Inspeccion anual del taller MORDAZA Inspeccion anual del taller Tercera Inspeccion anual del taller Cuarta Inspeccion anual del taller MORDAZA Inspeccion anual del taller Fecha MORDAZA de MORDAZA 24 de MORDAZA de 2007 24 de MORDAZA de 2008 24 de MORDAZA de 2009 24 de MORDAZA de 2010 24 de MORDAZA de 2011

En caso que la empresa autorizada no presente el correspondiente "Certificado de Inspeccion del Taller" vigente al vencimiento de los plazos MORDAZA indicados, se procedera conforme a lo establecido en el numeral 6.6 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 referida la caducidad de la autorizacion. Articulo 3º.- La empresa autorizada, bajo responsabilidad, debe presentar a la Direccion General de Circulacion Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la renovacion de la poliza de seguro de responsabilidad civil extracontractual contratada MORDAZA del vencimiento de los plazos que a continuacion se senalan:
ACTO Primera renovacion o contratacion de nueva poliza Tercera renovacion o contratacion de nueva poliza Cuarta renovacion o contratacion de nueva poliza MORDAZA renovacion o contratacion de nueva poliza Fecha MORDAZA de MORDAZA 10 de MORDAZA de 2007 10 de MORDAZA de 2009 10 de MORDAZA de 2010 10 de MORDAZA de 2011

MORDAZA renovacion o contratacion de nueva poliza 10 de MORDAZA de 2008

En caso que la empresa autorizada, no cumpla con presentar la renovacion o contratacion de una nueva poliza al vencimiento de los plazos MORDAZA indicados, se procedera conforme a lo establecido en el numeral 6.6 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 referida la caducidad de la autorizacion. Articulo 4º.- La presente Resolucion Directoral entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA P. ALLEMANT F. Director General Direccion General de Circulacion Terrestre 10584

Aprueban modificacion del Reglamento Interno de Operaciones del Terminal Internacional del Sur S.A. en el Puerto de Matarani
RESOLUCION DE GERENCIA GENERAL Nº 080-2006-APN/GG
Callao, 20 de junio de 2006 Vista la solicitud (Expedientes Nºs. 2006-0467 y 20060558) presentada por la EMPRESA TERMINAL INTERNACIONAL DEL SUR S.A., (TISUR S. A.), mediante la cual solicita se le apruebe la modificacion del MORDAZA Reglamento Interno de Operaciones en el Puerto del Matarani; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Ley del Sistema Portuario Nacional - Ley Nº 27943, el articulo 100º de su Reglamento

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