Norma Legal Oficial del día 10 de Julio del año 2006 (10/07/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano lunes 10 de MORDAZA de 2006

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NORMAS LEGALES

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resolucion a emitir, se podran disponer las medidas cautelares que resulten necesarias, teniendo en cuenta lo dispuesto por los articulos 146º y 236º de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444; Que, en el presente caso, existen indicios razonables de que el concesionario, Jones Forestales S.A.C., habria incurrido en las causales de caducidad del derecho de concesion e infracciones a la legislacion forestal, de conformidad con lo senalado en los considerandos decimocuarto a decimosexto de la presente Resolucion Gerencial, por lo que, resulta necesario adoptar las medidas cautelares contra el referido concesionario que aseguren la eficacia de la resolucion a emitir; Que, al respecto, el articulo 7º del Reglamento para la determinacion de infracciones, imposicion de sanciones y declaracion de caducidad del derecho de aprovechamiento en los contratos de concesion forestal con fines maderables, aprobado por Resolucion Jefatural Nº 147-2005-INRENA, establece que, cuando exista un aparente riesgo que pueda afectar la eficacia de la resolucion a emitir, se podran disponer las medidas cautelares que resulten necesarias, teniendo en cuenta lo dispuesto por los articulos 146º y 236º de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444; De conformidad con lo establecido en la Ley Forestal y de Fauna MORDAZA, Ley Nº 27308 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-2001-AG y modificatorias; con la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444; con el Reglamento de Organizacion y Funciones del INRENA, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2003-AG, modificado por el Decreto Supremo Nº 004-2005-AG; y con el Reglamento para la determinacion de infracciones, imposicion de sanciones y declaracion de caducidad del derecho de aprovechamiento en los contratos de concesion forestal con fines maderables, aprobado por Resolucion Jefatural Nº 147-2005-INRENA; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Iniciar al concesionario Jones Forestales S.A.C., con Contrato de Concesion Forestal con Fines Maderables Nº 25-PUC/C-J-063-02, el procedimiento administrativo unico, previsto en la Resolucion Jefatural Nº 147-2005-INRENA, por la presunta comision de las causales de caducidad previstas en los literales a), c) y d) del articulo 18º de la Ley Nº 27308, Ley Forestal y de Fauna MORDAZA, concordantes con las consignadas en los literales b), e) y f) del articulo 91º-A de su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 014-2001-AG y sus modificatorias, cuya comision conlleva a la declaracion de caducidad del derecho de concesion forestal con fines maderables otorgado, asi como por contravenir lo dispuesto en los literales c), i), q) y w) del articulo 363º del acotado Reglamento, correspondiendole la aplicacion de las sanciones previstas en los articulos 365º y 366º del mismo. Articulo 2º.- Otorgar al concesionario Jones Forestales S.A.C. un plazo de 5 (cinco) dias habiles, contados a partir de la fecha de notificacion, para que presente los descargos que considere pertinentes, debiendo senalar en los mismos su domicilio procesal. Articulo 3º.- Dictar la medida cautelar suspendiendo los efectos de los Planes Operativos Anuales de la primera, MORDAZA y tercera zafra, presentados por el concesionario Jones Forestales S.A.C. y aprobados mediante las Resoluciones de Intendencia Nºs. 1142003-INRENA-IFFS, 110-2005-INRENA-IFFS y 1612005-INRENA-IFFS, respectivamente, siendo la primera de ellas de fecha 24 de setiembre de 2003, y las dos ultimas del 29 de MORDAZA de 2005. Y, de ser el caso, suspendase el tramite de aprobacion del Plan Operativo Anual de la cuarta zafra. Articulo 4º.- Igualmente, suspendase los efectos de las Guias de Transporte Forestal de productos al estado natural, registradas en el INRENA para la movilizacion de los saldos de los volumenes autorizados en los Planes Operativos Anuales de la primera, MORDAZA y tercera zafra aprobados mediante las Resoluciones de Intendencia citadas en el articulo 3º de la presente Resolucion Gerencial; ordenandose al concesionario, Jones Forestales S.A.C., se abstenga de utilizar las mismas, para la movilizacion de los referidos volumenes.

Articulo 5º.- Del mismo modo, suspendase la entrega de Guias de Transporte Forestal de productos forestales transformados, por los saldos de los volumenes autorizados en los Planes Operativos Anuales de la primera, MORDAZA y tercera zafra aprobados mediante las Resoluciones de Intendencia Nºs. 114-2003INRENA-IFFS, 110-2005-INRENA-IFFS y 161-2005INRENA-IFFS MORDAZA citadas. Articulo 6º.- Encargar a la Intendencia Forestal y de Fauna MORDAZA para que a traves de las Administraciones Tecnica Forestal y de Fauna MORDAZA, ejecute lo dispuesto en la presente Resolucion Gerencial procediendo a inmovilizar los productos forestales provenientes de la referida concesion, amparados con las Guias de Transporte Forestal de productos al estado natural o de productos forestales transformados por el saldo de los volumenes autorizados mediante los documentos indicados en el Articulo 3º de la presente Resolucion Gerencial, quedando a salvo los derechos de terceros quienes podran acreditar sus derechos ante dichos organos, siempre que estos hayan sido obtenidos con anterioridad al inicio del presente procedimiento administrativo unico. Articulo 7º.- Notificar la presente Resolucion Gerencial al concesionario Jones Forestales S.A.C., asi como a la Intendencia Forestal y de Fauna MORDAZA para que MORDAZA conocimiento de la misma y adopte las medidas necesarias. Articulo 8º.- La documentacion dirigida a OSINFOR debera ser presentada ante la Administracion Tecnica Forestal y de Fauna MORDAZA de Pucallpa, quien actuara como Mesa de Partes, en el presente procedimiento administrativo unico. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gerente (e) de la Oficina de Supervision de las Concesiones Forestales Maderables OSINFOR 11920

EDUCACION
Aprueban Directiva sobre Normas para la Organizacion y Aplicacion del Plan Lector en las Instituciones Educativas de Educacion Basica Regular
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0386-2006-ED MORDAZA, 4 de MORDAZA de 2006 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 28044, Ley General de Educacion, define al Ministerio de Educacion como un organo del Gobierno Nacional, que dentro de sus funciones comprende la formulacion de normas que regulan las actividades de educacion, cultura, deporte y recreacion; Que, el Ministerio de Educacion ha emprendido, dentro del MORDAZA de los objetivos del programa de Emergencia Educativa, la ejecucion de acciones orientadas al desarrollo de las capacidades comunicativas como ejes transversales a todas las areas del curriculo y como aprendizaje clave para acceder a multiples saberes en otros campos; Que, dentro del citado contexto la Direccion Nacional de Educacion Basica Regular MORDAZA la gestion pedagogica en las instituciones educativas y programas de Educacion Inicial, Primaria y Secundaria en coordinacion con las instancias de Gestion Educativa Descentralizada; Que, el PLAN LECTOR es la estrategia pedagogica basica para promover, organizar y orientar la practica de la lectura en los estudiantes de Educacion Basica Regular. Consistente en las seleccion de 12 titulos que estudiantes y profesores deben leer durante el ano, a razon de uno por mes;

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