Norma Legal Oficial del día 16 de Julio del año 2006 (16/07/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA 16 de MORDAZA de 2006

de MORDAZA de MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, dejandose sin efecto la credencial otorgada. Articulo Tercero.- Convocar a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA De Camogliano, candidata no proclamada del Partido Democratico Somos Peru para que asuma el cargo de Regidora en el Concejo Distrital de MORDAZA de MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, para completar el periodo de gobierno municipal 2003-2006, debiendose otorgar la respectiva credencial. Registrese, comuniquese y publiquese.

Opinan favorablemente sobre emision de Bonos Hipotecarios del Banco Interamericano de Finanzas
RESOLUCION SBS Nº 900-2006
EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTA:

SS. PENARANDA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA URDANIVIA FALCONI MORDAZA Secretario General 00076-6

La solicitud presentada por el Banco Interamericano de Finanzas, para que esta Superintendencia opine favorablemente respecto de la emision de Bonos Hipotecarios a traves de un programa de emision denominado "Bonos Hipotecarios del Banco Interamericano de Finanzas - MORDAZA Emision", hasta por la suma de US$ 20 000 000,00 (Veinte millones y 00/100 dolares americanos); y, CONSIDERANDO:

SBS
Autorizan a la MORDAZA Rural de Ahorro y Credito Los Libertadores de MORDAZA S.A.A. el traslado de agencia ubicada en la provincia de Huanta, departamento de MORDAZA
RESOLUCION SBS Nº 865-2006
MORDAZA, 4 de MORDAZA de 2006 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA Y MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por la MORDAZA Rural de Ahorro y Credito Los Libertadores de MORDAZA S.A.A., para que se le autorice, en via de regularizacion, el traslado de la Agencia Huanta del MORDAZA MORDAZA Regal Nº 203 del distrito y provincia de Huanta, departamento de MORDAZA al MORDAZA MORDAZA Pena Nº 176 del distrito y provincia de Huanta, departamento de Ayacucho; y, CONSIDERANDO: Que, en Sesion de Directorio de fecha 1 de septiembre de 2005, la MORDAZA Rural de Ahorro y Credito Los Libertadores de MORDAZA S.A.A. aprobo regularizar la solicitud de autorizacion del traslado de su agencia Huanta ubicada en el MORDAZA MORDAZA Regal Nº 203 del distrito y provincia de Huanta, departamento de MORDAZA al MORDAZA MORDAZA Pena Nº 176 del distrito y provincia de Huanta, departamento de Ayacucho; Que, la referida empresa ha cumplido con presentar la documentacion pertinente que justifica el traslado solicitado; Estando a lo opinado por el Departamento de Evaluacion Microfinanciera "A", mediante Informe Nº 0822006-DEM "A"; y, De conformidad con lo dispuesto por el articulo 32º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, la Circular Nº CR-203-2005, y en virtud de las facultades delegadas por Resolucion SBS Nº 1096-2005 del 25 de MORDAZA de 2005; RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar, en via de regularizacion, a la MORDAZA Rural de Ahorro y Credito Los Libertadores de MORDAZA S.A.A. el traslado de su agencia Huanta ubicada en el MORDAZA MORDAZA Regal Nº 203 del distrito y provincia de Huanta, departamento de MORDAZA al MORDAZA MORDAZA Pena Nº 176 del distrito y provincia de Huanta, departamento de Ayacucho. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Adjunto de Banca y Microfinanzas 00085-1

Que, la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, en adelante Ley General, en su articulo 221º, numeral 14, faculta a las empresas a emitir y colocar bonos en moneda nacional o extranjera; Que, el articulo 232º de la Ley General establece que en la emision de instrumentos financieros, que tengan la condicion de valores mobiliarios y se emitan por oferta publica, la CONASEV procedera a inscribirlos en el Registro Publico del MORDAZA de Valores, previa opinion favorable expedida por Resolucion de esta Superintendencia y de la documentacion precisada en el articulo 18º de la Ley del MORDAZA de Valores; Que, en Junta General de Accionistas celebrada el 5 de MORDAZA de 2006 se aprobo la MORDAZA Emision de Bonos Hipotecarios del Banco Interamericano de Finanzas, hasta por la suma de US$ 20 000 000,00 (Veinte millones y 00/100 dolares americanos), delegando en el Directorio o en la Gerencia General la facultad de definir, complementar, modificar y/o ampliar las condiciones y caracteristicas de la referida emision; Que, el Gerente General del Banco Interamericano de Finanzas, mediante comunicacion de fecha 8 de MORDAZA de 2006, solicito a esta Superintendencia la opinion favorable para realizar la MORDAZA Emision de Bonos Hipotecarios del Banco Interamericano de Finanzas hasta por la suma de US$ 20 000 000,00 ( Ve i n t e m i l l o n e s y 0 0 / 1 0 0 d o l a r e s a m e r i c a n o s ) , remitiendo la certificacion de los acuerdos de la Junta General de Accionistas y el estudio tecnico economico que sustenta la viabilidad de la emision; Que, a efectos de mantener niveles adecuados de solvencia en el Banco es conveniente establecer limites prudenciales de apalancamiento, teniendo el cuenta que la palanca global del Banco Interamericano de Finanzas al 31 de MORDAZA de 2005 alcanzo las 9,15 veces, pudiendo incrementarse este nivel de apalancamiento con la aplicacion de los recursos obtenidos mediante la colocacion de los bonos hipotecarios; Que, toda vez que el Banco Interamericano de Finanzas garantizara las emisiones de bonos hipotecarios manteniendo niveles de cobertura de la primera y MORDAZA emision con cartera de credito hipotecaria normal, de 1,1 veces y 1,25 veces, respectivamente, es necesario establecer restricciones a las ventas de cartera hipotecaria cuando por efecto de las mismas no se pueda cumplir con los niveles de cobertura senalados; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluacion Bancaria "C" mediante Informe Nº 087-2006DEB "C"; por el Departamento Legal mediante Informe Nº 420-2006-LEG; por el Departamento de Analisis del Sistema Financiero mediante Informe Nº 028-2006-ASF; por el Departamento de Evaluacion de Riesgos de MORDAZA, Liquidez e Inversiones mediante Informe Nº 044-2006DERMLI; y a lo opinado por la Superintendencia Adjunta de Asesoria Juridica y la Superintendencia Adjunta de Banca y Microfinanzas; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702;

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