Norma Legal Oficial del día 22 de Julio del año 2006 (22/07/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 52

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NORMAS LEGALES

El Peruano sabado 22 de MORDAZA de 2006

y Locales del ano 2004, en el MORDAZA de lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 038-2004-PCM y en la MORDAZA Disposicion Transitoria de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion. Articulo 2º.- Valorizacion de Equipo Mecanico a Transferir a los Gobiernos Regionales La transferencia a que se refiere el articulo precedente se realiza al valor neto ajustado que figura contablemente en el patrimonio del Ministerio de Transpor tes y Comunicaciones, conforme se detalla en el Anexo. Articulo 3º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veinte dias del mes de MORDAZA del ano dos mil seis. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 00354-21

Aprueban Contrato de Concesion para el Diseno, Construccion, Financiamiento, Conservacion y Explotacion del MORDAZA Terminal de Contenedores en el Terminal Portuario del Callao - MORDAZA Sur
DECRETO SUPREMO Nº 025-2006-MTC EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, la Ley del Sistema Portuario Nacional, Ley Nº 27943, establece que corresponde a la Autoridad Portuaria Nacional el fomento de la participacion del sector privado, preferentemente a traves de la inversion en el desarrollo de la infraestructura y equipamiento portuarios, para lo cual cuenta con el apoyo de la Agencia de Promocion de la Inversion Privada - PROINVERSION; Que, en este contexto, el Reglamento de la Ley del Sistema Portuario Nacional, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2004-MTC dispone que corresponde a la Autoridad Portuaria Nacional la conduccion de los procesos de promocion de la inversion privada en la infraestructura y equipamientos portuarios nacionales, debiendo, para efectos de su ejecucion, celebrar convenios de cooperacion con PROINVERSION; Que, el Plan Nacional de Desarrollo Por tuario, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2005-MTC, dispone que la Autor idad Por tuaria Nacional y PROINVERSION, de conformidad con el Convenio MORDAZA de Cooperacion que celebren, llevaran a cabo los procesos de promocion de la inversion privada en puertos; Que, con fecha 10 de marzo de 2005 se suscribio un Convenio MORDAZA de Cooperacion entre la Autoridad Portuaria Nacional y PROINVERSION, en virtud del cual se encargo a esta MORDAZA el desarrollo y ejecucion de los procesos de promocion de la inversion privada en infraestructura e instalaciones portuarias de titularidad publica, los que se llevaran a cabo de acuerdo con los planes de promocion, previamente aprobados por la Autoridad Portuaria Nacional a propuesta de PROINVERSION, conforme a los lineamientos del Plan Nacional de Desarrollo Portuario; Que, mediante Acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSION de fecha 30 de junio de 2005, se acepto tomar a cargo la Promocion de la Inversion Privada en la infraestructura e instalaciones portuarias de titularidad publica nacional, dentro de los alcances de la Ley del

Sistema Portuario Nacional y el Decreto de Urgencia Nº 054-2001 y bajo los mecanismos y procedimientos del Decreto Supremo Nº 059-96-PCM y el Decreto Legislativo Nº 674, sus normas reglamentarias y complementarias, encargandose el desarrollo y ejecucion del MORDAZA de promocion de la inversion privada de infraestructura portuaria de titularidad publica al Comite de PROINVERSION en Proyectos de Infraestructura y de Servicios Publicos; Que, con fecha 29 de septiembre de 2005, la Autoridad Portuaria Nacional aprobo el Plan de Promocion del MORDAZA Terminal de Contenedores en el Terminal Portuario del Callao - MORDAZA Sur; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 136-2005EF, publicada el 20 de octubre de 2005, se ratifico el acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSION por el que se aprobo el Plan de Promocion del MORDAZA Terminal de Contenedores en el Terminal Portuario del Callao MORDAZA Sur; Que, mediante Acuerdo de fecha 26 de octubre de 2005, el Directorio de la Autoridad Portuaria Nacional aprobo las Bases del Concurso de Proyectos Integrales para la Concesion del MORDAZA Terminal de Contenedores del Terminal Portuario del Callao - MORDAZA Sur; Que, por Acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSION de fecha 3 de noviembre de 2005, se aprobaron las Bases del Concurso de Proyectos Integrales para la Concesion del MORDAZA Terminal de Contenedores del Terminal Portuario del Callao - MORDAZA Sur; Que, mediante Acuerdo del Directorio de la Autoridad Portuaria Nacional de fecha 29 de MORDAZA de 2006, se aprobo el Contrato de Concesion a ser suscrito entre el Estado de la Republica del Peru representado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, quien a su vez actua a traves de la Autoridad Portuaria Nacional, y la empresa concesionaria; Que, con Acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSION de fecha 30 de MORDAZA de 2006, se aprobo el Contrato de Concesion a ser suscrito entre el Estado de la Republica del Peru representado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, quien a su vez actua a traves de la Autoridad Portuaria Nacional, y la empresa concesionaria; Que, con fecha 19 de junio de 2006, el Comite de PROINVERSION en Proyectos de Infraestructura y de Servicios Publicos adjudico la Buena Pro del Concurso de Proyectos Integrales para la Concesion del MORDAZA Terminal de Contenedores del Terminal Portuario del Callao - MORDAZA Sur, al Consorcio Terminal Internacional de Contenedores del Callao integrado por P&O Dover (HOLDINGS) Limited de Inglaterra y Uniport S.A. de Peru, las que han constituido la empresa concesionaria DP World Callao S.A.; Que, el articulo 10º de la Ley Nº 27943, precisa que de conformidad con el Plan Nacional de Desarrollo Portuario, y con arreglo a los procesos y procedimientos establecidos por la Ley aplicable a los bienes del Estado y el fomento de la inversion privada, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones por Decreto Supremo, y en relacion con las competencias que dicha Ley otorga a las autoridades portuarias nacionales y regionales, podra otorgar temporalmente la administracion de una infraestructura al sector privado mediante cualquier modalidad o instrumento contractual reconocido en la referida Ley; Que, conforme a lo dispuesto por el articulo 48º del Reglamento de la Ley Nº 27943, la Autoridad Portuaria Nacional es la entidad competente para celebrar los contratos senalados en los articulos 10º y 11º de dicha Ley, en puertos y/o terminales portuarios de ambito nacional; contratos que de acuerdo con lo establecido en el articulo 12º de la Ley Nº 27943 y el articulo 48º de su Reglamento, seran publicados en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina web de la Autoridad Portuaria competente quince (15) dias habiles MORDAZA de su suscripcion por parte de la Autoridad Portuaria correspondiente; Que, se ha cumplido con publicar en el Diario Oficial El Peruano, el dia 30 de junio de 2006, y en la pagina web de la Autoridad Portuaria Nacional, desde el dia 21 de junio de 2006, la version final del Contrato de Concesion para el Diseno, Construccion, Financiamiento, Conservacion y Explotacion del MORDAZA Terminal de Contenedores ubicado adyacente al rompeolas sur del Terminal Portuario del Callao - MORDAZA Sur, a suscribirse entre el Estado de la Republica del Peru, representado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, quien

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