Norma Legal Oficial del día 22 de Julio del año 2006 (22/07/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 68

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LICA DEL P E

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324640

NORMAS LEGALES

El Peruano sabado 22 de MORDAZA de 2006

Descripcion Basica de la Obra materia de Exoneracion, segun Informe Nº 024 -2006/VIVIENDA/ VMCS-DNS/UTF: - Perforacion de MORDAZA hasta una profundidad de 80 mt, o 21", equipamiento con electrobomba sumergible de 20 HP, Q=9.62 lps y HDT=82.40 mt, equipo de cloracion, Caseta de Bombeo. - Reservorio Elevado de 150 m3 - Redes de Agua Potable con tuberias PVC - UF ISO - 4422 Clase 7.5 en una longitud acumulada de 3,796.70 ml. en diametros 90 mm., 110 mm., 160 mm. - 437 conexiones Domiciliarias de Agua Potable. - Redes de Alcantarillado con tuberias PVC UF ISO - 4435 - S25 en una longitud acumulada de 3,638.70 ml con diametro de 200 mm., construccion de 66 buzones - Emisor de desagues con tuberia PVC UF ISO-4435 - S25 diametro 200 mm. en una longitud de 607.00 ml. y construccion de 6 buzones de concreto. - 437 Conexiones Domiciliarias de alcantarillado. - MORDAZA de Estabilizacion considerando ejecutar 1 MORDAZA Primaria y 1 MORDAZA secundaria, incluye cerco perimetrico. - Sistema de Utilizacion Electrica de 10 KV. Incluye postes de CAC, conductores de aluminio y cobre, sistema de medicion, subestacion aerea con transformador trifasico de 75 KVA y tablero de distribucion. Costo Referencial de la obra S/. 2'875,127.67 y su cadena funcional programatica es: 0116 003 14. 047. 0127 2.21522 2.02823 00005 6.5.11.50 Plazo de la ejecucion de la obra es de 120 dias calendarios. Costo Referencial de la contratacion de la firma Supervisora S/. 175,313.00 y su cadena funcional programatica es: 0118 003 14. 047. 0127 2.21522 2.02823 00007 6.5.11.33 Los costos de obra y supervision seran financiados con los recursos provenientes del FONAVI en liquidacion y del Fondo Ley Nº 27677. Articulo 2º.- Encargar a la Direccion Nacional de Saneamiento, a traves de la Unidad Tecnica FONAVI, creada por el Decreto Supremo Nº 025-2005-VIVIENDA, realizar las acciones conducentes para el cumplimiento de la presente Resolucion. Articulo 3º.- Remitase lo actuado al Organo de Control Institucional con el fin de que, de ser pertinente, determine las responsabilidades a que hubiere lugar. Articulo 4º.- Encarguese a la Secretaria General de VIVIENDA, la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en el SEACE; asi como su remision e informes que la sustentan al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y a la Contraloria General de la Republica, dentro de los diez (10) dias siguientes a la fecha de su expedicion. Registrese, comuniquese y publiquese. RUDECINDO MORDAZA CARREAZO Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 00290-3

Municipalidad Distrital de Ocalli, provincia de Luya, departamento de Amazonas; y el Informe -Tecnico Legal Nº 010-2006/VIVIENDA-OGA-CGP, de fecha 3 de MORDAZA de 2006, del Comite de Gestion Patrimonial; CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, es un organismo publico integrante del Poder Ejecutivo, que tiene como mision mejorar las condiciones de MORDAZA de la poblacion facilitando su acceso a una vivienda adecuada y a los servicios basicos, proporcionando el ordenamiento, crecimiento, conservacion, mantenimiento y proteccion de los centros de poblacion y sus areas de influencia, fomentando la participacion de las organizaciones de la sociedad civil y la iniciativa e inversion privada; Que, con Resolucion Directoral Nº 061-2006/ VIVIENDA-OGA, de fecha 26 de junio de 2006, el Director General de la Oficina General de Administracion, aprueba la baja del vehiculo identificado con placa de rodaje Nº PGN 110, de propiedad del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, por causal de "mantenimiento o reparacion onerosa"; Que, mediante el Oficio del Visto, la Municipalidad Distrital de Ocalli, provincia de Luya, departamento de Amazonas, solicita al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, la donacion de un vehiculo, a efectos de brindar seguridad ciudadana en dicha MORDAZA, en concordancia con las funciones senaladas en la Ley Nº 27972 "Ley Organica de Municipalidades"; Que, el Comite de Gestion Patrimonial a traves del Informe -Tecnico Legal Nº 010-2006/VIVIENDA-OGACGP, indica que la solicitud de donacion presentada por la Municipalidad Distrital de Ocalli, cumple con los requisitos establecidos en el numeral 2.2.1 de la Directiva Nº 009-2002/SBN, "Procedimiento para la Donacion de Bienes Muebles Dados de Baja por las Entidades Publicas y para la Aceptacion de la Donacion de Bienes Muebles a Favor del Estado", aprobada por Resolucion Nº 031-2002-SBN, manifestando ademas, que el vehiculo materia de donacion no es un bien cuya naturaleza pueda ser util para el sistema educativo, motivo por el cual no se encuentra en el ambito de la Ley Nº 27995 "Ley que Establece Procedimientos para Asignar Bienes Dados de Baja por las Instituciones Publicas, a Favor de los Centros Educativos de las Regiones de Extrema Pobreza", en consecuencia dicho Comite, opina por la procedencia de la donacion del vehiculo dado de baja mediante Resolucion Directoral Nº 061-2006/VIVIENDAOGA; Que, atendiendo a lo expuesto en los considerandos precedentes, resulta procedente aprobar la transferencia bajo la modalidad de donacion del vehiculo que se detalla en el Anexo adjunto, a favor de la Municipalidad Distrital de Ocalli, ubicada en la provincia de Luya, departamento de Amazonas, con la finalidad de coadyuvar a que el gobierno local en mencion, dote de herramientas destinadas a la seguridad ciudadana en el MORDAZA de la politica de desarrollo sostenible que el Estado propicia; Que, de acuerdo a lo previsto en el numeral 2.1.1 de la Directiva Nº 009-2002/SBN, la donacion de bienes muebles dados de baja de una entidad publica a favor de otra entidad publica, debe aprobarse mediante Resolucion Ministerial del titular de la entidad publica donante; Con el visado de la Oficina General de Administracion y de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, De conformidad con la Ley Nº 27444, el Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, modificado por Decreto Supremo Nº 107-2003-EF y Decreto Supremo Nº 0422006-EF, y la Resolucion Nº 031-2002-SBN; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la transferencia en la modalidad de donacion del vehiculo descrito en el Anexo adjunto que forma parte integrante de la presente Resolucion, con valor actualizado al 31 de MORDAZA de 2006, ascendente a S/. 53 857.16 (Cincuenta y Tres Mil Ochocientos Cincuenta y Siete con 16/100 Nuevos Soles) y cuya depreciacion a la misma fecha es de S/. 53 856.16 (Cincuenta y Tres Mil Ochocientos Cincuenta y Seis

Aprueban donacion de vehiculo a favor de la Municipalidad Distrital de Ocalli
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 198-2006-VIVIENDA MORDAZA, 20 de MORDAZA de 2006 Visto; el Oficio Nº 075- 2006/MDO/LUY/AMAZONAS, de fecha 20 de marzo de 2006, emitido por la

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