Norma Legal Oficial del día 22 de Julio del año 2006 (22/07/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 69

El Peruano sabado 22 de MORDAZA de 2006

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NORMAS LEGALES

324641

con 16/100 Nuevos Soles) a favor de la Municipalidad Distrital de Ocalli, provincia de Luya, departamento de Amazonas. Articulo 2º.- La presente Resolucion otorga merito suficiente para que el donatario, de acuerdo a las normas vigentes en la materia, efectue la inscripcion de la transferencia de propiedad del vehiculo otorgado en donacion en el registro correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos. Articulo 3º.- Transcribir la presente Resolucion Ministerial a la Superintendencia de Bienes Nacionales y a la Contraloria General de la Republica dentro de los terminos establecidos por Ley. Registrese, comuniquese y publiquese. RUDECINDO MORDAZA CARREAZO Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 00290-4

Ejecucion del MORDAZA Presupuestario del Gobierno Nacional para el Ano Fiscal 2006 aprobada con Resolucion Directoral Nº 052-2005-EF/76.01; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la transferencia financiera por un monto de S/. 667 648,00 (SEISCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y OCHO y 00/ 100 NUEVOS SOLES) en la fuente Recursos Ordinarios a favor de la Municipalidad Distrital de Camporredondo para la ejecucion del Proyecto "Rehabilitacion, Mejoramiento, Ampliacion del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado de la localidad de Camporredondo-LuyaAmazonas, Distrito de Camporredondo-LuyaAmazonas". Articulo 2º.- La transferencia financiera a que se refiere el articulo precedente se realizara con cargo al presupuesto aprobado del presente ano fiscal 2006 de la Unidad Ejecutora 003 Construccion y Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, Actividad 1 00060 Asistencia a las Instituciones Privadas y Publicas, en la fuente Recursos Ordinarios y con la disponibilidad autorizada en el calendario de compromisos correspondiente. Articulo 3º.- Los terminos y obligaciones de la presente transferencia financiera se encuentran previstos en el Convenio Especifico de financiamiento de Proyecto de Inversion a celebrarse entre el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, a traves del Viceministro de Construccion y Saneamiento y la Municipalidad Distrital de Camporredondo. Articulo 4º.- Autorizar al Viceministro de Construccion y Saneamiento, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Elespuru Nesanovich a suscribir el Convenio a que se refiere el articulo precedente. Articulo 5º.- La Direccion Nacional de Saneamiento y el Jefe de la Unidad Ejecutora 003 Construccion y Saneamiento, seran responsables del cumplimiento de la ejecucion del Convenio referido en el articulo 3º de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. RUDECINDO MORDAZA CARREAZO Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 00302-3

Aprueban transferencia financiera a favor de la Municipalidad Distrital de Camporredondo, para la ejecucion de proyecto de agua potable y alcantarillado
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 201-2006-VIVIENDA MORDAZA, 20 de MORDAZA de 2006 CONSIDERANDO: Que, conforme al articulo 75º de la Ley Nº 28411 Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, modificado por la Ley Nº 28652, solo se aprueban por resolucion del Titular del Pliego, la misma que debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano , entre otras, las Transferencias Financieras que realiza el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, para proyectos de inversion de saneamiento, incluyendo las que se realicen a las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento Municipales-EPS; Que, de conformidad con el literal a) del articulo 4º de la Ley Nº 27792 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, es funcion de dicho Ministerio, entre otras, la de ejercer competencias compartidas con los gobiernos regionales y locales, en materia de urbanismo, desarrollo MORDAZA y saneamiento conforme a ley. Asimismo, de conformidad con el literal l) del articulo 8º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento aprobado por Decreto Supremo Nº 0022002-VIVIENDA, se establece como una de sus funciones generales, la de generar condiciones para el acceso a los servicios de saneamiento en niveles adecuados de calidad y sostenibilidad en su prestacion, en especial de los sectores de menores recursos economicos; Que, la OPI de la Municipalidad Distrital de Camporredondo declaro la viabilidad del proyecto "Rehabilitacion, Mejoramiento, Ampliacion del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado de la localidad de Camporredondo-Luya-Amazonas, Distrito de Camporredondo-Luya-Amazonas", con Codigo SNIP 32595, siendo el monto total de la inversion establecido en la Ficha SNIP del referido proyecto, la suma de S/. 1 275 265,00; Que, mediante Informe Tecnico Nº 032-2006-MVCS/ VMCS-DNS, la Direccion Nacional de Saneamiento ha emitido opinion favorable a la transferencia financiera a efectuarse a favor de la Municipalidad Distrital de Camporredondo, para la ejecucion del proyecto a que se refiere el considerando que antecede por un monto total de S/. 667 648,00; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 75º de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, modificada por la Ley nº 28652; asi como en la Directiva Nº 001-2006-EF/76.01, Directiva para la

PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Crean Juzgados de Paz en los Centros Poblados San MORDAZA de Llumchi y MORDAZA MORDAZA I
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 090-2006-CE-PJ MORDAZA, 20 de junio del 2006 VISTOS: El Oficio Nº 1806-2005-P-CSJHU/PJ, cursado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Huancavelica y el Informe Nº 002-2006-SEP-GP-GGPJ, remitido por la Gerencia General del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO: Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Huancavelica, remite a este Organo de Gobierno propuesta de creacion de un Juzgado de Paz en el Centro Poblado San MORDAZA de Llumchi, distrito de Lircay, provincia de Angaraes, departamento y Distrito Judicial

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