Norma Legal Oficial del día 26 de Julio del año 2006 (26/07/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 120

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NORMAS LEGALES

El Peruano miercoles 26 de MORDAZA de 2006

ante el Consejo de Coordinacion Local son elegidos democraticamente por todos los representantes de las organizaciones del distrito de San MORDAZA debidamente inscritos en el correspondiente Libro de Registro de Organizaciones del distrito y que figuren en el Padron Electoral Definitivo. Articulo 5º: Secretaria General.La Secretaria General, actuara como Secretaria Tecnica del Consejo de Coordinacion Local, siendo responsable de la organizacion y funcionamiento del citado Consejo. Articulo 6º: Instalacion y funcionamiento.Para la instalacion y funcionamiento del Consejo de Coordinacion Local es necesaria la asistencia de la mitad mas uno de sus miembros. En caso de no existir quorum reglamentario, se realizara una MORDAZA convocatoria en los siguientes treinta minutos, iniciandose la Sesion con los integrantes que estuvieren presentes. La ausencia de acuerdos por consenso no impide al Concejo Municipal Distrital decidir lo pertinente. Articulo 7º: Convocatoria a Sesiones.Las convocatorias a Sesiones Ordinarias seran notificadas a los miembros del Consejo de Coordinacion Local con una anticipacion no menor de cinco (05) dias habiles, por cualquier medio de comunicacion que se considere idoneo, siempre que cuente con cargo o MORDAZA de recepcion. En el caso de Sesiones Extraordinarias, la convocatoria se notificara con una anticipacion no menor de tres (03) dias habiles. Articulo 8º: Sesiones.El Consejo de Coordinacion Local se reune ordinariamente dos veces al ano y en forma extraordinaria cuando lo convoque el Presidente del Consejo de Coordinacion Local. En Sesion Ordinaria, el Consejo de Coordinacion Local se reune para coordinar, concertar y proponer el Plan de Desarrollo Municipal Distrital Concertado y el Presupuesto Participativo Distrital. El desarrollo de las sesiones sera dirigida por el MORDAZA, siendo aplicable, en ausencia de normas especificas, el Reglamento Interno de Concejo Municipal. TITULO III REGISTRO E INSCRIPCION DE LAS ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL CAPITULO I REGISTRO DE LAS ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL Articulo 9º: Apertura del Libro de Registro de Organizaciones del distrito de San isidro.Crease el Libro de Registro de Organizaciones del distrito de San MORDAZA, el cual cumplira los fines establecidos en el articulo 4º del presente Reglamento. La Municipalidad Distrital de San MORDAZA, a traves de la Gerencia de Comunicaciones y Participacion Vecinal, abrira un Libro de Registro para las Organizaciones del distrito de San Isidro. Para tal efecto las organizaciones del distrito deberan proceder a inscribirse en el Registro creado, a partir del dia siguiente de publicada la presente Ordenanza y en concordancia con lo dispuesto en el cronograma electoral. Asimismo, las organizaciones que se hayan inscrito ante la Municipalidad durante la vigencia de la Ordenanza Nº 082-MSI, deberan volver a inscribirse cumpliendo con los requisitos de la presente MORDAZA, todo ello a fin de tener una informacion mas completa y actualizada de sobre las mismas.

Articulo 10º: Naturaleza del Libro de Registro de Organizaciones del distrito de San Isidro.El Libro de Registro de Organizaciones del distrito de San MORDAZA es un instrumento publico que acredita la representacion de la organizacion debidamente inscrita en el mismo. Sera responsabilidad de la Organizacion inscrita, mantener actualizada la informacion del Libro de Registro, en par ticular, mediante aquella documentacion que acredite la representacion actualizada de sus integrantes. Articulo 11º: Clasificacion de las Organizaciones del distrito de San Isidro.Para efecto de la inscripcion en el Libro de Registro, las Organizaciones del distrito de San MORDAZA se clasificaran en los siguientes segmentos: Organizaciones Sociales de Base. Asociaciones Organizaciones de productores Gremios empresariales Juntas Vecinales Otras formas de organizacion a nivel distrital.

Asimismo, dichas organizaciones deberan acreditar personeria juridica vigente, y un minimo de tres anos de actividad institucional efectiva y comprobada, salvo en el caso de las Juntas Vecinales, que mantienen sus propios periodos de vigencia. CAPITULO II PROCEDIMIENTO DE INSCRIPCION Articulo 12º: Requisitos para solicitar inscripcion.Para inscribirse en el Libro de Registro de Organizaciones del distrito de San MORDAZA, se requiere presentar: - Formato de Solicitud equivalente a Declaracion Jurada, otorgado por la Gerencia de Comunicaciones y Participacion Vecinal. - MORDAZA de documento de identidad del representante de la Organizacion distrital. - MORDAZA del documento publico o acta fedateada que acredite el nombramiento del representante Legal vigente de la Organizacion Distrital, salvo en el caso de Juntas Vecinales. - MORDAZA fedateada de documento que acredite la constitucion (estatutos) y poderes inscritos en la Oficina Registral de MORDAZA, de ser el caso. - Copias fedateadas de documentos que acrediten un minimo de tres anos de actividad institucional en el distrito. - MORDAZA del padron de asociados o miembros representados vigente, de ser aplicable. - En el caso de las Juntas Vecinales, el computo minimo de actividad institucional sera establecido a partir del nombramiento de la eleccion del Comite de Delegados Vecinales. Articulo 13º: Procedimiento.La solicitud de inscripcion, con todos los requisitos solicitados, se presentara ante la Subgerencia de Participacion Vecinal para su evaluacion en las fechas indicadas en el cronograma electoral. En caso la solicitud presentada no cumpla con adjuntar todos los requisitos, la Subgerencia de Participacion Vecinal debera comunicarlo al representante de la Organizacion distrital en un plazo MORDAZA de siete (07) dias habiles de haber recibido la referida documentacion, otorgandole un plazo de 48 horas para su subsanacion contado desde la recepcion de la comunicacion acotada. De no subsanarse en el tiempo indicado o subsanarse de manera incompleta, la solicitud de inscripcion sera declarada desaprobada. El procedimiento de inscripcion es de evaluacion previa sujeto al silencio administrativo negativo transcurrido el plazo MORDAZA indicado.

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