Norma Legal Oficial del día 26 de Julio del año 2006 (26/07/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 124

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LICA DEL P E

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325132

NORMAS LEGALES

El Peruano miercoles 26 de MORDAZA de 2006

Articulo Segundo.- Encargar a la Gerencia Municipal el cumplimiento del presente Acuerdo y a la Secretaria General del Concejo su publicacion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA SALMON MORDAZA MORDAZA 00395-2

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES
Instauran MORDAZA administrativo disciplinario a funcionarios y ex funcionarios de la Municipalidad
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 000200 San MORDAZA de Miraflores, 6 de MORDAZA del 2006 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES VISTO: El Informe del Examen Especial Nº 001-2006-2-2182 "Examen Especial a la Subgerencia de Abastecimiento" del Organo de Control Institucional y el Informe Nº 0082006-MDSJM/CEPAD del 15 de junio de 2006 de la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios "CEPAD"; y, CONSIDERANDO: Que, la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios "CEPAD", en atencion a lo dispuesto en la Recomendacion Nº 1 del "Examen Especial a la Subgerencia de Abastecimiento" periodo: 02.JUL.02 al 16.JUL.02 y 02.ENE.03 al 31.DIC.04, ha cumplido con realizar el estudio y analisis sobre la supuesta comision de faltas disciplinarias, senaladas en las cuatro (4) Observaciones en que habrian incurrido algunos Funcionarios y ex Funcionarios de esta Municipalidad, conforme se detalla a continuacion: Observacion Nº 01, La Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Miraflores no considero las garantias de fiel cumplimiento en las bases de procesos de seleccion por exoneracion, suscribiendo posteriormente tres (3) contratos derivados de dichos procesos los mismos que no contenian como clausula, la garantia MORDAZA citada, lo que represento un riesgo para la Municipalidad al no contarse con el mecanismo efectivo que permitiera hacer cumplir los contratos ante un posible incumplimiento por parte de los contratistas, lo que significo, ademas una transgresion a la normatividad sobre contrataciones y adquisiciones. Dichos contratos fueron: Contrato derivado del MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia ­AMC por exoneracion de Concurso Publico Nº 005-2004-CE/ MDSJM, Item II "Servicio de Planta de Transferencia, Contrato derivado del MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia por Exoneracion de Licitacion Publica Nº 005-2004-CE/MDSJM, "Suministro de Combustible" y Contrato derivado del MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia por Exoneracion de Licitacion Publica Nº 001-2004-MDSJM "Suministro de Combustible", resultando de esta Observacion presuntos responsables: Abog. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Gerente Municipal; CPC MORDAZA MORDAZA GALLESE, ex Miembro del Comite Especial; Econ. Mariella MORDAZA MORDAZA, ex Miembro del Comite Especial; Abog. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MAURTUA, ex

Gerente de Asesoria Juridica; Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Subgerente de Abastecimientos y Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA ORBEGOZO, ex Miembro del Comite Especial. Observacion Nº 02, Las Bases originales del MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva Nº 004-2003-CEP/ MDSJM "Adquisicion del Sistema Integral de Gestion Municipal", no fueron integradas por el Comite Especial, inobservando disposiciones sobre la materia y exponiendo dicho procesos de seleccion a solicitudes de nulidad por parte de los postores; resultando presuntos responsables: Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Miembro del Comite Especial; CPC MORDAZA TORALVA MORDAZA, ex Presidente del Comite Especial; Lic. MORDAZA MORDAZA LA MORDAZA CHIVILCHEZ, ex Miembro del Comite Especial. Observacion Nº 03, El Comite Especial omitio establecer criterios de calificacion para la asignacion de puntajes en las Bases del MORDAZA de Seleccion de la Adjudicacion Directa Selectiva Nº 004-03-CEP/MDSJM "Adquisicion del Sistema Integral de Gestion Municipal", de esta Observacion resultaron presuntos responsables: Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Miembro del Comite Especial Permanente; CPC MORDAZA TORALVA MORDAZA, ex Presidente del Comite Especial Permanente; Lic. MORDAZA MORDAZA LA MORDAZA CHIVILCHEZ, ex Miembro del Comite Especial; Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Miembro del Comite Especial Permanente. Observacion Nº 04, Servidores de la entidad efectuaron pagos a un contratista por S/. 142,200.00 pese a no contar con las conformidades y documentacion sustentatoria conforme lo exigia el contrato, conllevando que en la actualidad algunas dependencias de la Municipalidad no esten satisfechas con el Sistema Integral de Gestion Municipal. Que, de esta Observacion resultaron presuntos responsables: CPC MORDAZA MORDAZA GALLESE, ex Gerente de Administracion, Bach MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Subgerente de Tesoreria; Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Gerente de Informatica; CPC Ar mida MORDAZA MORDAZA, Subgerente de Contabilidad y CPC Vlado MORDAZA ROVEGNO, Subgerente de Tesoreria. Que, el Informe Nº 008-2006-MDSJM/CEPAD, de la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios "CEPAD", senala respecto a la Observacion Nº 01 que conforme lo establecia el Articulo 122º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado D.S. Nº 013-2001-PCM no se constituia garantia de fiel cumplimiento en los contratos derivados de procesos de adjudicacion de menor cuantia de bienes y servicios y que el Capitulo V De las Adjudicaciones de Menor Cuantia, Subcapitulo III Adquisiciones y Contrataciones por Exoneracion de Procesos, Articulo 105º del citado Reglamento preceptuaba que los contratos que se celebren como consecuencia de las exoneraciones senaladas en el parrafo anterior (Articulos 19º y 32º de la Ley, entre ellos en situacion de emergencia o urgencia) deberan cumplir con los respectivos requisitos, condiciones, formalidades y garantias y se regularan por el Titulo III del presente Reglamento"; sin embargo, indican que los efectos formulados por el Examen de Auditoria, no tienen materialidad, en la medida que se ha comprobado del Informe materia de analisis dano real a los intereses de la Municipalidad, toda vez que en todos los contratos se cumplio con la prestacion, situacion por la que no ameritaria el inicio del MORDAZA administrativos disciplinario contra los miembros del Comite Especial: CPC MORDAZA MORDAZA GALLESE; Econ. Mariella MORDAZA MORDAZA y Sr. MORDAZA MORDAZA ORBEGOZO y el Sr. Chr istian MORDAZA MORDAZA, ex Gerente de Abastecimiento. Que, de igual forma senala que respecto a la participacion en el visado de los Contratos y las Resoluciones de Alcaldia mediante los cuales fueron aprobados, por parte de los Abogados MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Gerente Municipal y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MAURTUA, ex Gerente de Asesoria

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