Norma Legal Oficial del día 26 de Julio del año 2006 (26/07/2006)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano miercoles 26 de MORDAZA de 2006

R

EP

UB

LICA DEL P E

R

U

NORMAS LEGALES

325027

Articulo 34º.- De la aprobacion del ROF La aprobacion del ROF de las entidades se realizara de acuerdo al siguiente esquema:
Institucion Ministerios, Organismos Publicos Descentralizados y otros Organismos Publicos con calidad de pliego presupuestal adscritos a la Presidencia del Consejo de Ministros o a los Ministerios, con independencia de la denominacion formal que las normas les reconozcan Dispositivo Legal Por Decreto Supremo

Las disposiciones que se dicten al MORDAZA de la primera disposicion final del Decreto Supremo Nº 0802004-PCM deben cumplir con las disposiciones legales vigentes que regulen los documentos de gestion y con las directivas complementarias que apruebe la Secretaria de Gestion Publica. Segunda.- Normas de adecuacion Las entidades comprendidas en la presente MORDAZA se adecuaran progresivamente a sus disposiciones de acuerdo para lo cual deberan presentar ante la entidad encargada de la elaboracion del Informe Previo, de acuerdo con lo dispuesto en el articulo 33 del presente Reglamento, el proyecto de ROF de acuerdo con el siguiente calendario. Las entidades que no tuvieran ROF aprobado a la fecha de publicacion del presente Decreto Supremo, deberan presentar su proyecto de ROF en un plazo no mayor de tres meses contado desde la fecha de entrada en vigencia de la presente norma. Las entidades cuyo ROF vigente hubiese sido publicado MORDAZA del 31 de diciembre de 2004, deberan presentar su proyecto de ROF en un plazo que no excedera de 9 meses contado desde la fecha de entrada en vigencia de la presente norma. Las entidades cuyo ROF vigente fue aprobado con posterioridad al 31 de diciembre de 2004 deberan presentar su propuesta de ROF a la entidad encargada de la elaboracion del Informe Previo, en un plazo que no excedera de 12 meses contado desde la fecha de entrada en vigencia de la presente norma. La Secretaria de Gestion Publica publicara y actualizara el Organigrama Oficial del Poder Ejecutivo que incluye a las entidades que lo conforman atendiendo al cumplimiento de los requisitos en cada caso con independencia de la denominacion formal prevista en sus normas de creacion. Tercera.- Modificacion del CAP Las entidades deberan presentar su proyecto de CAP para su aprobacion, en un plazo MORDAZA de 3 meses contados a partir de la entrada en vigencia de su ROF. Cuarta.- Regimen laboral El regimen laboral de las entidades publicas es el establecido en el Decreto Legislativo Nº 276 y sus normas modificatorias y complementarias, salvo que mediante ley expresa se MORDAZA establecido la aplicacion del regimen laboral de la actividad privada. En tanto se apruebe el MORDAZA regimen laboral del empleo publico, el ROF de cada Entidad incluira en una disposicion complementaria el regimen laboral al que su personal esta sujeto Quinta.- De las Universidades Publicas Las Universidades Publicas deberan tomar en cuenta las disposiciones establecidas en estos lineamientos unicamente para la conformacion de los organos y unidades organicas con responsabilidades administrativas. Corresponde a la Secretaria General del Ministerio de Educacion la emision del Informe Previo a que se refiere el Articulo 33º. 00410-22

Poder Judicial, Ministerio Publico, MORDAZA Nacional de Por Resolucion del Titular Elecciones, Oficina Nacional de Procesos Electorales, Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, Consejo Nacional de la Magistratura, Defensoria del Pueblo, Contraloria General de la Republica, Tribunal Constitucional y Universidades Publicas Gobierno Regional Municipalidades Organismos Publicos Descentralizados de Gobiernos Locales Por Ordenanza Regional Por Ordenanza Municipal Por Ordenanza Municipal

Articulo 35º.- De la publicacion de ROF Las entidades del nivel nacional, los Gobiernos Regionales y las municipalidades provinciales deberan cumplir con publicar el dispositivo aprobatorio, el texto integro de su ROF y el organigrama institucional en el Diario Oficial El Peruano. La publicacion del ROF debera realizarse tambien en el MORDAZA electronico de las entidades dentro de los 5 dias calendarios siguientes a la fecha de publicacion en el Diario Oficial El Peruano; bajo responsabilidad de los funcionarios designados conforme a la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica. Las Municipalidades Distritales remitiran el texto integro de su ROF y el organigrama institucional, asi como el de sus Organismos Publicos Descentralizados si los tuvieren, al Consejo Nacional de Descentralizacion para su publicacion en el MORDAZA electronico de este. TITULO IV DE LAS NORMAS PARA PROYECTOS, PROGRAMAS Y COMISIONES Articulo 36º.- Contenidos minimos para el Manual de Operaciones Los programas y proyectos contaran con un manual de operaciones en el que se consignara por lo menos la siguiente informacion: a) Descripcion del programa o proyecto, incluyendo el objetivo, la descripcion de este y la identificacion de entidades, organos o unidades organicas ejecutoras que tienen responsabilidades respecto del programa o proyecto. b) Organizacion del programa o proyecto: organizacion, funciones y responsabilidades. c) Procesos principales tales como programacion y aprobacion de actividades, ejecucion de recursos, MORDAZA de coordinacion, desembolsos, segun corresponda. d) Procesos de supervision, seguimiento y evaluacion: supervision tecnica, informes (financieros, registros contables, de progreso), auditorias, inspeccion y supervision, segun corresponda. Articulo 37º.- Contenido minimo para el Reglamento de Funcionamiento de Comisiones Las Comisiones creadas con una vigencia mayor a seis (6) meses o en razon de un encargo permanente aprobaran un Reglamento de Funcionamiento consignando, respecto, del regimen de sesiones: i) periodicidad, ii) quorum, iii) reglas de votacion y iv) reglas de aprobacion de acuerdos. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- Directivas La Secretaria de Gestion Publica de la Presidencia del Consejo de Ministros se encuentra facultada para emitir directivas complementarias en materia de ROF y de CAP, asi como de otros documentos de gestion.

Aprueban Directiva "Lineamientos para la realizacion de consultas poblacionales para fines de demarcacion territorial"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 271-2006-PCM MORDAZA, 19 de MORDAZA de 2006 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto por la Ley Nº 27795, Ley de Demarcacion y Organizacion Territorial, la

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.