Norma Legal Oficial del día 26 de Julio del año 2006 (26/07/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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LICA DEL P E

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325050

NORMAS LEGALES

El Peruano miercoles 26 de MORDAZA de 2006

MORDAZA S.A. por Resolucion Ministerial Nº 207-95-PE, para que desarrolle la actividad de procesamiento pesquero de recursos hidrobiologicos a traves de su planta de harina de pescado, con la capacidad instalada de 05 t/h de procesamiento de materia prima, en el establecimiento industrial pesquero ubicado en la Av. MORDAZA y Parinas Nº 151, MORDAZA Industrial Gran Trapecio, distrito de Chimbote, provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA, en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgada. Articulo 2º.- CORPORACION INDUSTRIAL MORDAZA MORDAZA S.A., debera operar su planta de procesamiento de recursos hidrobiologicos observando las normas legales y reglamentarias del ordenamiento juridico pesquero, asi como las relativas a la preservacion del medio ambiente y lo referido a la sanidad higiene y seguridad industrial pesquera que garanticen el desarrollo sostenido de la actividad pesquera. Asimismo, debera implementar un sistema de control del MORDAZA que garantice la optima calidad del producto final, asi como cumplir con las medidas de mitigacion contenidas en el Programa de Adecuacion y Manejo Ambiental, y cumplir con ejecutar las medidas de mitigacion contenidas en el Programa de Adecuacion y Manejo Ambiental, correspondiente. Articulo 3º.- El incumplimiento de lo senalado en el articulo precedente sera causal de caducidad del derecho otorgado o de las sanciones que resulten aplicables conforme a la normatividad vigente, segun corresponda. Articulo 4º.- Dejar sin efecto la Resolucion Ministerial Nº 207-95-PE del 4 de MORDAZA de 1995, en lo que respecta a la titularidad del derecho. Articulo 5º.- Incorporar a CORPORACION INDUSTRIAL MORDAZA MORDAZA S.A., como titular de la licencia de operacion de la planta de harina de pescado, ubicada en el EIP, citado en el primer articulo de la presente Resolucion, al Anexo IV-B de la Resolucion Ministerial Nº 041-2002-PRODUCE y en el Anexo II de la Resolucion Ministerial Nº 502-2003-PRODUCE, excluyendo a la empresa CHALLWA MORDAZA S.A., en lo que corresponda. Articulo 6º.- Transcribase la presente Resolucion a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a la Direccion Regional de la Produccion de Chimbote y consignarse en el MORDAZA de la Pagina Web del Ministerio de la Produccion: www.produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VERTIZ MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 00379-1

Autorizan a Pesquera MORDAZA S.A. efectuar cambio de ubicacion de su planta de harina de pescado ubicada en la provincia del MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 216-2006-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 16 de junio del 2006 Visto los escritos con Registro Nº 00037046 de fecha 7 de junio del 2006 y 00039945 del 16 de junio del 2006, presentados por PESQUERA MORDAZA S.A. CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Directoral Nº 115-2000PE/DNPP de fecha 9 de noviembre de 2000 se otorgo a PESQUERA COLONIAL S.A. licencia de operacion para que desarrolle la actividad de procesamiento de recursos hidrobiologicos destinados al consumo humano indirecto, a traves de su planta de harina de pescado ubicada en

Av. MORDAZA Meiggs Nº 900, distrito de Chimbote, provincia del MORDAZA, departamento de MORDAZA, con una capacidad instalada de 100 t/h de procesamiento de materia prima; Que con fecha 20 de agosto del 2002 por Acuerdo de Consejo Nº 049-2002-MP, se declaro nula la Resolucion de Alcaldia Nº 281-2002-MPS, mediante la cual se otorgo el Certificado de Compatibilidad de Uso para operar la planta de harina de pescado de la empresa PESQUERA COLONIAL S.A. ( actual PESQUERA MORDAZA S.A.); Que con Resolucion Directoral Nº 143-2005PRODUCE/DNEPP, de fecha 30 de MORDAZA del 2005, se aprobo el cambio del titular de la licencia de operacion otorgada mediante Resolucion Directoral Nº 115-2000PE/DNPP de fecha 9 de noviembre del 2000, a favor de la empresa PESQUERA MORDAZA S.A. para operar la planta de harina de pescado destinada al procesamiento de recursos hidrobiologicos con una capacidad instalada de 100 t/h de procesamiento de materia prima, en su establecimiento industrial pesquero ubicado en Av. MORDAZA Meiggs Nº 900, Mz. E, lotes 42-44 , MORDAZA Baja, distrito de Chimbote, provincia del MORDAZA, departamento de Ancash; Que a traves de la Resolucion Ministerial Nº 4492003-PRODUCE, de fecha 13 de noviembre del 2003, en su articulo 2º, se prohibe el traslado fisico o cambio de ubicacion de establecimientos industriales pesqueros para el desarrollo de actividades de consumo humano indirecto hacia los puertos o bahias y zonas o areas de influencia de Paita, Sechura, Chimbote, Coishco, Samanco, MORDAZA, Chancay, Callao y MORDAZA (Paracas), asimismo el traslado fisico o cambio de ubicacion tanto de las areas o zonas criticas o agudas prohibidas a otras con contaminacion menos critica o aguda, o los demas supuestos de desconcentracion no prohibidos, se efectuaran previa MORDAZA del estudio de Impacto Ambiental correspondiente; Que mediante el escrito del visto y como actual propietaria, la empresa recurrente solicita autorizacion para el traslado fisico de su establecimiento industrial pesquero descrito en el primer considerando, ubicado en la Av. MORDAZA Meiggs Nº 900, distrito de Chimbote, provincia del MORDAZA, departamento de MORDAZA, a la MORDAZA Industrial Gran Trapecio, distrito de Chimbote, provincia del MORDAZA, departamento de MORDAZA, lo cual es concordante con el dispositivo legal del anterior considerando, puesto que en este caso la empresa recurrente tiene su planta de harina de pescado en el puerto de Chimbote y esta solicitando su traslado de una MORDAZA MORDAZA, en la cual la Municipalidad Provincial del MORDAZA -Chimbote, la considera de uso no conforme, hacia una MORDAZA industrial en el mismo Puerto, aparente para su operacion, la cual cuenta con Certificado de Compatibilidad de Uso y Certificado Ambiental de su Estudio de Impacto Ambiental; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, mediante Informe Nº 2082006-PRODUCE/DGEPP-Dchi, que sustenta la procedencia tecnica de lo solicitado y con la opinion favorable del Area Legal de esta Direccion General; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE; y, En uso de las atribuciones conferidas en el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y por el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE, de fecha 3 de MORDAZA del 2006; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar a PESQUERA MORDAZA S.A., a efectuar el cambio de ubicacion de su planta de harina de pescado con capacidad de 100 t/h de procesamiento de materia prima, ubicada en la Av. MORDAZA Meiggs

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