Norma Legal Oficial del día 26 de Julio del año 2006 (26/07/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

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LICA DEL P E

RU

325054

NORMAS LEGALES

El Peruano miercoles 26 de MORDAZA de 2006

las capacidades de 2,880 cajas/turno y 6 t/h, respectivamente, en su establecimiento industrial ubicado en el Km 21.5 de la carretera Pisco- Paracas, distrito de Paracas, provincia de MORDAZA, departamento de Ica; Que la empresa PESQUERA SAN MORDAZA DEL SUR S.A., se encuentra consignada en el Anexo IV B, como planta de procesamiento pesquero de harina de pescado convencional, con una capacidad de 6 t/h, del listado actualizado de los establecimientos industriales pesqueros que cuentan con licencia para la operacion de plantas de procesamiento pesquero vigente, aprobado con Resolucion Ministerial Nº 041-2002-PRODUCE, de fecha 29 de agosto del 2002; Que mediante los escritos del visto la empresa SAN MORDAZA S.A., solicita el cambio del titular de la licencia de operacion otorgada a la empresa PESQUERA SAN MORDAZA DEL SUR S.A., en virtud a una escritura de dacion en pago, celebrada entre las citadas empresas como acreedora y deudora respectivamente, segun lo cual queda transferida la propiedad de las maquinarias y equipos de la mencionada planta de harina, y alcanza la documentacion requerida en concordancia a los requisitos establecidos para el procedimiento Nº 29 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos de este Ministerio, aprobado con Decreto Supremo Nº 035-2003PRODUCE; Que segun la inspeccion tecnica realizada en fecha 25 de noviembre del 2005, se ha constatado que la planta de harina de pescado, esta constituida por una linea de MORDAZA convencional y su capacidad es concordante con su licencia de operacion otorgada por Resolucion Ministerial Nº 217-95-PE de fecha 5 de MORDAZA de 1995; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, a traves del Informe Nº 1822006-PRODUCE/DGEPP-Dchi de fecha 24 de MORDAZA del 2006, y con la opinion favorable del Area Legal de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero; De conformidad con los articulos 51º, 53º y 54º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el procedimiento Nº 29 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE; En uso de las facultades conferidas por el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar a favor de la empresa SAN MORDAZA S.A. el cambio de titular de la licencia de operacion de la planta de harina de pescado, otorgado a PESQUERA SAN MORDAZA DEL SUR S.A. por Resolucion Ministerial Nº 217-95-PE de fecha 5 de MORDAZA de 1995, en el establecimiento industrial ubicado en el Km 21.5 de la carretera MORDAZA - Paracas, distrito de Paracas, provincia de MORDAZA, departamento de Ica, en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgada. Articulo 2º.- Dejar sin efecto la titularidad de la licencia de operacion otorgada por Resolucion Ministerial Nº 21795-PE del 5 de MORDAZA de 1995, a favor de PESQUERA SAN MORDAZA DEL SUR S.A. Articulo 3º.- La empresa SAN MORDAZA S.A. debera operar su planta de procesamiento de recursos hidrobiologicos observando las normas legales y reglamentarias del ordenamiento juridico pesquero, asi como las relativas a la preservacion del medio ambiente y lo referido a sanidad higiene y seguridad industrial pesquera que garanticen el desarrollo sostenido de la actividad pesquera. Asimismo debera implementar un sistema de control del MORDAZA que garantice la optima calidad del producto final, asi como ejecutar las medidas de mitigacion contenidas en el Programa de Adecuacion y Manejo Ambiental, calificado favorablemente por la Direccion de Medio Ambiente. Articulo 4º.- El incumplimiento de lo senalado en el articulo precedente sera causal de caducidad del derecho

otorgado o de las sanciones que resulten aplicables conforme a la normatividad vigente, segun corresponda. Articulo 5º.- Incorporar a la empresa SAN MORDAZA S.A. como titular de la licencia de operacion de la planta de harina de pescado ubicada en el establecimiento industrial pesquero citado en el articulo primero de la presente Resolucion, al anexo IV - B de la Resolucion Ministerial Nº 041-2002-PRODUCE, excluyendo a la empresa PESQUERA SAN MORDAZA DEL SUR S.A. de dicho anexo. Articulo 6º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a la Direccion Regional de la Produccion Ica, y consignarse en el MORDAZA de la Pagina Web del Ministerio de la Produccion: www.produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VERTIZ MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 00379-5

Aprueban cambio de titular de permiso de pesca a favor de Empresa Pesquera MORDAZA MORDAZA S.A.C.
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 221-2006-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 23 de junio del 2006 Visto el escrito con registro de ingreso Nº 00028658 de fecha 4 de MORDAZA del 2006, presentado por la EMPRESA PESQUERA MORDAZA MORDAZA S.A.C.; CONSIDERANDO: Que el articulo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001PE, establece que el permiso de pesca es indesligable de la embarcacion a la que corresponde y que durante su vigencia la transferencia de la propiedad o posesion de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional conlleva la transferencia de dicho permiso en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgado; Que a traves de la Resolucion Ministerial Nº 650-97PE del 27 de octubre de 1997, se otorgo permiso de pesca, entre otros, a favor de MORDAZA MORDAZA MORDAZA BAZALAR, para operar la embarcacion pesquera MORDAZA MORDAZA de matricula Nº HO-4313-CM, con 46.31 m3 de capacidad de bodega, en la extraccion de los recursos hidrobiologicos anchoveta y sardina con destino al consumo humano indirecto, en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millas costeras, utilizando redes de cerco con longitud minima de abertura de malla de ½ pulgada (13 mm.); Que la embarcacion pesquera MORDAZA MORDAZA de matricula Nº HO-4313-CM, se encuentra consignada en el anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 284-2003PRODUCE, con una capacidad de bodega de 46.31 m3, y con permiso de pesca a favor de MORDAZA CONSTATINO MORDAZA BAZALAR, para la extraccion de los recursos anchoveta y sardina para consumo humano indirecto; y a su vez consignada en la relacion de embarcaciones con derecho de sustitucion publicada en el Anexo III de la Resolucion Ministerial Nº 229-2002PRODUCE; informacion actualizada y publicada en el MORDAZA del Ministerio de la Produccion; Que los articulos 1º y 2º del Decreto Supremo Nº 001-2002-PRODUCE de fecha 5 de septiembre del 2002, establecen respectivamente, que los recursos sardina (Sardinops sagax sagax), jurel (Trachurus picturatus murphy) y caballa (Scomber japonicus peruanus) seran destinados al consumo humano directo y que los armadores de las embarcaciones pesqueras

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