Norma Legal Oficial del día 26 de Julio del año 2006 (26/07/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 54

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NORMAS LEGALES

El Peruano miercoles 26 de MORDAZA de 2006

de 40' Nº SEAU7905669. El equipo medico es dirigido a las personas con discapacidad en el Peru. Articulo Segundo.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion a la Contraloria General de la Republica, a la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria - SUNAT y al interesado, para los efectos a que se contrae el Decreto Supremo Nº 041-2004-EF, dentro de los plazos establecidos. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MAURTUA DE MORDAZA Ministro de Relaciones Exteriores 00391-3 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0851-2006-RE MORDAZA, 19 de MORDAZA de 2006 Vistos los Expedientes Nº 300-2006, Nº 924-2006 y Nº 5251-2006, presentados por la MORDAZA ROJA ALEMANA, mediante los cuales solicitan la inafectacion del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) respecto a la donacion recibida de la MORDAZA Roja Alemana, con sede en Bad Segeberg, Hamburgo, Alemania. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el literal k) del articulo 2º y el MORDAZA parrafo del articulo 67º del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas -IGV e Impuesto Selectivo al Consumo -ISC, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF y normas modificatorias, no se encuentran gravadas con el IGV e ISC, entre otros, las donaciones que se realicen a favor de las Entidades e Instituciones Extranjeras de Cooperacion Tecnica Internacional (ENIEX), Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD-PERU) nacionales e Instituciones Privadas sin fines de lucro receptoras de donaciones de caracter asistencial o educacional (IPREDA), que se encuentren inscritas en el Registro que tiene a su cargo la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional (APCI), y siempre que sea aprobada por Resolucion Ministerial del Sector correspondiente; Que, la MORDAZA ROJA ALEMANA se encuentra inscrita en el Registro de Instituciones Privadas sin fines de lucro receptoras de donaciones de caracter asistencial o educacional (IPREDA), que conduce la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional - APCI, de conformidad con la Directiva de procedimientos de aceptacion y aprobacion, internamiento de donaciones de caracter asistencial o educacional provenientes del exterior, aprobada por Decreto Supremo Nº 508-93-PCM; Que, mediante Carta de Donacion de fecha 23 de febrero de 2004, legalizado por el Consulado General del Peru en la MORDAZA de Hamburgo, Alemania, se observa que la MORDAZA Roja Alemana, ha efectuado una donacion a favor de la MORDAZA ROJA ALEMANA; Que, los bienes donados consisten en 1 bulto conteniendo equipos y maquinas de oficina, equipos, implementos y mobiliario medico, herramientas manuales y electricas, implementos deportivos, bienes de caracter asistencial (incluye: ropa usada, calzado usado, colchones, juguetes, libros, CDs, relojes y gafas de sol usados), horno MORDAZA Euromat Vario, y un contenedor vacio de 20'x8'x8'x6" Nº HCCR3146526; con un peso MORDAZA manifestado de 10,000.00 kilos y un peso MORDAZA recibido de 5,920.00 kilos, con un valor FOB de US$ 11,467.00 (Once mil cuatrocientos sesentisiete y 00/100 Dolares americanos), amparados con Declaracion Unica de Aduanas Nº 118-2004-10-03997801- 1-00 de fecha 6-Abr-04 y Volante de Despacho Nº 034081 de fecha 30-Mar-04, arribados en un contenedor de 20' Nº HCCR3146526 con sello Nº 1502421. Estas donaciones son bienes para ayuda

humanitaria para ser distribuidos en los programas de caracter asistencial para la poblacion de extrema pobreza en Caraz, MORDAZA y Oxapampa; Que, mediante Decreto Supremo Nº 041-2004-EF se delega al Ministerio de Relaciones Exteriores, la facultad de aprobar. mediante Resolucion Ministerial la inafectacion de IGV e ISC a las donaciones efectuadas a favor de ENIEX, ONGD e IPREDA, a que se refiere el primer considerando; Que, en consecuencia corresponde al Sector Relaciones Exteriores, aprobar la donacion efectuada por la MORDAZA Roja Alemana a favor de la MORDAZA ROJA ALEMANA; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, Decreto Legislativo Nº 935, Decreto Supremo Nº 041-2004-EF y la Resolucion Suprema Nº 508-93-PCM; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar la inafectacion del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) correspondiente a la donacion efectuada por la MORDAZA Roja Alemana a favor de la MORDAZA ROJA ALEMANA, consistente en 1 bulto conteniendo equipos y maquinas de oficina, equipos, implementos y mobiliario medico, herramientas manuales y electricas, implementos deportivos, bienes de caracter asistencial (incluye: ropa usada, calzado usado, colchones, juguetes, libros, CDs, relojes y gafas de sol usados), horno MORDAZA Euromat Vario, y un contenedor vacio de 20'x8'x8'x6" Nº HCCR3146526; con un peso MORDAZA manifestado de 10,000.00 kilos y un peso MORDAZA recibido de 5,920.00 kilos, con un valor FOB de US$ 11,467.00 (Once mil cuatrocientos sesentisiete y 00/100 Dolares americanos), amparados con Declaracion Unica de Aduanas Nº 118-2004-10-03997801-1-00 de fecha 6-Abr-04 y Volante de Despacho Nº 034081 de fecha 30-Mar-04, arribados en un contenedor de 20' Nº HCCR3146526 con sello Nº 1502421. Estas donaciones son bienes para ayuda humanitaria para ser distribuidos en los programas de caracter asistencial para la poblacion de extrema pobreza en Caraz, MORDAZA y Oxapampa. Articulo Segundo.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion a la Contraloria General de la Republica, a la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria - SUNAT y al interesado, para los efectos a que se contrae el Decreto Supremo Nº 041-2004-EF, dentro de los plazos establecidos. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MAURTUA DE MORDAZA Ministro de Relaciones Exteriores 00391-4 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0852-2006-RE MORDAZA, 19 de MORDAZA de 2006 Visto, los Expedientes Nº 14838-2005, Nº 281-2006, Nº 13646-2005 y Nº 14270-2005 presentado por la ASOCIACION MORDAZA PERU, mediante los cuales solicita la inafectacion del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) respecto a la donacion recibida de Volunteers for Inter-American Development Assistance (VIDA), con sede en Emeryville, California, Estados Unidos, en cooperacion con Operation Rainbow. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el literal k) del articulo 2º y el MORDAZA parrafo del articulo 67º del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas -IGV e Impuesto Selectivo

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