Norma Legal Oficial del día 26 de Julio del año 2006 (26/07/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 71

El Peruano miercoles 26 de MORDAZA de 2006

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LICA DEL P E

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NORMAS LEGALES

325079

b) Aprobar el Estatuto, el Reglamento General y los reglamentos especificos. c) Aprobar o denegar los proyectos de desarrollo institucional de las nuevas universidades. d) Aprobar el Informe de Verificacion de la Implementacion inicial de los Proyectos de Desarrollo Institucional. e) Otorgar o denegar la autorizacion provisional de funcionamiento de las nuevas universidades. f) Constituirse, en Asamblea Universitaria de las universidades bajo competencia del CONAFU, en representacion de la comunidad universitaria y en ejercicio de las atribuciones establecidas en el articulo 29º de la Ley Universitaria Nº 23733. g) Pronunciarse sobre las evaluaciones de las universidades con autorizacion provisional de funcionamiento. h) Otorgar la certificacion anual que corresponda, a la evaluacion permanente segun el grado de desarrollo e implementacion del Proyecto de Desarrollo Institucional. i) Autorizar o denegar el funcionamiento definitivo de las universidades evaluadas con autorizacion provisional de funcionamiento. j) Conceder o no la adecuacion al Decreto Legislativo Nº 882 a las universidades privadas que lo soliciten. k) Autorizar o denegar las solicitudes de autorizacion provisional de funcionamiento de Escuelas de Posgrado, de acuerdo al Decreto Legislativo Nº 882. l) Autorizar el cambio de nombre de las Universidades, conforme a la Ley Nº 28727 m) Autorizar o denegar la fusion de universidades, asi como la supresion de las mismas. n) Autorizar, denegar, ampliar o suprimir facultades, carreras o escuelas, asi como determinar el numero de vacantes en las universidades con funcionamiento provisional. o) Reconocer a las comisiones organizadoras propuestas por los promotores, previa verificacion del cumplimiento de los requisitos establecidos por la ley y demas normas; y designar a las comisiones organizadoras de las universidades publicas. p) Pronunciarse sobre la vacancia de los miembros de las Comisiones Organizadoras por las causales especificadas en el reglamento de la materia. q) Revocar la autorizacion de funcionamiento provisional de las universidades, cuando los resultados de su evaluacion permanente determinen que el cumplimiento de lo planificado en el PDI es certificado como deficiente, designando la Comision de Cierre y Liquidacion. r) Aprobar su Presupuesto Anual. s) Designar y constituir comisiones especiales para el desempeno de encargos especificos. t) Cumplir las funciones que por Ley, Estatuto o Reglamentos que corresponda al Pleno del CONAFU. u) Autorizar la contratacion del personal. Articulo 11º.- El Pleno del CONAFU sesiona en MORDAZA o en las ciudades sedes de las universidades bajo su competencia. Articulo 12º.- El Pleno del CONAFU se reunira en sesion ordinaria dos veces al mes y en sesion extraordinaria, cuando lo convoque el Presidente o lo soliciten tres de sus miembros. Articulo 13º.- El quorum para sesion del Pleno del CONAFU es de cuatro miembros que lo forma la mayoria absoluta de sus miembros. Articulo 14º.- Cuando se trate de autorizar o denegar solicitudes de autorizacion de funcionamiento provisional, de funcionamiento definitivo, de adecuacion de universidades al procedimiento establecido por el decreto Legislativo Nº 882, de cierre y liquidacion de universidades, y para la autorizacion de nuevas carreras profesionales, los acuerdos del Pleno se adoptaran en la sesion en la que asistan todos sus miembros y con un minimo de cuatro votos a favor. Los demas acuerdos del Pleno se adoptaran por mayoria simple de los Consejeros asistentes a la Sesion. Para la eleccion de cargos directivos previstos en el

articulo 16º del presente Estatuto, se requiere de tres votos de los miembros que la integran. Articulo 15º.- Procede admitir a tramite la reconsideracion de un acuerdo, cuando MORDAZA se plantee en la misma sesion o en la sesion ordinaria siguiente. Articulo 16º.- El Pleno del CONAFU elige anualmente a su Presidente, Vicepresidente y a los demas miembros de su Consejo Directivo, no existiendo reeleccion inmediata. Esta eleccion se produce en sesion extraordinaria. El MORDAZA es directo y secreto; para la eleccion de los cargos se requiere tres votos. DEL PRESIDENTE Articulo 17º.- La Presidencia del CONAFU esta a cargo del Consejero elegido por el Pleno del Consejo, quien ejerce la representacion legal de la institucion. Articulo 18º.- El Presidente del CONAFU tiene las siguientes atribuciones generales: a) Ejercer las funciones que la Ley le confiere. b) Cumplir y hacer cumplir el Estatuto y Reglamentos, aprobados por el CONAFU. c) Convocar y presidir las reuniones ordinarias y extraordinarias del Pleno del Consejo. d) Cumplir y hacer cumplir los acuerdos y decisiones del Pleno del CONAFU, expidiendo las respectivas resoluciones. e) Coordinar y supervisar el desempeno de los organos administrativos y de las comisiones especiales que se constituyan. f) Ejercer las funciones de Titular del Programa Presupuestal del CONAFU. g) Presentar al Pleno la Memoria Anual para su aprobacion. h) Ejercer las demas funciones que le MORDAZA asignadas por el Pleno. Articulo 19º.- El Vicepresidente reemplaza al Presidente en caso de ausencia o vacancia del titular.; en este ultimo caso debera convocar a elecciones dentro de los 30 dias calendario posteriores de asumido el cargo. Articulo 20º.- El Vicepresidente tiene las siguientes atribuciones: a) Dirigir y coordinar las actividades de la Unidad de Imagen Institucional. b) Conformar con el Consejero de Asuntos Administrativos y el Consejero de Asuntos Academicos la Comision de Trabajo de la Consejeria de Asuntos Academicos. CAPITULO II DE LOS ORGANOS DE DIRECCION Y COORDINACION Articulo 21º.- Existen tres Consejerias, cada una de ellas cuenta con una Comision de Trabajo y estan dirigidas por un Consejero elegido por el Pleno: a) De Asuntos Academicos b) De Asuntos Administrativos c) De Asuntos Internacionales Articulo 22º.- Son funciones de las Consejerias: a) Proponer al Pleno, politicas institucionales relacionadas con el area de su competencia. b) Programar anualmente las acciones institucionales dentro del area de su competencia. c) Dirigir, coordinar y evaluar a las dependencias del area de su competencia. d) Emitir opinion cuando el Pleno lo solicite. e) Integrar Comisiones que el Pleno designe. f) Proponer al pleno la contratacion del personal profesional calificado. g) Presentar un informe anual sobre la labor realizada en su area, con las recomendaciones de interes institucional.

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