Norma Legal Oficial del día 28 de Julio del año 2006 (28/07/2006)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 30

R

EP

UB

LICA DEL P E

RU

325366

NORMAS LEGALES

El Peruano viernes 28 de MORDAZA de 2006

Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA a los veintiun dias del mes de MORDAZA de dos mil seis. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA ROMERO-LOZADA LAUEZZARI Ministra de la Mujer y Desarrollo Social REGLAMENTO DE LAS FUNCIONES DEL MIMDES SENALADAS EN EL ARTICULO 206º DEL CODIGO DE LOS NINOS Y ADOLESCENTES TITULO I DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1º.- Objeto. Es objeto del presente Reglamento establecer el procedimiento de autorizacion y supervision de las instituciones que presten servicios de orientacion a traves de programas disenados para adolescentes en conflicto con la ley penal, en el MORDAZA normativo del articulo 206 del Codigo de los Ninos y Adolescentes aprobado por la Ley Nº 27337 y de las funciones que le han sido asignadas al Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES. Articulo 2º.- Principios que rigen el presente Reglamento Legalidad.- El Ministerio de la Mujer-MIMDES, las instituciones y la red de entidades de apoyo autorizadas mediante el presente Reglamento deben actuar de acuerdo a la Constitucion Politica del Peru, la Convencion sobre los Derechos del MORDAZA, el Codigo de los Ninos y Adolescentes y las normas internacionales sobre la materia. a) Sujeto de derechos.- El adolescente que este siguiendo programas de orientacion, sera considerado sujeto de derechos, libertades y de proteccion especifica, debiendo de cumplir con las obligaciones que suponen estos programas. b) Obligatoriedad de la ejecucion.- Es obligacion del Estado, la familia, las instituciones publicas y privadas, promover la correcta aplicacion de los principios, derechos y obligaciones establecidas en la presente norma. c) Interes superior del Adolescente.- En toda medida concerniente al adolescente que adopte el Estado a traves de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, del Ministerio Publico, los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, asi como en la accion de la sociedad, consideraran el MORDAZA del Interes Superior del MORDAZA y del Adolescente y el respeto de sus derechos. d) Desarrollo Integral.- El adolescente al que se le MORDAZA concedido la Remision Fiscal tiene derecho a su desarrollo integral. Entendiendose por ello, a su desarrollo fisico, emocional, cognitivo y moral, por lo que los programas de orientacion deberan estar disenados para este fin. Articulo 3º.- La Remision Fiscal Las disposiciones contenidas en el presente Reglamento, rigen los Programas de orientacion de los adolescentes en conflicto, cuando se trate de infraccion a la ley penal que no revista gravedad, los que son beneficiados con Remision Fiscal, que tiene como objetivo principal el desarrollo personal, afectivo, social y moral del adolescente, posibilitando y contribuyendo a que la familia inmediata o extensiva participe activamente en su tratamiento. Articulo 4º.- Sector encargado de la autorizacion y supervision El Ministerio de la Mujer - MIMDES, como Ente Rector del Sistema Nacional de Atencion Integral al MORDAZA y al Adolescente a traves del Registro Central de Instituciones de la Direccion de Ninas, Ninos y Adolescentes, tiene a su cargo autorizar a las instituciones y supervisar los programas de orientacion a los adolescentes en conflicto con la ley penal beneficiados con Remision Fiscal.

Articulo 5º.- Instituciones autorizadas Se consideran instituciones autorizadas para la atencion de adolescentes a quienes se hubiera concedido Remision Fiscal, a aquellas entidades publicas o privadas, sin fines de lucro, legalmente constituidas, cuyos estatutos y programas tengan como objeto el desarrollo fisico, emocional, cognotivo y moral de los adolescentes, procurando su integracion social. Para lo cual deberan articular una red de instituciones de apoyo en el desarrollo de programas de orientacion a adolescentes. Articulo 6º.- Entidades de Apoyo.Entidades de Apoyo son las que tengan entre sus estrategias de trabajo la atencion de adolescentes con el fin de contribuir a su desarrollo personal. Dicho trabajo se certificara mediante acuerdo con la institucion autorizada por el MIMDES, la que tendra la obligacion de incluir dicha informacion en los documentos requeridos en el procedimiento de autorizacion. Todas las entidades de apoyo que conformen la red de instituciones deberan estar obligatoriamente registradas en el Registro Central de Instituciones de acuerdo a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 0032005-MIMDES modificado por el Decreto Supremo Nº 006-2005-MIMDES y cenirse a las disposiciones contenidas en el mismo, respecto a la Supervision de parte del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social MIMDES. Articulo 7º.- Ambito de actuacion.Las instituciones autorizadas aplicaran sus programas de orientacion a los adolescentes derivados desde las Fiscalias Especializadas de Familia mediante Resolucion de Remision Fiscal en los terminos y condiciones establecidos por el Ministerio Publico. La institucion que solicite la autorizacion para el desarrollo de los programas deberan demostrar, en caso de requerirlo, que cuentan con una red de entidades de apoyo, seran responsables ante el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social- MIMDES, de la derivacion de los adolescentes, a quienes se les ha otorgado la Remision Fiscal, a los programas que dirigen las instituciones que conforman la red. Igualmente, intervendran en las tareas y actividades de prevencion y/o ejecucion de dicha medida de acuerdo con los terminos contenidos en presente Reglamento. Ninguna otra persona o institucion publica o privada no autorizada podra intervenir ni articular la red de apoyo con otras entidades. TITULO PROGRAMAS DE ORIENTACION Articulo 8º.- De los Programas de Orientacion. Los programas de orientacion para adolescentes a quienes se les MORDAZA otorgado Remision Fiscal, deben estar fundamentados en un diagnostico de aptitudes que posibilite orientar su perfil ocupacional y organizar un proyecto de MORDAZA, a fin de integrarlo a su medio sociofamiliar. Articulo 9º.- Actividades y Tareas de los Programas de Orientacion. Las instituciones autorizadas coordinaran bajo la supervision y control del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social-MIMDES las siguientes actividades y tareas que con caracter enunciativo y no limitativo son: a) Promocion dirigida a obtener la participacion e integracion social de los adolescentes. b) Prevencion frente a grupos en riesgo. c) Educacion y cultura de los adolescentes. d) Aprovechamiento del tiempo libre. e) Aprovechamiento de los recursos sociales y comunitarios cercanos al adolescente. f) Prevencion encaminada a evitar las posibles situaciones de desproteccion social de los adolescentes y a eliminar o reducir los factores de riesgo. g) Apoyo familiar tendente a favorecer el mantenimiento de los lazos afectivos y de su entorno social.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.