Norma Legal Oficial del día 09 de Junio del año 2006 (09/06/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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CAPITULO II ORGANOS CONSULTIVOS

NORMAS LEGALES

El Peruano viernes 9 de junio de 2006

Articulo 26º.- Del Consejo Superior de Defensa El Consejo Superior de Defensa es el mas alto organo consultivo, encargado de formular recomendaciones sobre los asuntos de importancia relacionados con las actividades del Sector y con la Politica de Defensa Nacional. Es convocado y presidido por el Ministro de Defensa. Articulo 27º.- De la Composicion Integran el Consejo Superior de Defensa: a.- El Ministro de Defensa, quien lo preside. b.- El Viceministro de Asuntos Administrativos y Economicos. c.- El Viceministro de Asuntos Logisticos y de Personal. d.- El Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas. e.- El Director General de Politica y Estrategia. f.- El Comandante General del Ejercito. g.- El Comandante General de la MORDAZA de Guerra. h.- El Comandante General de la Fuerza Aerea. i.- El Secretario General del Ministerio, quien ejerce las funciones de Secretario del Consejo Superior de Defensa. Articulo 28º.- De la Comision Consultiva La Comision Consultiva es el organo encargado de emitir opinion, a pedido del Ministro de Defensa, en materias que le MORDAZA sometidas a su consideracion. Sesiona a solicitud expresa del Ministro de Defensa. Son designados por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial. Los miembros de esta Comision prestan sus servicios ad honorem. CAPITULO III ORGANOS DE ASESORAMIENTO Articulo 29º.- Del Comite de Asesores Corresponde al Comite de Asesores, del Despacho Ministerial la consejeria tecnico- militar y no militar sobre los aspectos relacionados con el estudio, planeamiento y desarrollo de la Politica de Defensa Nacional y con las actividades del Sector Defensa, de los Organismos Publicos Descentralizados y Empresas del Sector, ademas de las que encomiende el Ministro de Defensa. Esta conformado por no mas de ocho (8) miembros y constituyen cargos de confianza. Articulo 30º.- De la Oficina de Asesoria Juridica La Oficina de Asesoria Juridica es un organo de asesoramiento. La Jefatura de la Oficina de Asesoria Juridica es un cargo de confianza y es designada por el Ministro de Defensa. Articulo 31º.- De las Funciones La Oficina de Asesoria Juridica tiene las funciones siguientes: a.- Brindar asesoramiento juridico a la Alta Direccion y demas organos del Ministerio de Defensa. b.- Emitir opinion en asuntos de caracter juridicolegal. c.- Revisar y visar los convenios y contratos que celebre el Ministro de Defensa. d.- Elaborar proyectos de normas y procedimientos que le encomiende la Alta Direccion. e.- Revisar y visar los proyectos de dispositivos legales que le MORDAZA derivados. f.- Sistematizar y difundir la normatividad legal del Sector Defensa. g.- Establecer relaciones de coordinacion con los organismos publicos y privados vinculados con su actividad funcional. h.- Las demas acciones de indole juridico-legal que le asigne el Ministro de Defensa.

Articulo 32º.- De la Oficina de Inteligencia La Oficina de Inteligencia, es el organo encargado de coordinar y proveer al Ministro de Defensa de la informacion requerida para la toma de decisiones. Articulo 33º.- De las Funciones La Oficina de Inteligencia tiene las funciones siguientes: a.- Proporcionar al Ministro de Defensa, la sintesis diaria de inteligencia recepcionada del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas y otros organismos de Inteligencia del Estado. b.- Recepcionar los documentos de Inteligencia y Contrainteligencia provenientes del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, el Consejo Nacional de Inteligencia, de las Instituciones de las Fuerzas Armadas y del Ministerio del Interior. c.- Informar en coordinacion con el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, al titular del Sector, sobre la situacion de la Seguridad y Defensa Nacional. d.- Establecer relaciones de coordinacion con los organismos vinculados con su actividad funcional. e.- Las demas que le asigne el Ministro de Defensa. CAPITULO IV DE LOS ORGANOS DE APOYO Articulo 34º.- De la Oficina de Relaciones Nacionales e Internacionales La Oficina de Relaciones Nacionales e Internacionales es el organo encargado del desarrollo de las relaciones Institucionales del Sector, destinadas a implementar, promover y fortalecer la proyeccion e interaccion del Ministerio de Defensa con sus pares de otros Estados y con las entidades internacionales y nacionales vinculadas a la actividad del Sector Defensa. Articulo 35º.- De las Funciones La Oficina de Relaciones Nacionales e Internacionales tiene las funciones siguientes: a.- Asistir a la Alta Direccion, en el establecimiento, fortalecimiento y mantenimiento de las relaciones del Ministerio de Defensa con sus pares de otros Estados y con las entidades internacionales y nacionales vinculadas a la actividad del Sector Defensa. b.- Establecer relaciones de coordinacion con los organismos publicos y privados, nacionales e internacionales, vinculados con su actividad funcional. c.- Las demas que le asigne el Ministro de Defensa. Articulo 36º.- De la Oficina de Comunicaciones y Prensa La Oficina de Comunicaciones y Prensa es el organo encargado de promover y difundir a traves de los medios de comunicacion social, la actividad institucional del Sector Defensa y la Politica del Estado para la Defensa y Seguridad Nacional. Articulo 37º.- De las Funciones La Oficina de Comunicaciones y Prensa tiene las funciones siguientes: a.- Brindar asesoramiento a la Alta Direccion y demas organos del Ministerio de Defensa en materia de Comunicaciones y Prensa. b.- Difundir las politicas, lineamientos y programas del Sector, a traves de los medios de comunicacion social. c.- Establecer mecanismos que garanticen la provision de informacion veraz y oportuna a la opinion publica, referida a las actividades y gestion del Sector Defensa. d.- Establecer MORDAZA de coordinacion y comunicacion permanente entre los organismos responsables de comunicaciones, prensa y centros de informacion del Sector. e.- Proponer estrategias de imagen institucional, prensa y comunicaciones.

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