Norma Legal Oficial del día 09 de Junio del año 2006 (09/06/2006)


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NORMAS LEGALES

El Peruano viernes 9 de junio de 2006

de la Resolucion Suprema Nº 143-2006-PCM, publicada en la edicion del 30 de MORDAZA de 2006. En el Articulo 2º DICE: Pasajes US$ 1,590.92 DEBE DECIR: Pasajes US$ 1,834.49 10274

AGRICULTURA
Exoneran de procesos de seleccion la contratacion de servicios de Seguridad y Vigilancia y del Programa de Seguros del Ministerio por causal de desabastecimiento inminente
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0480-2006-AG MORDAZA, 6 de junio de 2006 VISTOS: El Oficio Nº 2160-2006-AG-OGA-818-OL, de fecha 5 de junio de 2006, de la Directora General de la Oficina General de Administracion y el Informe Tecnico - Legal Nº 002-2006-AG-OGA-OL, de fecha 5 de junio de 2006, del Director de la Oficina de Logistica y del Asesor Legal de la Oficina General de Administracion; CONSIDERANDO: Que, con fecha 31 de enero de 2005 se suscribio el Contrato Nº 455-2005-AG-OGA, con la empresa PROSEGURIDAD S.A., para la prestacion del Servicio de Seguridad y Vigilancia en la Sede Central y demas locales anexos del Ministerio de Agricultura, por un periodo de doce (12) meses, desde el 1 de febrero de 2005 hasta el 1 de febrero de 2006. Por Contratacion Complementaria de Servicio de Seguridad y Vigilancia suscrita el 1 de febrero de 2006, se determino que el plazo seria de tres meses y quince dias a partir del 2 de febrero de 2006 hasta el 16 de MORDAZA de 2006. Por Addendum a la Contratacion Complementaria de Servicio de Seguridad y Vigilancia suscrita el 16 de MORDAZA de 2006, se preciso que el plazo de la Contratacion Complementaria correspondia al periodo comprendido entre el 2 de febrero hasta el 31 de MORDAZA de 2006; Que, por Resolucion Ministerial Nº 0315-2006-AG de fecha 7 de MORDAZA de 2006, se declaro de oficio, la nulidad del acto de absolucion de consultas y observaciones del Concurso Publico Nº 0002-2006-AG, "Contratacion del Servicio de Seguridad y Vigilancia", retrotrayendo el MORDAZA hasta la etapa de MORDAZA de consultas; debido a que las modificaciones a las Bases aprobadas como consecuencia de las consultas y observaciones absueltas por el Comite Especial, no fue puesto en conocimiento del Titular del Pliego o del funcionario designado para aprobar las Bases; Que, por Resolucion Ministerial Nº 0426-2006-AG de fecha 17 de MORDAZA de 2006, se declaro infundados los recursos de apelacion interpuestos por las Empresas BEMOWI S.A.C. y SERVICIOS GENERALES S.R.L., contra el acto administrativo de integracion de las Bases Administrativas del Concurso Publico Nº 0002-2006-AG, "Contratacion del Servicio de Seguridad y Vigilancia"; Que, en el presente MORDAZA de seleccion se remitio el Expediente al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, CONSUCODE para el pronunciamiento correspondiente a las observaciones no acogidas formuladas por la empresa SUPER SECURITY SISTEMS S.A.C. contra las Bases

Administrativas, emitiendo el Pronunciamiento Nº 1862006/GPN, de fecha 18 de MORDAZA de 2006; situaciones que determinaron la postergacion del termino del Concurso Publico hasta el consentimiento de los actos resolutivos referidos y la imposibilidad de cumplir el Cronograma previsto en las Bases Administrativas del referido Concurso Publico, que preveia otorgar la buena pro el 12 de MORDAZA de 2006, segun el Cronograma del Concurso Publico establecido en las Bases Administrativas integradas; Que, el articulo 19º literal c) del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, establece que estan exoneradas de los procesos de seleccion las adquisiciones y contrataciones que se realicen, en situacion de emergencia o de desabastecimiento inminente declaradas de conformidad con la presente Ley; Que, el articulo 141º del Reglamento de la Ley Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, establece que la situacion de desabastecimiento inminente se configura en los casos senalados en el articulo 21º de la Ley; no encontrandose comprendidas entre estas las adquisiciones o contrataciones para cubrir necesidades complementarias y administrativas de la entidad. La necesidad de los bienes, servicios u obras debe ser actual y urgente para atender los requerimientos inmediatos, no pudiendose invocar la existencia de una situacion de desabastecimiento inminente en supuestos como en via de regularizacion, por periodos consecutivos y que excedan el lapso del tiempo requerido para paliar la situacion y para satisfacer necesidades anteriores a la fecha de aprobacion de la exoneracion al MORDAZA de seleccion; Que, con relacion a la justificacion legal sobre la procedencia de la exoneracion por la causal de situacion de desabastecimiento inminente, se aprecia que se ha producido una situacion extraordinaria e imprevisible en la que, la ausencia del servicio de seguridad y vigilancia de la sede central y locales anexos del Ministerio de Agricultura podria ocasionar danos patrimoniales y personales y compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades que la Entidad tiene a su cargo de manera esencial; lo cual se origino puesto que en el Concurso Publico Nº 0002-2006-AG, se declaro la nulidad del acto de absolucion de consultas y observaciones y se retrotrajo el MORDAZA hasta la etapa de MORDAZA de consultas mediante la Resolucion Ministerial Nº 0315-2006-AG, de fecha 7 de MORDAZA de 2006. Reiniciado el MORDAZA, se remitio el Expediente al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, CONSUCODE para el pronunciamiento correspondiente a las observaciones no acogidas formuladas contra las Bases Administrativas, emitiendo el Pronunciamiento Nº 1862006/GPN, de fecha 18 de MORDAZA de 2006. Asimismo, en forma paralela, se declaro infundados los recursos de apelacion interpuestos por las Empresas BEMOWI S.A.C. y SERVICIOS GENERALES S.R.L., contra el acto administrativo de integracion de las Bases Administrativas mediante la Resolucion Ministerial Nº 0426-2006-AG, de fecha 17 de MORDAZA de 2006; Que, asimismo, existe la necesidad actual y urgente de contar con los servicios inmediatos de seguridad y vigilancia en la sede central y locales anexos del Ministerio de Agricultura, pues conforme lo indica el Informe Tecnico-Legal Nº 002-2006-AG-OGA-OL, encuentra pendiente la conclusion del Concurso Publico Nº 0002-2006-AG y a la fecha no se han llevado a cabo todas las etapas del mismo, sumandose a ello la posibilidad de que se interpongan nuevos recursos impugnatorios, que podrian dilatar mas la celebracion de la contratacion, siendo necesario contratar, por exoneracion los servicios indicados para el desarrollo de las funciones de la entidad por un periodo de tres meses, tiempo que segun lo indicado en el Informe del Visto resultaria suficiente para culminar con el MORDAZA en marcha y estar cubierto ante cualquier eventualidad; Que, el tercer parrafo del articulo 141º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado citado, establece que si el desabastecimiento se ha

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