Norma Legal Oficial del día 10 de Junio del año 2006 (10/06/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 102

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UB

LICA DEL P E

RU

321092
CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

El Peruano sabado 10 de junio de 2006

Que, mediante Informe Nº 011-2006-INC/DPHCR-SDIH la Subdireccion de Investigacion Historica de la Direccion de Patrimonio Historico Colonial y Republica comunica que se ha detectado error material del MORDAZA considerando de la Resolucion Directoral Nacional Nº 106/INC-2006 de fecha 26 de enero de 2006, en el mismo que se ha considerado la palabra "Lampina", debiendo decir "Lampian"; Que, en el inciso 201.1 del articulo 201º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General establece que "los errores material o aritmetico de los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de decision"; Con las visaciones de la Direccion de Gestion, la Direccion de Registro y Estudio del Patrimonio Historico y la Oficina de Asuntos Juridicos; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion; Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE: Articulo Unico.- RECTIFICAR el primer parrafo del MORDAZA considerando de la Resolucion Directoral Nacional Nº 106/INC de fecha 26 de enero de 2006 el cual queda redactado de la siguiente manera: "... que la evaluacion historica senala que se trata de un complejo religioso, compuesto por la Iglesia y cuatro capillas posas (una de ellas antigua, aunque no es posible datarla, una muy intervenida y dos reconstruidas), esta asociado a la antigua reduccion y doctrina indigena colonial del mismo nombre nacida en el siglo XVI y luego convertido en anexo de la doctrina de Lampian". Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA LUMBRERAS MORDAZA Director Nacional 10220

- Dice: Articulo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nacion al sitio arqueologico Alto de los Mores, ubicado en el distrito La MORDAZA, provincia de Sechura, departamento de MORDAZA, debe decir: Articulo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nacion al sitio arqueologico Alto de los Mores, ubicado en el distrito La MORDAZA, provincia de MORDAZA, departamento de Piura; Que, el inciso 1º del Articulo 201 de la Ley Nº 27444 Ley de Procedimiento Administrativo General, establece que los errores material o aritmetico en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decision; Con la visacion de la Oficina de Asuntos Juridicos; De conformidad con la Ley Nº 28296, Ley General de Patrimonio Cultural de la Nacion; Decreto Supremo Nº 0172003-ED que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Rectificar el error material detectado en el numero de oficio que genera el pedido de declaratoria como Patrimonio Cultural de la Nacion y en la ubicacion de la provincia del sitio arqueologico Alto de los Mores, senalado en el Articulo 1º de la Resolucion Directoral Nacional Nº 192/INC de fecha 3 de febrero de 2006, el mismo que quedara redactado de la siguiente manera: "VISTO, el Oficio Nº 031-2006/INC.DRC-PIURA de fecha 13 de enero de 2006, del Lic. MORDAZA MORDAZA Chaparro MORDAZA, Director del Instituto Nacional de Cultura Piura"; "Articulo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nacion al sitio arqueologico Alto de los Mores, ubicado en el distrito La MORDAZA, provincia de MORDAZA, departamento de Piura". Articulo 2º.- Ratificar los demas extremos de la Resolucion Directoral Nacional Nº 192/INC de fecha 3 de febrero de 2006. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA LUMBRERAS MORDAZA Director Nacional

RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 814/INC MORDAZA, 25 de MORDAZA de 2006 VISTO, el Oficio Nº 061-2006-MDLA/A de fecha 27 de marzo de 2006 del senor MORDAZA Macalupu MORDAZA - MORDAZA de la Municipalidad Distrital La MORDAZA, provincia de MORDAZA, departamento de Piura; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el oficio del visto el senor MORDAZA Macalupu MORDAZA - MORDAZA de la Municipalidad Distrital La MORDAZA, provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA, solicita la rectificacion de la R.D.N. Nº 192/INC de fecha 3 de febrero de 2006: - Dice: Articulo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nacion al sitio arqueologico Alto de los Mores, ubicado en el distrito La MORDAZA, provincia de Sechura, departamento de MORDAZA, debiendo decir: Articulo 1º.Declarar Patrimonio Cultural de la Nacion al sitio arqueologico Alto de los Mores, ubicado en el distrito La MORDAZA, provincia de MORDAZA, departamento de Piura; Que, con Informe Nº 390-2006-INC-DREPH-DA/ SDIC/JHVL de fecha 20 de MORDAZA de 2006, la Subdireccion de Investigacion y Catastro, ha revisado la Resolucion Directoral Nacional Nº 192/INC de fecha 3 de febrero de 2006, detectando el error material siguiente: - Dice: VISTO, el Oficio Nº 013-2006/INC.DRC-PIURA de fecha 13 de enero de 2006, del Lic. MORDAZA MORDAZA Chaparro MORDAZA, Director del Instituto Nacional de Cultura MORDAZA, debe decir : VISTO, el Oficio Nº 031-2006/ INC.DRC-PIURA ...

10224 RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 815/INC MORDAZA, 25 de MORDAZA de 2006 VISTA, la solicitud de fecha 6 de marzo de 2006 del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Distrital Fundicion Tinyahuarco; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la solicitud del visto el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Distrital Fundicion Tinyahuarco, solicita la rectificacion del Articulo 1º la R.D.N. 1121/INC de fecha 18 de agosto de 2005, en lo que respecta a la ubicacion del distrito del sitio arqueologico Marcapunta; Que, con Informe Nº 396-2006-INC/DREPH/DA/SDICJARG de fecha 21 de MORDAZA de 2006, la Subdireccion de Investigacion y Catastro, ha revisado los planos del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica que reconoce los limites distritales y realizando la georeferenciacion se ha comprobado que el sitio arqueologico Marcapunta se ubica en el distrito de Fundicion de Tinyahuarco, provincia y departamento de Pasco; Que, el inciso 1º del Articulo 201 de la Ley Nº 27444 Ley de Procedimiento Administrativo General, establece que los errores material o aritmetico en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decision;

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