Norma Legal Oficial del día 10 de Junio del año 2006 (10/06/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 118

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321108

NORMAS LEGALES

El Peruano sabado 10 de junio de 2006

Articulo Primero.- APROBAR el Reglamento del MORDAZA del Presupuesto Participativo del Ano Fiscal 2007, que constituye el documento tecnico de orientacion para el MORDAZA en la jurisdiccion del Gobierno Regional de MORDAZA, cuyo texto adjunto forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional la publicacion de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando se registre, comunique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 10264

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Ratifican 86 derechos correspondientes a 66 procedimientos administrativos contenidos en el MORDAZA de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA
ACUERDO DE CONCEJO Nº 185 MORDAZA, 18 de MORDAZA de 2006 Visto en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 18 de MORDAZA del ano en curso el Oficio Nº 001-090-00003361 del Ser vicio de Administracion Tributar ia - SAT, proponiendo al Pleno del Concejo la ratificacion de la Ordenanza Nº 009-2004-MDSL, modificada por la Ordenanza Nº 032-MDSL mediante la cual se aprueban los derechos (tributos) por los procedimientos administrativos que brinda la Municipalidad Distrital de San Luis. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades, las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las Municipalidades Distritales deben ser ratificadas por las Municipalidades Provinciales de su circunscripcion para su entrada en vigencia y exigibilidad. Que, mediante Oficio Nº 218-2005-MDSL (17.06.05) complementado mediante Oficios Nºs.141-2005-MDSLSG (6.4.2005) y 390-2005-MDSL-SG (25.8.2005), la Municipalidad Distrital de San MORDAZA reingreso su solicitud de ratificacion de la Ordenanza Nº 009-2004-MDSL, modificada por la Ordenanza Nº 032-MDSL, mediante la cual se aprueban los derechos contenidos en su Texto Unico de Procedimientos Administrativos institucional. Que, por otra parte, es importante precisar que la Ley del Procedimiento Administrativo General, considera a los MORDAZA como documentos recopiladores de procedimientos, requisitos o derechos de las entidades de la Administracion Publica que hayan sido previamente creados por otras normas y, por tanto, no constituyen instrumentos legales idoneos para la creacion de tributos. Siendo ello asi, en sentido estricto no corresponde la ratificacion de los MORDAZA por parte de la Municipalidad Provincial, sino los derechos que dicho documento contiene. Que, en atencion a ello, el presente procedimiento de ratificacion versa sobre la evaluacion tecnica y legal respecto de derechos establecidos por los procedimientos administrativos aprobados por la Municipalidad Distrital de San MORDAZA mediante la Ordenanza Nº 009-2004-MDSL, modificada por la Ordenanza Nº 032-MDSL. Que, finalmente cabe mencionar que la presente solicitud de ratificacion ha sido tramitada y evaluada

segun las disposiciones establecidos en la Ordenanza Nº 607, de conformidad con lo dispuesto en la Sexta Disposicion Final de la referida Ordenanza que dispone su aplicacion respecto de las solicitudes de ratificacion de Ordenanzas que aprueben derechos administrativos ingresados a partir del 1 de MORDAZA de 2004. Que, el analisis efectuado por el Servicio de Administracion Tributaria - SAT, comprende el aspecto juridico de los derechos por los procedimientos establecidos. En tal sentido, corresponde evaluar si los mismos fueron establecidos de acuerdo con lo siguiente: i) las facultades y limitaciones para el establecimiento de derechos; ii) los criterios legales para la determinacion del monto del derecho; iii) observancia de las formalidades para su publicacion y vigencia. Que, en lo que respecta a la potestad tributaria de las Municipalidades, los articulos 74º y 195º de la Constitucion Politica establecen la facultad de las Municipalidades para aprobar, crear, modificar y suprimir tributos. En el mismo sentido, el articulo Nº 60º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, establece la potestad municipal para crear, modificar y suprimir tributos. Que, conforme puede apreciarse de las normas indicadas, las Municipalidades tienen la potestad de crear, modificar o extinguir tributos de su competencia, es decir, contribuciones y tasas, encontrandose dentro de estas ultimas los derechos administrativos. Que, asimismo, la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario establece que la Ordenanza constituye el instrumento legal idoneo para la creacion de tributos municipales entre ellos los derechos administrativos. Que, en el presente caso, la Municipalidad Distrital de San MORDAZA, mediante Ordenanza Nº 009-2004-MDSL, modificada por la Ordenanza Nº 032-MDSL, aprobo los derechos por los procedimientos administrativos que brinda su comuna y que se encuentran contenidos en su Texto Unico de Procedimientos Administrativos. En ese sentido, toda vez que la solicitud de ratificacion tiene un contenido tributario corresponde se efectue el pronunciamiento respectivo, mas aun, si la referida Municipalidad aprobo los mencionados tributos a traves del instrumento legal idoneo. Que, teniendo en cuenta la normativa MORDAZA senalada y que para el caso de la provincia de MORDAZA el Concejo Metropolitano, mediante Edicto Nº 227, otorgo al Servicio de Administracion Tributaria - SAT, la facultad de emitir opinion tecnica acerca de las Ordenanzas que sobre la materia tributaria hubieren aprobado las Municipalidades Distritales y que MORDAZA sometidas a la ratificacion del Concejo Metropolitano de MORDAZA, es que el Servicio de Administracion Tributaria - SAT con Oficio Nº 001-090-00003361 recibido el 12.5.2006, remite el expediente de ratificacion de la Ordenanza Nº 009-2004-MDSL, modificada por la Ordenanza Nº 032-MDSL, mediante la cual se aprueban los derechos (tributos) por los procedimientos administrativos contenidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos que brinda la Municipalidad Distrital de San MORDAZA, conjuntamente con el Informe Nº 004-082-00000477 elaborado por la Gerencia de Asuntos Legales del Servicio de Administracion Tributaria - SAT. Que, en el Informe Nº 004-082-00000477 elaborado por la Gerencia de Asuntos Legales del Servicio de Administracion Tributaria - SAT, se expone que los 86 derechos por los procedimientos administrativos contenidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA, aprobado por la Ordenanza Nº 009-2004-MDSL, modificada por la Ordenanza Nº 032-MDSL, y que aparecen detallados en el Anexo Nº 1, han sido establecidos de conformidad con las normas que definen las competencias municipales y la simplificacion administrativa. Que asimismo, en la Ordenanza Nº 009-2004-MDLS, modificada por la Ordenanza Nº 032-MDSL, se han establecido derechos de tramite que no estan conforme a las diversas disposiciones senaladas en el ordenamiento legal vigente, por lo que la presente ratificacion no alcanza a los derechos siguientes: - El derecho de tramite por concepto de "celebracion de matrimonio comunitario" establecido en el procedimiento 9 de la Unidad de Registro Civil - Secretaria General.

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