Norma Legal Oficial del día 17 de Marzo del año 2006 (17/03/2006)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 17 de marzo de 2006

Que, en el presente caso, existen indicios razonables de que el concesionario AFORLAP S.A.C., habria incurrido en las causales de caducidad del derecho de concesion senaladas en el considerando vigesimo octavo de la presente resolucion, por lo que, resulta necesario adoptar las medidas cautelares que aseguren la eficacia de la resolucion a emitir; De conformidad con lo establecido en la Ley Forestal y de Fauna MORDAZA, Ley Nº 27308 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-2001-AG; con la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444; con el Reglamento de Organizacion y Funciones del INRENA, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2003-AG, modificado por el Decreto Supremo Nº 004-2005-AG; y con el Reglamento para la determinacion de infracciones, imposicion de sanciones y declaracion de caducidad del derecho de aprovechamiento en los Contratos de Concesion Forestal con Fines Maderables, aprobado por Resolucion Jefatural Nº 147-2005-INRENA; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Iniciar al concesionario Agrupacion Forestal Rio las Piedras S.A.C. - AFORLAP S.A.C., con Contrato de Concesion Forestal con Fines Maderables Nº 17-TAM/C-J-014-03, el procedimiento administrativo unico, previsto en la Resolucion Jefatural Nº 147-2005INRENA, por la presunta infraccion a la legislacion forestal y de fauna MORDAZA, tipificada en los literales a), c) y d) del articulo 18º de la Ley Forestal y de Fauna MORDAZA, Ley Nº 27308, concordante con lo establecido en los literales b), e) y f) del articulo 91º-A del Reglamento de la Ley Forestal y de Fauna MORDAZA, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-2001-AG, cuya comision conlleva a la declaracion de caducidad del derecho de concesion forestal con fines maderables otorgado; asi como por contravenir lo dispuesto en los literales i), m), q), t), y w) del articulo 363º del acotado Reglamento, correspondiendole la aplicacion de las sanciones previstas en los articulos 365º y 366º del mismo. Articulo 2º.- Otorgar al concesionario AFORLAP S.A.C., un plazo de 5 (cinco) dias habiles, contados a partir de la fecha de notificacion, para que presente los descargos que considere pertinentes. Articulo 3º.- Dictar la medida cautelar suspendiendo los efectos del Plan de Manejo Forestal para la Zafra Excepcional, aprobado mediante Resolucion Administrativa Nº 270-2004-INRENA-ATFFS-TAMMANU, del Plan de Manejo Forestal Complementario para la Zafra Excepcional aprobado mediante Resolucion Administrativa Nº 101-2005-INRENA-ATFFSTAHUAMANU; y del Plan Operativo Anual de la MORDAZA zafra, aprobado mediante Resolucion de Intendencia Nº 360-2005-INRENA-IFFS; debiendo la Intendencia Forestal y de Fauna MORDAZA, y la Administracion Tecnica Forestal y de Fauna MORDAZA Tambopata-Manu, abstenerse de aprobar el Plan Operativo Anual de la tercera zafra, mientras dure el presente procedimiento. Articulo 4º.- Igualmente, suspendanse los efectos de las Guias de Transporte Forestal de productos al estado natural, registradas en el INRENA, para la movilizacion de los saldos de los volumenes autorizados, tanto en el Plan de Manejo Forestal para la Zafra Excepcional, como en el Plan de Manejo Forestal Complementario para la Zafra Excepcional, del Plan Operativo Anual para la MORDAZA Zafra, ordenandose al concesionario AFORLAP S.A.C., se abstenga de utilizar las mismas, para la movilizacion de los referidos volumenes. Articulo 5º.- Asimismo, suspendase la entrega de Guias de Transporte Forestal de productos forestales transformados, por los saldos de los volumenes aprobados en el Plan de Manejo Forestal para la zafra excepcional, en el Plan de Manejo Forestal Complementario para la Zafra Excepcional, y en el Plan Operativo Anual para la MORDAZA zafra, provenientes de la concesion de la empresa AFORLAP S.A.C. Articulo 6º.- Encargar a la Intendencia Forestal y de Fauna MORDAZA para que a traves de las Administraciones Tecnica Forestal y de Fauna MORDAZA, ejecute lo dispuesto en la presente resolucion, procediendo a inmovilizar cualquier producto forestal proveniente de la referida concesion, amparado con Guias de Transporte Forestal de productos al estado natural o de productos forestales transformados, de acuerdo a lo dispuesto en el literal b) del articulo 369º del Reglamento de la Ley

Forestal y de Fauna MORDAZA, quedando a salvo los derechos de terceros, quienes podran acreditar sus derechos ante dichos organos, siempre que estos hayan sido obtenidos con anterioridad al inicio del presente procedimiento administrativo unico. Articulo 7º.- Encargar a la Unidad de Supervision, Evaluacion y Control de la OSINFOR que realice una supervision a las parcelas de corta anual correspondientes al Plan de Manejo Forestal para la Zafra Excepcional, al Plan de Manejo Forestal Complementario para la Zafra Excepcional y al POA 2005-2006, del contrato de concesion a que hace referencia el articulo 1º de la presente Resolucion, para lo cual el mencionado concesionario debera prestar las facilidades que correspondan para el desarrollo de dicha diligencia. Articulo 8º.- Notificar la presente resolucion a la Intendencia Forestal y de Fauna MORDAZA, para que MORDAZA conocimiento de la misma y adopte las medidas necesarias. Articulo 9º.- La documentacion dirigida a la OSINFOR debera ser presentada ante la Administracion Tecnica Forestal y de Fauna MORDAZA de Tambopata-Manu, quien actuara como Mesa de Partes, en el presente procedimiento administrativo unico. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gerente (e) de la Oficina de Supervision de las Concesiones Forestales Maderables 04932

MINCETUR
Autorizan viaje de profesional para participar en la Feria Internacional de Turismo "MITT 2006" que se realizara en la Federacion de Rusia
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 061-2006-MINCETUR/DM MORDAZA, 22 de febrero de 2006 Vista la Carta Nº C.73.2006/PP.GG de la Gerente General de la Comision de Promocion del Peru PromPeru; CONSIDERANDO: Que, acorde con sus funciones, PromPeru tiene previsto participar en la Feria Internacional de Turismo "MITT 2006", a llevarse a cabo del 22 al 25 de marzo de 2006, en la MORDAZA de Moscu, Federacion de Rusia, evento que permitira exponer el producto turistico peruano ante los profesionales de turismo y publico en general, actividad que contribuira al logro de los fines institucionales; Que, dada la importancia de la feria mencionada en el considerando anterior, la Gerente General de PromPeru solicita se autorice el viaje del senor MORDAZA MORDAZA Ramsay MORDAZA, profesional que presta servicios en la Gerencia de Turismo Receptivo, para participar en dicha feria, con la finalidad de desarrollar diversas actividades vinculadas a la promocion turistica; Contando con la visacion de la Gerencia de Planificacion, Presupuesto y Desarrollo, la Gerencia de Administracion y Finanzas, la Gerencia Legal y la Gerencia General de PromPeru; De conformidad con lo dispuesto por las Leyes Nºs. 27790, 27619, 28652 modificada por Decreto de Urgencia Nº 002-2006, Decreto Supremo Nº 012-2003MINCETUR y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje a la MORDAZA de Moscu, Federacion de Rusia, del senor MORDAZA MORDAZA Ramsay MORDAZA, profesional que presta servicios en la Gerencia de Turismo Receptivo, para que en representacion de la entidad participe en la Feria "MITT 2006", del 18 al 27 de marzo de 2006.

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