Norma Legal Oficial del día 22 de Marzo del año 2006 (22/03/2006)


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RESOLUCION MINISTERIAL Nº 189-2006-MIMDES MORDAZA, 21 de marzo de 2006

NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 22 de marzo de 2006 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 190-2006-MIMDES

MORDAZA, 21 de marzo de 2006 Vistos, el Informe Nº 1156-2005-MIMDES-PRONAA/ DE de la Directora Ejecutiva del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA, y el Informe Nº 2242004-DE/PRONAA del ex Director Ejecutivo del PRONAA. CONSIDERANDO: Que, la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, presento al PRONAA su Curriculum Vitae, senalando tener el Grado Academico de Bachiller en Contabilidad, egresada de la Facultad de Ciencias Contables de la Universidad MORDAZA Garcilaso de la MORDAZA, por el cual fue contratada por la citada Institucion para desempenar un cargo tecnico y posteriormente promovida a un cargo profesional, durante el periodo comprendido entre el 15 de octubre de 2001 hasta el 30 de MORDAZA de 2004; Que, el Jefe de la Unidad de Personal del PRONAA, mediante Carta Nº 021-2004-UPER-OAD-PRONAA de fecha 27 de MORDAZA de 2004, solicito al Rector de la Universidad MORDAZA Garcilaso de la MORDAZA, informacion sobre la veracidad del Grado Academico de Bachiller en Contabilidad otorgado a la senora MORDAZA MORDAZA Flores; en respuesta a lo solicitado el Secretario General de la citada Universidad, mediante Oficio Nº 324-04-SG-UIGV de fecha 21 de MORDAZA de 2004, informo que la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA no ostenta el Grado Academico de Bachiller en Contabilidad de la Facultad de Ciencias Contables, indicando ademas, que la mencionada persona solo estudio hasta el Tercer Ciclo, siendo su ultimo Semestre Academico el ano 1986-2; Que, asimismo en la Observacion 1, numeral 1.2 del Informe Nº 017-2004-2-4411, de fecha 16.11.04 emitido por la Oficina de Auditoria Interna del PRONAA, se determino que la contratacion de la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, se efectuo irregularmente, sin evidenciarse la existencia de terna propuesta, ni documento que detalle el perfil y las actividades a realizar en el desempeno del cargo de Tecnico en Programas Alimentarios, y posteriormente promovida a la categoria de Profesional B sin reunir los requisitos de poseer Titulo profesional; Que, por lo expuesto se evidencia que la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, intencionalmente falseo la verdad al manifestar en su Curriculum Vitae, presentado al PRONAA tener el Grado Academico de Bachiller en Contabilidad, egresada de la Facultad de Ciencias Contables de la Universidad MORDAZA Garcilaso de la MORDAZA, con el proposito de enganar a la Institucion para ser contratada y desempenar un cargo profesional, y asi percibir una remuneracion de nivel profesional, cuando en realidad no le correspondia por carecer de Grado Academico Profesional, con lo cual ocasiono un perjuicio economico a la Institucion, conforme a la documentacion sustentatoria adjunta a los Informes Nºs. 1156-2005MIMDES-PRONAA/DE de la Directora Ejecutiva del PRONAA y 169-2005-MIMDES-PRONAA/UAD del Gerente de la Unidad Administrativa, de los cuales se determina un perjuicio economico ascendente a la suma de S/.132,342.46 (Ciento Treinta y Dos Mil Trescientos Cuarenta y Dos y 46 /100 Nuevos Soles); Que, en tal sentido existen indicios razonables de la presunta comision del Delito de Falsedad Generica, tipificado en el articulo 438º del Codigo Penal, imputable a la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por haber emitido una falsa declaracion respecto a su Grado Academico Profesional; Que, en consecuencia es necesario autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, para que en representacion de los intereses del Estado, inicie e impulse las acciones judiciales que correspondan contra la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA y contra los que resulten responsables; Con la opinion favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica del MIMDES, contenida en el Informe Nº 348-2006-MIMDES/OGAJ;

Visto, el Memorando Nº 286-2005-MIMDES-DM de la Ministra de la Mujer y Desarrollo Social y el Memorando Nº 701-2005-MIMDES/SG de la Secretaria General del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social; CONSIDERANDO: Que, el Informe Especial Nº 001-2005-PATPAL/OCI "Irregularidades en la Adquisicion de un Software "Sistema Integrado de Administracion" por S/. 55,000.00" emitido por el Organo de Control Institucional del Patronato del MORDAZA de las Leyendas - MORDAZA MORDAZA MORDAZA, se genera como consecuencia del Examen Especial practicado al MORDAZA de Adquisiciones de Bienes y Servicios, Control de Existencias y Activos Fijos del 1 de MORDAZA del 2003 al 30 de junio del 2004; Que, el citado Informe Especial determino el incumplimiento y/o la omision de las obligaciones funcionales y/o contractuales de los ex funcionarios involucrados al haber participado dando la conformidad del servicio prestado, esencial para que se efectue el pago, sin haber contado con un Informe Tecnico sobre la operatividad del software "Sistema Integrado de Administracion" , no habiendo cumplido con el articulo 137º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001PCM que, al no haberse encontrado operativo en su funcionabilidad ha ocasionado perjuicio economico ascendente a S/. 55,000.00 Nuevos Soles, por lo que se encuentran sujetos a la obligacion indemnizatoria prevista en el articulo 1321º del Codigo Civil; Que, asimismo el Informe Especial determino la presunta responsabilidad penal, por haber autorizado pagos omitiendose efectuar las verificaciones del funcionamiento del software, conforme se encuentra tipificado en el articulo 377º del Codigo Penal; Que, el literal f) del articulo 15º de la Ley Nº 27785, establece que los Informes resultantes de las acciones de control constituyen prueba pre-constituida para el inicio de las acciones legales a que hubiera lugar; Que, en consecuencia resulta necesario autorizar al Procurador Publico del MIMDES, para que inicie las acciones judiciales correspondientes; Con la opinion favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica del MIMDES contenida en el Informe Nº 360-2006-MIMDES/OGAJ; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, la Ley Nº 27793 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, el Reglamento de Organizacion y Funciones del MIMDES aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2004-MIMDES, y el Decreto Ley Nº 17537 - Ley de Representacion y Defensa del Estado en asuntos judiciales, modificado por el Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, para que en representacion y defensa de los intereses del Estado inicie e impulse las acciones judiciales que correspondan contra las personas comprendidas en el Informe Especial Nº 0012005-PATPAL/OCI y contra aquellos que resulten responsables, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion, asi como los antecedentes del caso, al Procurador Publico del MIMDES para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ROMERO-LOZADA L. Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 05252

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