Norma Legal Oficial del día 05 de Mayo del año 2006 (05/05/2006)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 142

Pag. 318132

NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 5 de MORDAZA de 2006

Para efecto de la convocatoria a sesiones ordinarias y/o extraordinarias, previo a los cinco dias de reglamento, de requerirse informes a la Administracion o presencia de algun funcionario a sustentar algun punto de interes, la presidenta de la Junta de Delegados Vecinales Comunales solicitara al Despacho de Alcaldia la MORDAZA de los informes y/o presencia de funcionarios a la Sesion; para lo que se considerara los plazos para los actos procedimentales previstos en el articulo 132º de la Ley Nº 27444 - Ley de Procedimiento Administrativo General". Articulo Segundo.- Modifiquese el ultimo parrafo del articulo 10º del Reglamento Interno de la Junta de Delegados Vecinales Comunales de San MORDAZA, aprobado por Decreto de Alcaldia Nº 012-2005-MSB-A, el cual queda redactado acorde al texto siguiente: "Las actas contendran el resumen de los debates, dejando MORDAZA de las intervenciones de quienes asi lo soliciten y de los Acuerdos aprobados. Se llevaran en un Libro de Actas debidamente autorizado por el Secretario General del Concejo". Articulo Tercero.- Modifiquese el articulo 25º del Reglamento Interno de la Junta de Delegados Vecinales Comunales de San MORDAZA, aprobado por Decreto de Alcaldia Nº 012-2005-MSB-A, el cual queda redactado acorde al texto siguiente: "Articulo 25º.- De la finalidad de las Comisiones de Trabajo. Las Comisiones de Trabajo son organos consultivos de la JDVC cuya finalidad es encargarse de organizar y consolidar tematicamente las propuestas y las problematicas que son recepcionadas de los miembros de la JDVC; y la de generar propuestas a traves de dictamenes en todos aquellos asuntos de su competencia; que luego deben ser aprobados mediante acuerdo, en sesion de la JDVC. Los proyectos o propuestas aprobadas en sesion de JDVC seran elevados a consideracion del titular del pliego por la Secretaria de la JDVC, en consideracion a que la JDVC no ejerce funciones ejecutivas ni actos de gobierno. Los presidentes de comisiones podran hacer seguimiento de sus propuestas coordinando directamente con las areas acorde a la tematica del proyecto. Las comisiones, a traves de su presidente deberan presentar informe de cumplimiento de metas de los planes de trabajo al primer y MORDAZA semestre, en sesion extraordinaria que, oportunamente convocara la presidencia." Articulo Cuarto.- Modifiquese el articulo 26º del Reglamento Interno de la Junta de Delegados Vecinales Comunales de San MORDAZA, aprobado por Decreto de Alcaldia Nº 012-2005-MSB-A, el cual queda redactado acorde al texto siguiente: "Articulo 26º.- Del Ambito, Funciones y Constitucion de las Comisiones de Trabajo. Cada una de las Comisiones de Trabajo desarrollaran sus actividades en el ambito de las funciones establecidas para la JDVC, y se constituyen en las siguientes: a) Comision de gastos de inversion: concentra y proponer la prioridad de gastos de inversion dentro del distrito. b) Comision de planes de desarrollo municipal.Fiscaliza la ejecucion de los planes de desarrollo municipal. c) Comision de salubridad: propone las politicas de salubridad del distrito. d) Comision de Seguridad Ciudadana: apoya la seguridad ciudadana del distrito. e) Comision de Servicios Publicos y Obras Municipales: apoya al mejoramiento de la calidad de servicios publicos y la ejecucion de obras municipales. f) Comision de deporte y cultura: organiza los torneos y competencias vecinales y escolares del distrito en el ambito deportivo y cultural". Articulo Quinto.- Modifiquese el articulo 27º del Reglamento Interno de la Junta de Delegados Vecinales

Comunales de San MORDAZA, aprobado por Decreto de Alcaldia Nº 012-2005-MSB-A, el cual queda redactado acorde al texto siguiente: "Articulo 27º.- De la conformacion de las Comisiones de Trabajo. Las Comisiones de Trabajo tienen caracter permanente, seran definidas mediante Acuerdo, en la primera Sesion Ordinaria de instalacion de la JDVC. Su conformacion es de seis (6) miembros. En cada Comision de Trabajo habra un presidente, un vicepresidente y un secretario. Las Comisiones de Trabajo deberan estar integradas por delegados que representen a diferentes subsectores. La determinacion de la conformacion de las Comisiones de Trabajo se efectuara mediante la MORDAZA de listas, la que se sometera a consideracion para aprobacion mediante Acuerdo". Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 08078

Designan Procurador Publico de la Municipalidad
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 098-2006-MSB-A San MORDAZA, 25 de MORDAZA de 2006 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA CONSIDERANDO: Que, la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, dispone en su articulo 29º que la representacion y defensa de los intereses y derechos de las municipalidades en juicio, se ejercitan a traves del Organo de Defensa Judicial, conforme a ley, el cual esta a cargo del Procurador Publico Municipal y el personal de apoyo que se requiera; determina asimismo, que el Procurador Publico Municipal es un funcionario designado por el MORDAZA, con dependencia administrativa de la Municipalidad, y funcional y normativamente del Consejo de Defensa Judicial del Estado; Que, mediante Ordenanza Nº 289-MSB publicada el 31 de enero del 2004, se aprueba la Estructura Organica y el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Municipalidad de San Borja; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 012-2004MSB-C, publicado el 30 de enero del 2004, se aprueba el Cuadro de Asignacion de Personal de la Municipalidad de San Borja; Que, se encuentra vacante el cargo de confianza de Procurador Publico Municipal de la Municipalidad de San Borja; En uso de las facultades conferidas en el inciso 6) y 17) del articulo 20º de la Ley Nº 27972; de conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 17537, Ley de Representacion y Defensa del Estado en Juicio, Ordenanza Nº 289-MSB que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Municipalidad de San MORDAZA, y con el visto MORDAZA de la Gerencia Municipal; RESUELVE: Articulo Primero.- Designar a partir del 1 de MORDAZA del 2006, al Abog. MORDAZA ERMITANO MORDAZA MORDAZA, en el cargo de confianza de Procurador Publico Municipal de la Municipalidad de San MORDAZA, correspondiendole la categoria de Funcionario, Nivel 1. Articulo Segundo.- Encargar a la Jefatura de Recursos Humanos el cumplimiento de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 07885

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.