Norma Legal Oficial del día 05 de Mayo del año 2006 (05/05/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

MORDAZA, viernes 5 de MORDAZA de 2006

NORMAS LEGALES

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- Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia - Direccion General de Asuntos Ambientales de Pesqueria - Direccion General de Industria ORGANISMOS PUBLICOS DESCENTRALIZADOS - Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero FONDEPES - Instituto MORDAZA del Peru - IMARPE - Instituto Tecnologico Pesquero del Peru - ITP - Centro de Entrenamiento Pesquero de Paita - CEP Paita CAPITULO II DE LA ALTA DIRECCION Articulo 10º.- De la Alta Direccion La Alta Direccion es el MORDAZA nivel de decision del Ministerio de la Produccion. Esta integrada por el Despacho Ministerial, el Despacho Viceministerial de Pesqueria, el Despacho Viceministerial de Industria y la Secretaria General. DEL DESPACHO MINISTERIAL Articulo 11º.- Del Ministro El Ministro de la Produccion es la mas alta autoridad politica y administrativa del Sector Produccion, es el Titular del Portafolio y del Pliego Presupuestal. Es el representante legal del Ministerio y representante titular del Peru ante la Organizacion de las Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial (ONUDI) y otros organismos internacionales vinculados a las actividades de los subsectores pesqueria e industria. Sus funciones son: a) Formular, aprobar, dirigir, supervisar y evaluar las politicas nacionales del Sector Produccion, en MORDAZA con la politica general del Estado y los planes de gobierno; b) Coordinar con los organismos de la administracion publica, entidades u organizaciones del sector privado y la sociedad civil, las actividades vinculadas al ambito de competencia del Sector Produccion; c) Formular y proponer politicas y normas de proteccion ambiental y aprovechamiento sostenible de los recursos naturales en el desarrollo de las actividades comprendidas en el ambito del Sector Produccion, en el MORDAZA del Sistema Nacional de Gestion Ambiental; d) Negociar y suscribir acuerdos relacionados con las actividades del Sector Produccion o aquellos que le MORDAZA expresamente encargados; e) Dirigir y supervisar las actividades de los organos del Ministerio, asi como de los Organismos Publicos Descentralizados Sectoriales, Comisiones Sectoriales, Comisiones Multisectoriales y Proyectos; f) Supervisar la aplicacion de la politica y el cumplimiento de la normatividad sectorial de alcance nacional por parte de los Gobiernos Regionales y Locales, asi como mantener relaciones de coordinacion con estos; g) Designar y/o remover a los titulares de los Organismos Publicos Descentralizados adscritos al Sector; designar a los representantes del Ministerio ante cualquier Comision, Consejo Directivo, Proyecto, Directorio, asi como supervisar sus actividades; h) Designar y/o remover a los titulares de cargos de confianza del Ministerio; i) Ejercer la representacion legal del Ministerio, asi como resolver en MORDAZA instancia administrativa los recursos interpuestos, cuando corresponda; j) Expedir resoluciones ministeriales de conformidad a normas legales vigentes, asi como visar y refrendar los dispositivos legales en el ambito de su competencia; k) Aceptar las donaciones en el ambito de su competencia, segun corresponda, de acuerdo a ley; l) Delegar las facultades y atribuciones que no MORDAZA privativas de su cargo; y, m) Las demas atribuciones que la Ley establezca, asi como aquellas que le encomiende el Presidente de la Republica. Articulo 12º.- Asesores de Alta Direccion El Despacho Ministerial podra contar con asesores

especializados para el analisis de la politica y de las actividades que le compete al Ministerio, asi como para la elaboracion de estudios y emision de dictamenes sobre diversos aspectos de gestion en el ambito sectorial. DE LOS DESPACHOS VICEMINISTERIALES Articulo 13º.- De los Despachos Viceministeriales de Pesqueria y de Industria El Ministerio de la Produccion cuenta con dos Despachos Viceministeriales, el de Pesqueria y el de Industria, que tienen como ambito los subsectores de pesqueria e industria, respectivamente. Articulo 14º.- De los Viceministros de Pesqueria y de Industria Los Viceministros de Pesqueria y de Industria son las autoridades inmediatas al Ministro, les corresponde orientar, ejecutar y super visar, por encargo y en coordinacion con el Ministro, la aplicacion de las politicas y el cumplimiento de las normas de alcance nacional de los subsectores de pesqueria e industria, segun corresponda, y la direccion de las actividades de los organos de linea del Ministerio, de los Organismos Publicos Descentralizados, de las Comisiones Sectoriales, de las Comisiones Multisectoriales y de los Proyectos que estan dentro de sus ambitos. Representan al Ministro en los actos y gestiones que este les encomiende. DEL DESPACHO VICEMINISTERIAL DE PESQUERIA Articulo 15º.- Del Viceministro de Pesqueria El Viceministro de Pesqueria es la autoridad inmediata al Ministro de la Produccion en el subsector pesqueria; formula, orienta, ejecuta, supervisa y evalua por encargo y en coordinacion con el Ministro, la aplicacion de las politicas y el cumplimiento de las normas del subsector pesqueria, las mismas que comprenden las actividades de extraccion, transformacion y cultivo pesquero de recursos hidrobiologicos marinos y de aguas continentales, velando por el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales y la proteccion del ambiente. Dirige los organos del Ministerio, Proyectos, Comisiones Sectoriales y Comisiones Multisectoriales que esten dentro del ambito del subsector pesqueria; orienta y supervisa las actividades de los Organismos Publicos Descentralizados del subsector pesqueria; asi como supervisa la aplicacion de las politicas y el cumplimiento de las normas de alcance nacional del subsector pesqueria por parte de los Gobiernos Regionales, de acuerdo con las directivas impartidas por el Ministro y en concordancia con la normatividad vigente sobre el MORDAZA de Descentralizacion. Sus funciones son: a) Promover, normar, dirigir, coordinar, ejecutar, controlar, super visar y evaluar el cumplimiento, seguimiento, control y vigilancia de las politicas del subsector pesqueria relacionadas con el desarrollo de las actividades de extraccion, procesamiento y acuicultura, emitiendo las disposiciones y directivas para su cumplimiento; asi como fomentar su desarrollo e incremento de competitividad; b) Promover y orientar la investigacion cientifica y tecnologica, como herramienta para mejorar la calidad, productividad y competitividad del subsector pesqueria; c) Promover la ejecucion de programas, actividades y proyectos; formular politicas y normas de alcance nacional orientadas a promover la inversion privada y el desarrollo sostenible de las empresas del subsector pesqueria; d) Orientar, ejecutar y supervisar, por encargo y en coordinacion con el Ministro, la aplicacion de las politicas sectoriales y la direccion de las actividades de los organos del Ministerio, Organismos Publicos Descentralizados, Proyectos, Comisiones Sectoriales y Comisiones Multisectoriales que esten dentro del subsector pesqueria; e) Coordinar con los organismos e instituciones del sector publico y privado las actividades de su competencia, fomentando el dialogo, la concertacion y la articulacion de ambos en favor del desarrollo de las actividades del subsector pesqueria;

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