Norma Legal Oficial del día 05 de Mayo del año 2006 (05/05/2006)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 5 de MORDAZA de 2006

a) Planificar y dirigir la programacion, ejecucion y evaluacion de los procesos tecnicos del Sistema de Contabilidad; b) Conducir la fase de ejecucion presupuestaria en sus etapas de compromisos y devengados en el Sistema Integrado de Administracion Financiera del Sector Publico; c) Elaborar y presentar los balances de comprobacion mensual, balance general, estado de gestion, estado de cambios en el patrimonio neto y estado de flujos de efectivo, asi como el informe de los estados de ejecucion presupuestaria para la Cuenta General de la Republica; d) Supervisar el MORDAZA contable de control patrimonial, bajas, altas y depreciaciones de los bienes; e) Verificar el cumplimiento de las normas y directivas del Sistema Nacional de Control y de los diferentes sistemas administrativos, en lo que le corresponde; f) Controlar la liquidacion de los fondos otorgados a los funcionarios del Ministerio, asi como de los fondos entregados a otras entidades con cargo a rendir cuentas, en virtud a convenios o similares; g) Participar en las fases de programacion y formulacion del presupuesto del Ministerio, en coordinacion con la Oficina de Presupuesto; h) Ejercer el control previo de las operaciones financieras, contables y administrativas, en lo que corresponde; i) Elaborar los registros de ventas, compras y retenciones; j) Realizar arqueos de fondos y valores del Ministerio; y, k) Las demas funciones que le asigne la Oficina General de Administracion. Articulo 38º.- De la Oficina de Tesoreria Sus funciones son: a) Planificar y dirigir la programacion, ejecucion y evaluacion de los procesos tecnicos del Sistema de Tesoreria; b) Conducir la fase de ejecucion presupuestaria en su etapa de giro en el Sistema Integrado de Administracion Financiera del Sector Publico y efectuar el pago de obligaciones a proveedores; c) Recaudar y depositar los ingresos captados y transferidos al Pliego y efectuar el giro y cancelacion de los compromisos del Ministerio; d) Adoptar las medidas de seguridad convenientes para el traslado de dinero y custodia de cheques, de formas continuas y de talonarios; e) Conciliar e informar los ingresos generados por el Ministerio en el Sistema Integrado de Administracion Financiera del Sector Publico, por las diferentes MORDAZA de financiamiento; f) Llevar el registro, control y custodia de los valores; g) Llevar el registro y control del pago de multas impuestas por la autoridad administrativa competente, en el ejercicio de su potestad sancionadora; h) Efectuar la declaracion y pago de tributos; i) Efectuar la apertura de cuentas corrientes bancarias; y, j) Las demas funciones que le asigne la Oficina General de Administracion. Articulo 39º.- De la Oficina de Logistica Sus funciones son: a) Programar, ejecutar y controlar la aplicacion de los procesos tecnicos del Sistema de Abastecimiento; b) Planificar, dirigir y evaluar la programacion de las adquisiciones de bienes y contratacion de servicios requeridos por las diversas areas del Ministerio; c) Celebrar contratos y/o emitir ordenes de servicios o de compras, derivados de procesos de seleccion o, en su caso, de contrataciones y/o adquisiciones en donde no resulte aplicable la normatividad que rige a las contrataciones y adquisiciones del Estado; d) Elaborar y proponer el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, asi como sus modificatorias; e) Velar por el servicio de mantenimiento, reparacion de las instalaciones, equipos y vehiculos del Ministerio, asi como administrar el servicio de seguridad, limpieza y

otros, de las edificaciones e instalaciones del Ministerio; f) Ejercer la administracion del control patrimonial y custodia de los activos del Ministerio, asi como supervisar y controlar el uso adecuado de los bienes muebles e inmuebles del Ministerio; g) Formular, coordinar, consolidar y evaluar el presupuesto de abastecimiento del Ministerio, asi como supervisar y/o verificar la conformidad de la recepcion y entrega de los bienes en el almacen central; y, h) Las demas funciones que le asigne la Oficina General de Administracion. Articulo 40º.- De la Oficina de Ejecucion Coactiva Sus funciones son: a) Iniciar, impulsar y concluir los procedimientos de ejecucion coactiva de sanciones y otras obligaciones administrativas, en el MORDAZA de la Ley de Ejecucion Coactiva, mediante la emision de la resolucion de ejecucion coactiva, asi como custodiar los respectivos expedientes; b) Ordenar, variar o sustituir las medidas cautelares, a fin de garantizar el pago de la deuda o el cumplimiento de la obligacion, asi como ejecutar las garantias otorgadas a favor del Ministerio, dentro o fuera del procedimiento de ejecucion coactiva; c) Adoptar cualquier otra disposicion o medida tendiente al pago de la multa o al cumplimiento de la obligacion, tales como, requerimientos de pagos, comunicaciones, publicaciones, colocacion de carteles y afiches, registro de los deudores en las centrales de riesgo y otros; d) Supervisar el correcto diligenciamiento de las notificaciones de los documentos coactivos; e) Comparecer, cuando corresponda, ante instancias judiciales por procesos derivados del cumplimiento de sus funciones; f) Requerir a los organos del Ministerio, a las entidades publicas y privadas informacion necesaria para el desarrollo de sus funciones; procesar la informacion solicitada y aquella necesaria para el analisis de los procesos coactivos, asi como liquidar las costas de acuerdo al arancel respectivo y determinar la deuda coactiva; g) Suspender el procedimiento conforme a las causales establecidas en la Ley; y, h) Las demas funciones que le asigne la Oficina General de Administracion. DE LA OFICINA GENERAL DE TECNOLOGIA DE LA INFORMACION Y ESTADISTICA Articulo 41º.- De la Oficina General de Tecnologia de la Informacion y Estadistica La Oficina General de Tecnologia de la Informacion y Estadistica es el organo encargado de brindar apoyo en las areas de informatica y estadistica al Ministerio. Depende de la Secretaria General y mantiene relaciones de coordinacion con los organos del Ministerio y Organismos Publicos Descentralizados del Sector, asi como con las entidades vinculadas a su competencia. Sus funciones son: a) Establecer las politicas y normatividad de aplicacion en las areas de informatica y estadistica del Ministerio, en coordinacion con los organismos e instituciones competentes, asi como velar por su cumplimiento; b) Desarrollar el planeamiento estrategico en informatica y estadistica, en concordancia con los objetivos trazados en el Plan Estrategico Institucional, y en funcion de las necesidades de la Alta Direccion y demas organos del Ministerio; c) Coordinar con los otros organos del Ministerio las actividades relacionadas con temas informaticos y estadisticos de su competencia; d) Evaluar, aprobar, priorizar y supervisar el desarrollo de proyectos y planes informaticos y estadisticos; e) Representar al Ministerio ante organismos publicos y privados en el ambito nacional y en el exterior, en aspectos de su competencia; y, f) Las demas funciones que le asigne la Secretaria General. Articulo 42º.- De las Unidades Organicas de la Oficina de Tecnologia de la Informacion y Estadistica

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