Norma Legal Oficial del día 05 de Mayo del año 2006 (05/05/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

MORDAZA, viernes 5 de MORDAZA de 2006

NORMAS LEGALES

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Articulo Segundo.- Remitir la presente resolucion a la Oficina Nacional de Procesos Electorales para el computo correspondiente. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. PENARANDA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA URDANIVIA FALCONI MORDAZA, Secretario General (e) 07986 RESOLUCION Nº 666-2006-JNE Expediente Nº 548-2006-APEL MORDAZA, 28 de MORDAZA de 2006 VISTO, en Audiencia Publica de fecha de 28 MORDAZA de 2006, el recurso de apelacion interpuesto por el personero legal de la Alianza Electoral "Unidad Nacional", Dr. MORDAZA MORDAZA Calvimontes MORDAZA, acreditado ante el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA Centro, contra la Resolucion Nº 904-2006-JEE/LC, expedida por el mencionado MORDAZA Electoral Especial, que resuelve la observacion por error material detectado en el acta electoral Nº 240671-04-D; recurso que ha sido elevado por la Presidenta del MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA Centro y recibido el 27 de MORDAZA del presente ano; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Nº 904-2006-JEE/LC, emitida el 20 de MORDAZA de 2006, el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA Centro, anulo en aplicacion a lo dispuesto en el articulo 3º, Acapite II numeral 3º de la Resolucion Nº 103-2006-JNE, el acta electoral Nº 240671-04-D, al establecerse que el total de votos emitidos (99) supera al total de ciudadanos que votaron (98), consignandose la cifra de 98 como el total de votos nulos para la mesa de sufragio Nº 240671, de la MORDAZA de Miami, MORDAZA de Estados Unidos, continente de MORDAZA, correspondiente a la eleccion de formula Presidencial; Que, el Acta Electoral de formula presidencial Nº 240671-04-D, fue obser vada por ser un acta incompleta al no haberse consignado cifra alguna en el "total de ciudadanos que votaron", determinando el MORDAZA Electoral Especial mediante la Resolucion indicada en el Visto, que luego de cotejar con el acta electoral que le correspondia, esta si consigna como "total de ciudadanos que votaron" noventa y ocho (98). En este sentido, al ser la sumatoria de los votos consignados a favor de cada organizacion politica, mas los votos nulos, blancos e impugnados mayor al "total de ciudadanos que votaron", resuelve anulando el acta electoral mencionada. Que, el apelante sustenta su pretension en que la resolucion expedida por el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA Centro, no ha cumplido con garantizar que la votacion traduzca la voluntad de los electores, en este sentido, el organo electoral jurisdiccional debe verificar el total de electores habiles contenido en el acta electoral con el padron electoral; Que, en este sentido cabe indicar que el articulo 31º de la Constitucion Politica dispone que el derecho a elegir y ser elegido son ejercidos de acuerdo con las condiciones y procedimientos determinados por Ley Organica, ley que no es otra que la Ley Organica de Elecciones, y que como ya se menciono, regula los supuestos de errores materiales en las operaciones aritmeticas en el escrutinio y las actas incompletas en sus articulos 284º y 315º, las cuales a su vez se encuentran desarrolladas en la Resolucion Nº 103-2006JNE; Que, de conformidad con lo establecido en el item 12.101 del MORDAZA del JNE incor porado mediante Resolucion Nº 048-2006-P/JNE de fecha 9 de MORDAZA de 2006 y concordado con el articulo 34º de la Ley Organica de Elecciones Nº 26859, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones resuelve, en instancia definitiva, las

apelaciones que se interpongan contra las resoluciones sobre actas observadas remitidas por las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales a los Jurados Electorales Especiales; Que, cotejada con el Acta de Seguridad Nº 24067101-G del MORDAZA Nacional de Elecciones, se verifica que el "total de ciudadanos que votaron" no fue consignado, pero el total obtenido de la sumatoria de los votos consignados a favor de cada organizacion politica, mas los votos nulos, blancos e impugnados no supera el "total de electores habiles", por lo tanto, de conformidad con lo prescrito en el Art. 315º de la Ley Organica de Elecciones Nº 26859 y el Art. 3º numeral 2 de la Resolucion 1032006-JNE, si un acta no consigna el numero de votantes se consigna como dicho numero la suma de los votos, razon por lo que debe tomarse en cuenta la votacion registrada en el acta; Que, el MORDAZA Nacional de Elecciones, administrando Justicia en materia electoral con arreglo a lo previsto en el inciso a) del articulo 5º de la Ley Organica del MORDAZA Nacional de Elecciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar Fundado en parte el recurso de apelacion interpuesto por el personero legal de la alianza electoral "Unidad Nacional" acreditado ante el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA Centro contra la Resolucion Nº 904-2006-JEE/LC, unicamente en el extremo que solicita la declaracion de validez del acta electoral de formula presidencial Nº 240671-04-D, correspondiente a la eleccion presidencial de la MORDAZA de Miami, MORDAZA Estados Unidos, continente de America. Articulo Segundo.- Anular la Resolucion Nº 9042006-JEE/LC y considerar en el acta indicada en el articulo anterior la siguiente votacion:
Acta Electoral Nº 240671-04-D Organizaciones politicas Partido Socialista Restauracion Nacional Alianza por el Futuro Union por el Peru Partido Justicia Nacional Fuerza Democratica Resurgimiento Peruano Alianza para el Progreso Unidad Nacional Partido Reconstruccion Democratica Concertacion Descentralista Movimiento Nueva Izquierda Frente de Centro Con Fuerza Peru Progresemos Peru Partido Renacimiento MORDAZA Partido Aprista Peruano Peru Ahora Avanza MORDAZA - Partido de Integracion Nacional Y se llama Peru Votos en MORDAZA Votos nulos Votos impugnados Total de ciudadanos que votaron Votos 01 01 01 06 00 00 00 00 68 00 00 00 01 00 00 00 11 00 00 00 10 00 00 99

Articulo Tercero.- Poner en conocimiento de la Oficina Nacional de Procesos Electorales la presente resolucion para los fines de ley. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. PENARANDA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA URDANIVIA FALCONI MORDAZA, Secretario General (e) 07987

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