Norma Legal Oficial del día 05 de Mayo del año 2006 (05/05/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 62

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VISTOS:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 5 de MORDAZA de 2006

Los Memorandums Nºs. 363-2006-DV-GAI y 3752006-DV-GAI de la Gerencia de Administracion e Informatica, asi como el Informe Tecnico Legal de la Gerencia de Asesoria Legal, remitido mediante Memorandum Nº 139-2006-DV-GAL; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Nº 107-2006-DV-GAI-LOG, de fecha 26 de MORDAZA del ano en curso la Unidad de Logistica de la Gerencia de Administracion e Informatica, recomienda declarar en situacion de Desabastecimiento Inmediato los Servicios de Seguridad y Vigilancia para la Sede Central de la Comision Nacional para el Desarrollo y MORDAZA sin Drogas - DEVIDA, lo que se corrobora y complementa con las comunicaciones de vistos y el Informe Tecnico Legal de fecha 2 de MORDAZA del presente ano; Que, mediante Contrato Nº 016-2005-DEVIDA suscrito con el CONSORCIO BEMOWI, se contrataron los servicios de Seguridad y Vigilancia para la Sede Central de la Comision Nacional para el Desarrollo y MORDAZA sin Drogas - DEVIDA, por el periodo de un ano, contado a partir del 4 de MORDAZA del 2005 hasta el 4 de MORDAZA del 2006; Que, mediante Oficio Nº 194-2006-DV-GAI, de fecha 10 de MORDAZA del presente ano, se solicito al CONSORCIO BEMOWI, manifieste su voluntad de celebrar el contrato complementario en aplicacion del articulo 236º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, recibiendose como respuesta la Carta Nº 123-06-BEMOWI S.A.C. de fecha 19 de MORDAZA de 2006, mediante la cual acepta celebrar un contrato complementario, en las mismas condiciones del contrato original; Que, mediante Oficio Nº 216-2006-DV-GAI, de fecha 25 de MORDAZA del presente, se solicito al CONSORCIO BEMOWI, los documentos necesarios para suscribir el contrato complementario por el periodo de 3 meses, para los servicios de seguridad y vigilancia MORDAZA mencionados; Que, mediante Carta Nº 128-06-BEMOWI S.A.C. del 25 de MORDAZA del presente, el CONSORCIO BEMOWI, desiste de la suscripcion del contrato complementario que inicialmente fue aceptado, por no convenir a sus intereses operativos dando a conocer que sus servicios concluiran indefectiblemente al vencimiento del contrato Nº 016-2005-DEVIDA; Que, siendo el caso que el Contrato Nº 016-2005DEVIDA, vence el 4 de MORDAZA proximo y ante la negativa de la Empresa Consorcio BEMOWI de suscribir un contrato complementario, resulta de imperiosa necesidad declarar la situacion de Desabastecimiento Inminente al servicio de vigilancia y seguridad de la Sede Central de DEVIDA, supuesto contemplado en el Articulo 19º inciso c) del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004PCM y Articulo 141º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobados por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, ya que la ausencia de dicho servicio comprometeria en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios y actividades de DEVIDA, dado que se pondria en grave riesgo los bienes patrimoniales y las personas de la Institucion que tiene la calidad de organismo rector que disena y conduce la Politica Nacional de Lucha contra el Trafico Ilicito de Drogas; Que, de conformidad al articulo 20º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, el procedimiento para realizar la contratacion por desabastecimiento inminente, requiere la Resolucion del Titular del Pliego, previo Informe Tecnico Legal, precisando ademas la citada MORDAZA que la Resolucion que aprueba la exoneracion del MORDAZA correspondiente debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano dentro de los 10 dias habiles de su emision, asi como a traves del Sistema Electronico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado - SEACE; Que, segun el articulo 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, la Entidad efectuara la adquisicion o contratacion en forma directa

mediante accion inmediata, requiriendose invitar a un solo proveedor, cuya propuesta cumpla con las caracteristicas y condiciones establecidas en los terminos de referencia, la misma que puede ser obtenida por cualquier medio de comunicacion, incluyendo fax y correo electronico; estableciendo ademas la citada MORDAZA que la exoneracion se circunscribe a la omision del MORDAZA de seleccion, por lo que los contratos que se celebren como consecuencia de aquella deberan cumplir con los respectivos requisitos, condiciones formalidades, exigencias y garantias que se aplicarian de haberse llevado a cabo el MORDAZA de seleccion correspondiente; Que, de conformidad con lo dispuesto por los articulos 19º y 21º del Decreto Supremo Nº083-2004-PCM que aprueba el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y el articulo 141º del Decreto Supremo Nº084-2004-PCM, que aprueba su Reglamento; y, En uso de las atribuciones y con el visto de la Gerencia de Asesoria Legal y la Gerencia de Administracion e Informatica; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar en Situacion de Desabastecimiento Inminente el Servicio de Seguridad y Vigilancia para las instalaciones de la sede central de DEVIDA por el periodo comprendido del 5 de MORDAZA al 5 de agosto de 2006 y/o hasta la suscripcion del contrato, con el postor que resulte ganador de la Buena Pro del MORDAZA de seleccion correspondiente, para la prestacion del referido servicio. Articulo 2º.- Aprobar la exoneracion del MORDAZA de seleccion correspondiente para la contratacion de servicios de Seguridad y Vigilancia para la Sede Central de la Comision Nacional para el Desarrollo y MORDAZA sin Drogas - DEVIDA, por la suma de S/. 75,684.00 (Setenta y Cinco mil 00/100 nuevos soles), incluidos los tributos de Ley, con cargo a la Fuente de Financiamiento: Donaciones y Transferencias - USAID. Articulo 3º.- Autorizar a la Unidad de Logistica de la Gerencia de Administracion e Informatica a fin que proceda a implementar las acciones administrativas correspondientes para la contratacion en forma directa del citado servicio, de acuerdo a lo previsto en el articulo 148º del Reglamento. Articulo 4º.- Encargar a la Gerencia de Administracion e Informatica la evaluacion y adopcion de las medidas administrativas correspondientes a fin de asegurar se evite la configuracion de nuevos supuestos de Desabastecimiento Inminente del Servicio de Vigilancia, sin perjuicio de las medidas correctivas a que hubiere lugar. Articulo 5º.- Encargar a la Unidad de Logistica de la Gerencia de Administracion e Informatica la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano y su notificacion a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, asimismo la publicacion de la presente resolucion en el Sistema Electronico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado - SEACE, dentro del termino de 10 dias siguientes a su emision. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ERICSSON MORDAZA Presidente Ejecutivo del Consejo Directivo Comision Nacional para el Desarrollo y MORDAZA sin Drogas 08044

INDECI
Aprueban transferencias financieras de recursos a favor de los Gobiernos Regionales de MORDAZA y de MORDAZA
RESOLUCION JEFATURAL Nº 216-2006-INDECI 28 de MORDAZA del 2006

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