Norma Legal Oficial del día 06 de Mayo del año 2006 (06/05/2006)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 67

MORDAZA, sabado 6 de MORDAZA de 2006 CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

Pag. 318241

Que, en el Inc. b) del Art. 50º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2003-SA, establece que al Centro Nacional de Control de Calidad le corresponde evaluar, supervisar, autorizar y acreditar laboratorios analiticos; Que, por Resolucion Jefatural Nº 244-96-J-IPD-INS del 22 de octubre del 1996, se aprobo el "Reglamento de Autorizacion y/o Acreditacion de Laboratorios Analiticos para la emision de Protocolos de Analisis de Calidad Sanitaria de Medicamentos y Similares", dentro de la Red de Laboratorios de Control de Calidad de Medicamentos del Sector Salud; Que, la Red de Laboratorios de Control de Calidad de Medicamentos del Sector Salud, esta integrada por los laboratorios oficiales acreditados y/o autorizados por el Instituto Nacional de Salud, Organismo Publico Descentralizado del Sector Salud; Que, la Empresa MORDAZA S.A., con documento de 24 de febrero del 2006, ha solicitado acreditacion como laboratorio miembro de la Red de Laboratorios de Control de Calidad de Medicamentos del Sector Salud y de su autorizacion para ejecutar analisis, emitir informes de ensayo y otros, habiendo la comision evaluadora cursado el Informe Nº 695/2006-DGCNCC-INS del 24 de marzo del 2006, mediante la cual informa los resultados de la evaluacion documentacion; Que, el Director General del Centro Nacional de Control de Calidad en cumplimiento del Art. 5.5.5. del Reglamento aprobado por Resolucion Jefatural Nº 244-96-J-IPD-INS, mediante Informe Nº 037/2006-DG-CNCC-INS del 17 de MORDAZA del 2006, opina favorablemente por la procedencia de acreditar a la Empresa MORDAZA S.A., como Laboratorio Oficial miembro de la Red de Laboratorios de Control de Calidad de Medicamentos del Sector Salud, por cumplir con los requisitos exigidos por la normatividad vigente y autorizar a dicha Empresa para la emision de informes de ensayos o analisis y/o certificados de analisis; De conformidad con la Ley Nº 26842 Ley General de Salud y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 010-97-S.A. Ley Nº 27657 Ley del Ministerio de Salud, Decreto Supremo Nº 005-94-SA y Resoluciones Jefaturales Nºs. 244-96-J-OPD/INS, 186-99-J-OPD/INS y 379-2001-J-OPD/INS; En uso de las atribuciones establecidas en el Art. 12º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2003-SA; SE RESUELVE: Articulo 1º.- ACREDITAR a la Empresa MORDAZA S.A., como Laboratorio Oficial miembro de la Red de Laboratorios de Control de Calidad de Medicamentos del Sector Salud, en los ensayos contemplados en el Articulo 2º de la presente resolucion. Articulo 2º.- AUTORIZAR a la Empresa MORDAZA S.A., para ejecutar analisis, emitir informes de ensayo y/o certificados de analisis de calidad de medicamentos de uso humano y afines, biologicos, articulos medicoquirurgicos y/o cosmeticos en los siguientes rubros: ENSAYOS: 1. Analisis Fisicoquimicos: 1.2. Prueba de Identificacion Cualitativa (Polarimetria, Infrarrojo, Espectrofotometria Atomica). 1.2. Prueba de Desintegracion. 1.3. Cuantificacion por Espectrofotometria Atomica (Absorcion y Emision). 1.4. Cuantificacion por Potenciometria. 1.5. Cuantificacion por Tecnicas Especiales: Polarimetria. 1.6. Prueba de Resistencia a la Tension en Suturas. 2. Analisis Farmacologicos y/o Toxicologicos 2.1. Pruebas de Pirogenos. Articulo 3º.- Los informes de ensayo y/o certificados de analisis de calidad de medicamentos de uso humano y afines, biologicos, articulos medico-quirurgicos y/o

cosmeticos deberan ser firmados por profesional colegiado, autorizado por la Empresa MORDAZA S.A., acreditada e inscrita en el Registro de la Red de Laboratorios de Control de Calidad de Medicamentos de Sector Salud. Articulo 4º.- La Empresa acreditada y autorizada debera someterse periodicamente a evaluaciones y/o auditorias tecnico-cientificas a cargo del Centro Nacional de Control de Calidad del Instituto Nacional de Salud y debera participar en los programas de ensayos interlaboratorios que organice la entidad acreditadora. Articulo 5º.- La acreditacion y autorizacion otorgada a la Empresa MORDAZA S.A., entrara en vigencia a partir de la fecha de la presente resolucion y tendra una duracion de dos anos. Articulo 6º.- La Empresa acreditada y autorizada debera cumplir con todas las disposiciones que MORDAZA el control de calidad de productos farmaceuticos y afines, que fija la Ley General de Salud y su Reglamento, asi como el Reglamento interno de la Red de Laboratorios de Control de Calidad de Medicamentos del Sector Salud; las Guias Generales de Control de Calidad de Productos Pesquisados; y el Reglamento de Dirimencias del Centro Nacional de Control de Calidad aprobado. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA G. NAQUIRA MORDAZA Jefe 08083

FONAFE
FE DE ERRATAS ACUERDO DE DIRECTORIO Nº 005-2006/012-FONAFE Mediante Oficio Nº 1323-2006/DE-FONAFE, el Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado solicita se publique Fe de Erratas del Acuerdo de Directorio Nº 005-2006/012-FONAFE, publicado en la edicion del dia 28 de MORDAZA de 2006. En el MORDAZA parrafo del Articulo 18; DICE: "Las Empresas denegaran las solicitudes presentadas por los Directores que hayan sido removidos por el Directorio de FONAFE, asi como cuando las solicitudes se refieran a procesos en los cuales FONAFE o la propia Empresa MORDAZA denunciantes o agraviados." DEBE DECIR: "Las Empresas denegaran las solicitudes presentadas por los Directores que hayan sido removidos por el Directorio de FONAFE, asi como cuando las solicitudes se refieran a procesos en los cuales FONAFE o la propia Empresa se hayan presentado directamente como denunciantes o agraviados." 08065

OSIPTEL
Amplian plazo para remision de comentarios por escrito al Proyecto de Modificacion del Instructivo para el Ajuste de Tarifas de los Servicios Publicos de Telecomunicaciones de Categoria I de Telefonica del Peru S.A.A.
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 029-2006-CD/OSIPTEL MORDAZA, 27 de MORDAZA de 2006

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.