Norma Legal Oficial del día 25 de Mayo del año 2006 (25/05/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

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319406

NORMAS LEGALES
ACTO

El Peruano
Jueves 25 de MORDAZA de 2006

requisitos exigidos en los numerales 6.1.2, 6.1.3 y 6.1.4 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15. - Planos de ubicacion y de distribucion del taller, detallando sus instalaciones y diversas areas que lo componen, con su respectiva memoria descriptiva. - Relacion de equipos, maquinaria y herramientas requeridas por el numeral 6.1.3 de la presente Directiva, a la que se adjunta la declaracion jurada del representante legal de la solicitante en el sentido que su representada es propietaria de los citados bienes. - Nomina del personal tecnico del Taller que incluye nombres completos y numeros de sus documentos de identidad, y MORDAZA simple de los titulos y/o certificaciones que acreditan su calificacion y experiencia en conversiones vehiculares al sistema de combustion a GNV. - MORDAZA de la MORDAZA de Inscripcion Nº 0138-2006PRODUCE/VMI/DNI-DNTC, de GNV GROUP S.A.C. ante el Registro de Productos Industriales Nacionales del Ministerio de la Produccion como proveedor de Equipos Completos ­ PEC. - MORDAZA del contrato de fecha 3 de MORDAZA del 2006, celebrado por la solicitante con el proveedor de Equipos Completos-PEC autorizado GNV GROUP S.A.C. mediante el cual se garantiza el normal suministro de los kits de conversion, asi como el soporte tecnico y la capacitacion del personal. - MORDAZA del Testimonio de Escritura Publica de Compra Venta de Inmueble, suscrito por "Establecimientos Vitto Lavanderia y Tintoreria Industrial S.A.", con la solicitante, mediante el cual se acredita la posesion legitima de la infraestructura requerida en el numeral 6.1.2 de la Directiva anteriormente mencionada. - MORDAZA de la Licencia de Funcionamiento vigente expedida por la Municipalidad Metropolitana de Lima. - MORDAZA de la Poliza de seguro de responsabilidad civil extracontractual Nº 17-01-10-0087686-00 emitida por LATINA Compania de Seguros destinada a cubrir los danos a los bienes e integridad personal de terceros generados por accidentes que pudieran ocurrir en sus instalaciones, por el monto de 200 UIT, conforme a los terminos senalados en el numeral 6.2.10 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15. De conformidad con la Ley Nº 27791, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre; Decreto Supremo Nº 0582003-MTC y la Resolucion Directoral Nº 3990-2005-MTC/ 15; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar por el plazo de cinco (5) anos, a contarse desde la publicacion de la presente resolucion, a SERVICIO AUTOMOTRIZ HERMANOS MORDAZA S.R.L. para que opere el taller ubicado en la Av. Venezuela Nº 1886, distrito del Cercado de MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, como Taller de Conversion a Gas Natural Vehicular (GNV), a fin de realizar las conversiones del sistema de combustion de los vehiculos a GNV. Articulo 2º.- La empresa autorizada, bajo responsabilidad, debe presentar a la Direccion General de Circulacion Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones el correspondiente "Certificado de Inspeccion del Taller" vigente emitido por alguna Entidad Certificadora de Conversiones MORDAZA del vencimiento de los plazos que a continuacion se senalan:
ACTO Primera Inspeccion anual del taller MORDAZA Inspeccion anual del taller Tercera Inspeccion anual del taller Cuarta Inspeccion anual del taller MORDAZA Inspeccion anual del taller Fecha MORDAZA de MORDAZA 24 de marzo de 2007 24 de marzo de 2008 24 de marzo de 2009 24 de marzo de 2010 24 de marzo de 2011

Fecha MORDAZA de MORDAZA 31 de enero de 2007 31 de enero de 2008 31 de enero de 2009 31 de enero de 2010 31 de enero de 2011

Primera renovacion o contratacion de nueva poliza MORDAZA renovacion o contratacion de nueva poliza Tercera renovacion o contratacion de nueva poliza Cuarta renovacion o contratacion de nueva poliza MORDAZA renovacion o contratacion de nueva poliza

En caso que la empresa autorizada, no cumpla con presentar la renovacion o contratacion de una nueva poliza al vencimiento de los plazos MORDAZA indicados, se procedera conforme a lo establecido en el numeral 6.6 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 referida la caducidad de la autorizacion. Articulo 4º.- La presente Resolucion Directoral entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA P. ALLEMANT F. Director General Direccion General de Circulacion Terrestre 08471

VIVIENDA
Modifican el Reglamento del MORDAZA Familiar Habitacional (BFH) aprobado por D.S. Nº 014-2005-VIVIENDA
DECRETO SUPREMO Nº 012-2006-VIVIENDA
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27829, modificada por Ley Nº 28210, creo el MORDAZA Familiar Habitacional en el ambito MORDAZA y rural como parte de la politica sectorial del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; Que, el Plan Nacional de Vivienda "Vivienda para Todos" aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-2006-VIVIENDA, es una estrategia habitacional que focaliza su atencion en los pobres y extremadamente pobres del MORDAZA, mediante el mecanismo del subsidio habitacional otorgado por el Estado; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 022-2005VIVIENDA se crea en el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento el Programa de Reconstruccion de Viviendas en las localidades afectadas por los sismos ocurridos el 25 de septiembre y 1 de octubre del 2005 en los departamentos de San MORDAZA, Amazonas, MORDAZA, La MORDAZA, MORDAZA y MORDAZA, y en el departamento de MORDAZA respectivamente, adscrito al Viceministerio de Vivienda y Urbanismo; y por Decreto de Urgencia Nº 0322005 se declaro de necesidad nacional el Programa de Reconstruccion de Viviendas; Que, la poblacion afectada por desastres naturales es mayoritariamente pobre y sufre, entre otros, la perdida parcial o total de sus viviendas, por lo que es imprescindible que el Estado a traves del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento garantice a las victimas de desastres naturales su acceso a los programas de vivienda que se implementan a nivel nacional tendientes a construir o reconstruir sus viviendas, pistas y veredas o adquirir una vivienda nueva; Que, para tal efecto, resulta necesario establecer procesos simplificados que tengan como objetivo satisfacer la demanda de una vivienda MORDAZA de los damnificados por desastres naturales e incentivar la inversion publica y privada en las zonas afectadas a traves de la implementacion de mecanismos financieros en los que el MORDAZA Familiar Habitacional es uno de sus principales componentes; Que, en ese sentido, se requiere de procedimientos simplificados para los damnificados de desastres naturales en el MORDAZA del Reglamento del MORDAZA Familiar Habitacional, aprobado por el Decreto Supremo Nº 014-2005-VIVIENDA; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27792,

En caso que la empresa autorizada no presente el correspondiente "Certificado de Inspeccion del Taller" vigente al vencimiento de los plazos MORDAZA indicados, se procedera conforme a lo establecido en el numeral 6.6 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 referida la caducidad de la autorizacion. Articulo 3º.- La empresa autorizada, bajo responsabilidad, debe presentar a la Direccion General de Circulacion Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la renovacion de la poliza de seguro de responsabilidad civil extracontractual contratada MORDAZA del vencimiento de los plazos que a continuacion se senalan:

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