Norma Legal Oficial del día 01 de Noviembre del año 2006 (01/11/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 165

El Peruano MORDAZA, miercoles 1 de noviembre de 2006

NORMAS LEGALES

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3. Abstenerse de presentar documentos falsos o declaraciones juradas con informacion inexacta a la Municipalidad. Para la Municipalidad, el profesional que autoriza o informa el proyecto es el responsable del cumplimiento de las normas tecnicas o profesionales, aun cuando intervengan otros profesionales, esten o no a su cargo, o su construccion sea encomendada a mas de un contratista. Articulo 7.- Derecho de vigilancia de profesionales responsables del proyecto.Es derecho de los profesionales ingenieros y/o arquitectos proyectistas de una obra vigilar que las

tramitacion de la Licencia de Obra, segun sea el caso, la actividad constructiva, el cual debera contener la informacion tecnica correspondiente, de acuerdo a lo dispuesto en el Articulo 63º del D.S. Nº 008-2000-MTC, previo pago de la tasa correspondiente. derechos al inversionista respecto a los indices y parametros contenidos en el mismo, durante dieciocho municipal competente en el plazo de cinco (5) dias habiles, contados desde la recepcion de la solicitud, bajo responsabilidad. Articulo 12.- La Consulta Urbanistica general.Cualquier inversionista puede formular consultas sobre los aspectos que MORDAZA de su interes, tales como la situacion urbanistica de un bien inmueble, las licencias de obras otorgadas, o para absolver alguna duda sobre la interpretacion de la normativa municipal sobre la materia, previo pago de la tasa correspondiente. Articulo 13.- Convenios de colaboracion.La Municipalidad, al MORDAZA de la Ley Organica de Municipalidades, podra celebrar convenios con cualquier otra entidad estatal, colegio profesional u organizacion representativa de la sociedad civil, con el objeto de obtener su colaboracion para la mejor ejecucion de lo previsto en la presente norma. Articulo 14.- Informacion en MORDAZA Web.Para facilitar la accesibilidad a toda la informacion util para el procesamiento de las licencias de obra seran difundidos en el MORDAZA web de la Municipalidad, entre otros, la presente MORDAZA, los formularios y los formatos

al proyecto que no cuenten con su conformidad, seran comunicadas a la Municipalidad. Articulo 8.- Obligaciones de los profesionales responsables de la actividad constructiva.Los profesionales responsables de cualquier actividad constructiva en calidad de constructor, subcontratista o supervisores de obra, estan obligados a: 1. Revisar la existencia y conformidad de la licencia de obra para la actividad constructiva que asumen. 2. Adoptar las medidas de gestion necesarias para ejecutar la actividad constructiva con sujecion al proyecto y a las normas tecnicas aplicables. 3. Abrir y llevar debidamente actualizado el Cuaderno de la Obra. 4. Ejecutar las obras cumpliendo con las disposiciones normas aplicables, y en todo caso, de forma tal que se garantice la salubridad, la seguridad de las personas, los estandares permisibles de ruidos asi como la estabilidad constitutivos del espacio publico. aprobado, para su tramitacion ante la Municipalidad. 6. Comunicar a la autoridad competente de la Municipalidad su apartamiento de la ejecucion de la obra, cualquiera sea la causal. 7. Colaborar con las autoridades municipales en las acciones de supervision y control MORDAZA sobre la obra. Articulo 9.- Obligaciones de las autoridades administrativas.Las autoridades administrativas a cargo de la orientacion a los ciudadanos y de la conduccion, asesoria, dictamen, resolucion y ejecucion de los expedientes de licencias de obra, tienen como responsabilidad fundamental el cumplimiento estricto de los principios administrativos y el respeto a los derechos de los inversionistas previstos en la presente Norma. Su incumplimiento sera causal de responsabilidad administrativa, que sera apreciada por la autoridad superior, segun el regimen contractual o legal que les sea aplicable. TITULO III LA INFORMACION URBANISTICA PARA LA MODERNIZACION DE LOS PROCEDIMIENTOS Articulo 10.- Servicios de orientacion gratuita a los inversionistas.La Plataforma de Atencion al Publico dispondra de personal capacitado que informe, oriente y asista en forma personal e individualizada a quienes lo soliciten acerca de las condiciones tecnicas, juridicas y procedimentales necesarias para la obtencion de licencia de obra, incluyendo la orientacion para completar formularios o suministrar informacion respecto a cualquier procedimiento en tramite.

monumentales y monumentos historicos declarados y demas normativa complementaria aplicable. Tambien se difundira la relacion de los procedimientos de licencia, los acuerdos conteniendo precedentes y los dictamenes emitidos por la Comision Tecnica. Articulo 15.- Horario de atencion.El horario para la atencion a los inversionistas de los procedimientos comprendidos en la presente MORDAZA concluye con la prestacion del servicio a la MORDAZA persona compareciente al servicio dentro del horario habil. Articulo 16.- Firma electronica.Se considera valida la emision y suscripcion mediante el uso de sistemas de computacion, electronicos, mecanizados, digitales o similares, de las resoluciones, cualquier otra declaracion de la administracion municipal en el MORDAZA de los procedimientos regulados por la presente norma.

17.1. Conforme a lo dispuesto por los Articulos 154 y 155 de la Ley Nº 27444, la Municipalidad pone a disposicion gratuita en su pagina web y en el Modulo de Orientacion al Inversionista formularios para proporcionar informacion util para el tramite y modelos de escritos mas frecuentes en estos procedimientos. 17.2. Los procedimientos regulados en la presente MORDAZA son tramitados exclusivamente mediante el de Uso Multiple (FOM), establecidos por la normativa nacional vigente. TITULO IV LA LICENCIA DE OBRA Articulo 18.- Licencia de Obra.Es el acto administrativo emitido por la Municipalidad por el cual se declara conforme con el ordenamiento, el ejercicio del derecho preexistente del inversionista a realizar una actividad constructiva en un bien inmueble.

1. Facultativamente, cualquier inversionista, MORDAZA de presentar el anteproyecto en consulta o de iniciar la

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