Norma Legal Oficial del día 01 de Noviembre del año 2006 (01/11/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 169

El Peruano MORDAZA, miercoles 1 de noviembre de 2006

NORMAS LEGALES

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sin necesidad de declaracion y la actividad queda pasible de sancion administrativa. Articulo 43.Subsanacion de proyectos desaprobados.El proyecto desaprobado podra ser subsanado por el inversionista dentro del plazo MORDAZA senalado por la Municipalidad, presentando para su tramite nuevos planos en los que conste la superacion de las observaciones. De no presentarse la subsanacion, se archiva el expediente. Al reingresar el anteproyecto o el proyecto para subsanacion, la autoridad no podra efectuar observaciones adicionales a las inicialmente formuladas ni sobre las areas original, bajo responsabilidad. Solo procede realizar a los nuevos planos presentados. El pago de derechos de tramite permite al interesado la revision del anteproyecto o proyecto hasta en dos oportunidades. Articulo 44.- Impugnacion de dictamenes de la Comision. Procede el recurso de reconsideracion respecto del dictamen desaprobatorio de la Comision, presentando sustenten su disconformidad explicitando las razones por las que consideran que no se contraviene la MORDAZA sera de diez (10) dias habiles, contados a partir del dia siguiente de la recepcion del dictamen y sera resuelto en un plazo no mayor de quince (15) dias habiles. Articulo 45.- Arbitraje de derecho para controversias de licencias de obras. incertidumbres juridicas o de hecho, juridica o factualmente trascendentes, que se produzcan respecto a los a las solicitudes de licencia de obra seran demandadas en la via judicial o arbitral, a eleccion del inversionista. Esta MORDAZA genera, de pleno derecho, la aceptacion previa, automatica y expresa de un convenio arbitral por parte de la Municipalidad asi como su sometimiento a la autoridad arbitral creada sin admitirse renuncia, reserva o pacto en contrario. 45.2. La Gerencia de Desarrollo MORDAZA establecera el numero y las condiciones de los arbitros, el procedimiento, los plazos y las demas caracteristicas del arbitraje. En todo lo no previsto, rige supletoriamente lo establecido en la Ley General de Arbitraje y el TUO del Codigo Procesal Civil para el MORDAZA de ejecucion. TITULO VI EFECTOS DE LA LICENCIA DE OBRA Articulo 46.- Efectos de la licencia de obra.46.1. La licencia de obra expresa la conformidad legal de la Municipalidad con el ejercicio de la actividad constructiva solicitada, estrictamente en los terminos y condiciones del proyecto. 46.2. La licencia produce efectos entre la Municipalidad y el inversionista, sin alterar sus relaciones juridicas privadas, por lo que su otorgamiento no conlleva pronunciamiento alguno acerca de la titularidad de los derechos reales sobre el inmueble respectivo. Articulo 47.- Vigencia y prorroga de la licencia.47.1. El plazo de la licencia de obra sera de treinta al inversionista, o desde que se produjo el silencio administrativo positivo, caducando automaticamente despues de este termino. En el caso de proyectos de gran magnitud que deban ser ejecutados por etapas, se podra solicitar la licencia de obra por cada etapa, sobre la base del proyecto integral cuya aprobacion tendra una vigencia de diez anos. 47.2. A solicitud del inversionista, la licencia puede ser prorrogada por una sola vez, hasta por los doce

meses siguientes, en los mismos terminos urbanisticos actividad constructiva autorizada hubiese sido ya iniciada. La solicitud de prorroga debera presentarse durante la vigencia de la licencia original ante la Municipalidad, quien la aprobara automaticamente sin estar gravada con tasa alguna. Articulo 48.- Transmision de la licencia.48.1. La licencia de obra recae sobre el inmueble, produciendo sus efectos aunque fuese transferido a terceros. En este caso, tanto el antiguo como el MORDAZA la licencia a la Municipalidad, sin lo cual quedaran ambos sujetos a las responsabilidades derivadas de la actuacion amparada por la licencia. adquirente queda subrogado respecto de los deberes y derechos impuestos por la licencia.

49.1. Si despues de otorgada la licencia de obra, fuese indispensable variar cualquier aspecto sustancial del proyecto aprobado, se tramitara previamente una sustancial cualquier cambio de la actividad o en sus parametros que impliquen un cambio de procedimiento aplicable a la actividad constructiva o en contravencion a otros similares. 49.2. Los cambios no sustanciales al proyecto seran regularizados presentando los planos con las

TITULO VII LA SUPERVISION DE LAS ACTIVIDADES CONSTRUCTIVAS AUTORIZADAS Articulo 50.- Alcance de la supervision sobre la actividad constructiva autorizada.La supervision del MORDAZA constructivo constituye la actividad sistematica y especializada de comprobacion concurrente que la actividad constructiva autorizada, sea ejecutada de acuerdo con los terminos autorizados por la Municipalidad y con las normas tecnicas y legales vigentes TITULO VIII EL CONTROL MORDAZA SOBRE LAS ACTIVIDADES EDIFICATORIAS Articulo 51.- Alcance del control urbano.El control MORDAZA constituye la actividad especializada actividades, a una orden superior o al merito de una denuncia asegurar la conformidad legal y tecnica de la ejecucion de cualquiera de las actividades constructivas efectuada por los inversionistas y de la actividad de supervision realizada por los profesionales independientes. Articulo 52.- Observaciones y correctivos al MORDAZA constructivo. observaciones al MORDAZA constructivo constitutivas de infracciones a las normas urbanisticas, de seguridad o accesibilidad o variaciones al proyecto aprobado, el personal a cargo del control debera anotarlo en el cuaderno de la obra, e informar dentro de las veinticuatro disposicion de las acciones necesarias. 52.2. Si se observara variacion sustancial en la perjuicio del inicio del procedimiento sancionador, se plazo no mayor de 5 (cinco) dias habiles, contados a partir

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