Norma Legal Oficial del día 01 de Noviembre del año 2006 (01/11/2006)


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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 1 de noviembre de 2006

· Crl. FAP MORDAZA MORDAZA Misat Representante de la FAP · Crl. FAP MORDAZA MORDAZA MORDAZA Representante de la FAP

Articulo 3º.- Apoyo Tecnico La Comision de Trabajo, para el mejor logro de la labor encomendada, esta facultada a invitar a profesionales y tecnicos expertos a brindar su colaboracion sobre temas relativos a los asuntos propios de la Comision de Trabajo. Articulo 4º.- Plazo de entrega de los proyectos La Comision de Trabajo tiene un plazo de treinta (30) dias, contados a partir de la fecha de su instalacion para la entrega del proyecto de MORDAZA reglamento Articulo 5º.- Gastos El funcionamiento de la Comision de Trabajo no irrogara gasto alguno al Sector Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA TIZON Ministro de Defensa 3775-4

De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 28654, Ley de Endeudamiento del Sector Publico para el Ano Fiscal 2006, y por la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Aprobacion y condiciones de la operacion de endeudamiento externo Apruebase la operacion de endeudamiento externo a ser acordada entre la Republica del Peru y el Kreditanstalt fur Wiederaufbau -KfW- hasta por un monto en dolares de los Estados Unidos de MORDAZA equivalente a Euros 12 000 000,00 (DOCE MILLONES para el Desarrollo de Politicas de Descentralizacion y Competitividad III" (Programa de Apoyo al MORDAZA de la Descentralizacion II). La cancelacion de dicha operacion de endeudamiento externo se efectuara en dolares de los Estados Unidos de MORDAZA en trece (13) cuotas semestrales, consecutivas y en lo posible iguales, venciendo la del contrato de prestamo respectivo. La operacion de endeudamiento externo devengara una tasa de interes los tipos de interes vigentes en los mercados de capital de los Estados Unidos de MORDAZA para los prestamos a largo plazo mas un margen a ser determinado por el KfW de acuerdo con su politica de tasas de interes. El referido endeudamiento externo estara sujeto a una comision de compromiso respecto de los saldos no desembolsados del prestamo de 0,85% anual, asi como a una comision de gestion de 1,0% sobre el monto del prestamo. Articulo 2º.- Unidad ejecutora La Unidad Ejecutora del "Prestamo para el Desarrollo de Politicas de Descentralizacion y Competitividad III" (Programa de Apoyo al MORDAZA de la Descentralizacion II) sera el Ministerio de Economia y Finanzas, a traves de la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico. Articulo 3º.- Suscripcion de documentos Autorizase al Ministro de Economia y Finanzas, o a quien el designe, a suscribir, en representacion de la Republica del Peru, el contrato de prestamo de la operacion de endeudamiento externo que se aprueba en el articulo 1º de esta MORDAZA legal; asi como al Director General de la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico del Ministerio de Economia y Finanzas a suscribir los documentos que se requieran para implementar la citada operacion. Articulo 4º.- Servicio de la deuda El servicio de amortizacion, intereses, comisiones y demas gastos que ocasione la operacion de endeudamiento externo que se aprueba mediante el articulo 1º de la presente MORDAZA legal, seran atendidos por el Ministerio de Economia y Finanzas con cargo a las previsiones presupuestales para el servicio de la deuda publica. Articulo 5º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economia y Finanzas, y entrara en vigencia el dia de su publicacion. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los treintiun dias del mes de octubre del ano dos mil seis. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Economia y Finanzas 3823-4

ECONOMIA Y FINANZAS
Aprueban Operacion de Endeudamiento Externo con KfW
DECRETO SUPREMO Nº 161-2006-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante el numeral 7.1 del articulo 7º de la Ley Nº 28654, Ley de Endeudamiento del Sector Publico para el Ano Fiscal 2006, se autoriza al Gobierno Nacional a acordar operaciones de endeudamiento externo hasta por un monto equivalente a US$ 908 000 000,00 (NOVECIENTOS OCHO MILLONES Y 00/100 DOLARES AMERICANOS); Que, en el MORDAZA de la citada autorizacion, la Republica del Peru acordara una operacion de endeudamiento externo con el Kreditanstalt fur Wiederaufbau -KfW-, hasta por un monto en dolares de los Estados Unidos de MORDAZA equivalente a Euros 12 000 000,00 (DOCE MILLONES para el Desarrollo de Politicas de Descentralizacion y Competitividad III" (Programa de Apoyo al MORDAZA de la Descentralizacion II), que sera ejecutada por el Ministerio de Economia y Finanzas, a traves de la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico; Que, el "Prestamo para el Desarrollo de Politicas de Descentralizacion y Competitividad III" (Programa de Apoyo al MORDAZA de la Descentralizacion II) se efectuara con cargo al Subprograma "Apoyo a la Balanza de Pagos" referido en el literal c) del articulo 7.1º de la Ley Nº 28654; Que, la citada operacion sera destinada a atender parte del pago del servicio de la deuda publica en MORDAZA con lo establecido en el MORDAZA Macroeconomico Multianual 2007-2009, actualizado al mes de agosto de 2006; Que, la indicada operacion de endeudamiento externo ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento; Que, sobre el particular han opinado favorablemente la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico y la Economia y Finanzas; Que, asimismo, la Contraloria General de la Republica ha informado previamente sobre la citada operacion de endeudamiento externo, en aplicacion del literal l) del articulo 22º de la Ley Nº 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica;

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